Por unanimidad de votos las magistradas y los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazaron la solicitud de iniciar la revocación de mandato, previsto en la Ley de Participación Ciudadana de Chihuahua, contra el gobernador de la entidad, Javier Corral Jurado.

El Pleno resolvió que la solicitud que se planteó no era procedente debido a que no le puede ser aplicada una ley que no estaba vigente en el momento en que fue electo Corral Jurado.

Recordaron que Javier Corral Jurado fue electo Gobernador para el periodo del 4 de octubre de 2016, al 7 de septiembre de 2021. Posteriormente, el 23 de junio de 2018, se publicó en el Periódico Oficial del Estado la Ley de Participación Ciudadana que, entre otras disposiciones, contempla la revocación de mandato.

Y es que el 25 de marzo pasado, un ciudadano presentó ante el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, una solicitud de inicio del procedimiento de revocación de mandato contra el gobernador, con la finalidad de terminar de manera anticipada su periodo. Al respecto, el instituto estatal y el Tribunal Electoral determinaron su improcedencia.

Las magistradas y los magistrados consideraron que lo expuesto en la demanda, relativos a la no retroactividad de la ley, no controvirtieron de manera directa los argumentos que sustentaron la sentencia emitida por el tribunal local, y determinaron confirmar dicha sentencia.

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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