La Sala Especializada resolvió el procedimiento especial sancionador promovido por José María Riobóo en contra de Ricardo Anaya, con motivo de las declaraciones que el entonces candidato expresó durante el tercer debate presidencial organizado por el INE en Mérida.

Según Rioboó, se trataban de propaganda calumniosa al vincularlo con actos de corrupción, esto como parte de los señalamientos que hiciera Anaya en contra su contrincante de Morena, Andrés Manuel López Obrador (AMLO).

El Tribubal estimó que no se comprobó la infracción electoral, pues contrario a lo sostenido por Riobóo Martín, Anaya Cortés jamás mencionó de manera explícita algún acto de corrupción o cualquier otro aspecto de ilicitud relacionado con él.

Para su decisión, el Tribunal tomó en cuenta que Riobóo aceptó como un hecho cierto el contenido del dicho de Ricardo Anaya durante el debate, relativo a que en el gobierno de Andrés Manuel López Obrador en el entonces Distrito Federal, se le adjudicó de manera directa un contrato de obra pública.

Sin embargo, los magistrados informaron que al tomar en cuenta que el demandante acusó que dichas declaraciones impactaron de manera negativa en su negocios y en prestigio profesional, se le hizo saber que están a salvo sus derechos relacionados con una posible afectación a su imagen y/o patrimonio, para que los hiciera valer en la vía legal correspondiente.

 

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



Escribe un comentario