El Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) solicitó al Presidente de la República, para emitir observaciones al artículo 9 de la Ley de Seguridad Interior, al considerar que “no garantiza el cumplimiento del principio constitucional de máxima publicidad”.

 

“(El INAI) reconoce que si bien, el Senado de la República, sensible a la postura del Pleno, modificó la redacción original del artículo, el texto final, aprobado por las dos Cámaras, es contrario a dicho principio, ya que, por regla general, toda la información en posesión de cualquier autoridad es pública y solo podrá reservarse temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, acreditando los extremos de la prueba de daño”, indicó el organismo a través de un comunicado.

 

Detalló que a la letra el artículo 9 dice “la información que se genere con motivo de la aplicación de la presente Ley, será considerada de Seguridad Nacional, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables”.

 

Por lo que indicó que con dicha redacción, el Instituto advierte que no se garantiza el derecho de acceso a la información, previsto en el artículo 6º de la Constitución, pues lejos de propugnar por la apertura de la información se privilegia la reserva de información.

 

“El Pleno del INAI está convencido de que en toda norma y actuar del Estado debe privilegiarse siempre la transparencia y garantizarse el derecho de acceso a la información, lo cual no se consigue con el texto final aprobado del artículo 9 de la Ley de Seguridad Interior”, remató el INAI.

 

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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