El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, no puede bloquear a seguidores en Twitter porque le desagradan sus opiniones, determinó una corte federal de apelaciones.

La Corte de Apelaciones del segundo circuito de Manhattan dijo que la primera enmienda de la Constitución le prohíbe al mandatario utilizar la función del “bloqueo” en la red social para limitar el acceso a su cuenta, que debe permanecer abierta a todo público.

“La primera enmienda no permite a un funcionario público que utiliza una cuenta de redes sociales para propósitos de Gobierno excluir a personas de un diálogo en internet porque han expresado posiciones que le desagradan al funcionario”, escribió en el fallo el juez Barrington Parker.

La Casa Blanca y el Departamento de Justicia de Estados Unidos no respondieron de inmediato a los pedidos para emitir comentarios. Twitter tampoco se refirió al tema.

Trump ha convertido a su cuenta de Twitter (@RealDonaldTrump) en una parte central de su presidencia al usarla para promover su agenda, anunciar medidas y criticar a sus detractores. Tiene 61.8 millones de seguidores.

La decisión del juez ratifica un fallo de mayo del 2018 emitido por la jueza distrital Naomi Reice Buchwald en Manhattan.

El Departamento de Justicia ha dicho que el dictamen “fundamentalmente está mal concebido”, argumentando que Trump usa Twitter desde su condición de individuo para expresar sus posturas, no para abrir una plataforma de discusión pública.

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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