La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró la improcedencia de la medida cautelar solicitada por MORENA, derivado de la difusión de los spots del Partido Acción Nacional (PAN), en los que se denunció aparecen elementos calumniosos en contra de Andrés Manuel López Obrador (AMLO).

En sesión extraordinaria urgente, la Comisión determinó que los materiales denunciados no contenían frases, imágenes o datos que constituyeran la imputación de delitos o hechos falsos, sino únicamente la referencia y crítica a AMLO.

La Comisión precisó que la frase “¿Quién engaña, López Obrador o López Obrador?”, es una opinión de quien emite el mensaje respecto de las manifestaciones realizadas por López Obrador en distintos momentos que considera podrían resultar contrarias entre sí.

Advirtieron que la propaganda electoral no solamente se limita a captar apoyos, sino que también busca reducir el número de adeptos, simpatizantes o sufragios de los otros partidos políticos que intervienen en la contienda electoral, por lo que se concluyó que el contenido de los spots se encuentra dentro de los límites permisibles del debate político e intercambio de opiniones dentro de la etapa de campañas del proceso electoral en curso.

De igual forma, la Comisión de Quejas declaró la improcedencia de la medida cautelar formulada por MORENA, por la difusión del spot de radio y televisión “Delincuentes V2” del PRI y su candidato presidencial, José Antonio Meade, en el que se hace referencia a la  candidata de Morena al Senado de la República, Nestora Salgado García.

Indicaron que en el material analizado no se aprecian frases o expresiones que, de manera directa e inequívoca, impliquen la imputación de delitos o hechos falsos en perjuicio de Nestora Salgado. Se precisó que la frase “que no gobiernen los delincuentes”, utilizada al inicio del promocional, debe considerarse como una expresión genérica en torno a quienes, desde su perspectiva, no deben gobernar.

En tanto, la narración o lectura en voz de Meade durante el spot de una supuesta comunicación entre Nestora Salgado y otra persona en torno a hechos que pudieran resultar ilícitos, no conduce a la imputación de hechos o delitos falsos en perjuicio de la primera, sino a la descripción de lo que presuntamente se dijo en dicha conversación.

Recordemos que a este material se había bajado en un principio, pues se referían a Nestora como “secuestradora”, por lo que se le editó el momento en que Meade ocupaba dicho calificativo y, a opinión del INE, bastó para avalar su difusión.

 

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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