Los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyeron esta tarde el análisis de las impugnaciones a la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, quedándose a un voto para anular por completo dicha Ley.

Siete Ministros se pronunciaron por la invalidez total de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, por considerar que incurre en diversas omisiones legislativas, consistentes en no establecer parámetros y lineamientos para la fijación de los salarios del Presidente de la República y de los otros servidores públicos federales, así como no contener un apartado especial para los juzgadores.

Sin embargo, al no haberse alcanzado la mayoría calificada de al menos ocho votos, el asunto se desestimó en este punto y la SCJN procedió a analizar a fondo los artículos.

Al respecto, el Pleno invalidó los artículos 6, párrafo primero, fracciones II, III y IV, incisos b) y c), párrafo último, y 7, párrafo primero, fracción I, inciso a), II y IV, de la ley, por estimar que permiten el establecimiento discrecional de remuneraciones.

El Pleno hizo una interpretación en el sentido de que los créditos y préstamos a que alude el artículo 12 de la ley no podrán ser considerados como parte integrante de las remuneraciones de los servidores públicos. “La ley impugnada contiene una redacción imprecisa, que permite interpretar que el legislador ordinario considera a los créditos y préstamos como parte integrante de las remuneraciones de los servidores públicos, en contravención a lo que señala la Constitución”.

Adicional, la SCJN invalidó los artículos 217 Bis y 217 Ter del Código Penal Federal, donde se establecían penas por hacer pagos de sueldos y prestaciones en exceso o por no reportar aquéllos recibidos en exceso, por considerar que violan el principio de taxatividad en materia penal.

La Corte ordenó al Congreso de la Unión que durante el próximo periodo ordinario de sesiones, legisle sobre las partes de los artículos 6 y 7 que fueron invalidadas, para lo cual otorgó un plazo de 90 días.

Los Ministros aún deben discutir y resolver las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; integrantes de la Cámara de Senadores; el Banco de México y la Comisión Federal de Competencia Económica, entre otras.

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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