Al considerarlas “notoriamente improcedentes”, el Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Jorge Mario Pardo Rebolledo, desechó las controversias constitucionales presentadas en contra de la Ley de Seguridad Interior por parte de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México y de la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro.

 

Pese a que los organismos argumentaron que la Ley invadía su competencia al ser un riesgo para los datos de las personas que acuden a ellos a denunciar violaciones a los derechos humanos, el Ministro refirió que como se ha hecho constar en casos previos, los órganos autónomos estatales no pueden presentar controversias constitucionales, y en el caso de las acciones de inconstitucionalidad, sólo pueden presentarlas cuando se impugna una ley local y no una federal.

 

Se espera que dentro de este criterio, sea declarada inválida la controversia presentada por la Defensoría de Derechos Humanos de los Pueblos de Oaxaca.

 

Recordemos que el Ministro también desechó una acción de inconstitucionalidad que presentó Movimiento Ciudadano al indicar que los partidos políticos sólo pueden impugnar leyes electorales.

 

Con información de Reforma / Foto: Archivo APO

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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