A través de un comunicado de prensa firmado por la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Procuraduría General de la República, indicaron que con la aprobación de la Ley General sobre Desaparición de Personas “se da un paso importante en la dirección correcta para la sanción y erradicación de este delito que tanto lastima a los derechos humanos”.

 

Las dependencias indicaron que la Ley distribuye competencias, establece un marco de coordinación entre las autoridades de los tres niveles de gobiernO, así como la creación de un mecanismos para la búsqueda y localización de personas desaparecidas, la investigación y sanción de este delito.

 

Detallaron que la Ley contempla la creación de cuatro instrumentos básicos:

  • El Sistema Nacional de Búsqueda de Personas (SNBP). Asegura la inmediata movilización para la búsqueda, localización e identificación de Personas Desaparecidas y No Localizadas para lo que contará con diversos instrumentos.
  • La Comisión Nacional de Búsqueda (CNB). Órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, que determina, ejecuta y da seguimiento a las acciones de búsqueda y cuenta con grupos de búsqueda y áreas de análisis de contexto. 
  • La Fiscalía Especializada en Investigación de los delitos materia de esta Ley. Fortalecer la Fiscalía federal y las de las entidades federativas.
  • El Consejo Nacional Ciudadano. Integrado por defensores de derechos humanos, especialistas y familiares de víctimas, cuyo objetivo será asesorar y emitir opiniones al SNBP.

 

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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