El Senado de la República aprobó el dictamen que amplía, de cinco a 15 días hábiles, el plazo que tiene un ciudadano para presentar solicitud de derecho de réplica ante algún medio de comunicación por la difusión de información falsa o inexacta que le agravie.

 

El proyecto de decreto fue aprobado con 60 votos a favor, 16 en contra y dos abstenciones, y se remitió a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo 72 constitucional y  se señala que el plazo se tomará en cuenta a partir del día siguiente de la publicación o transmisión de la información que se desea rectificar o responder.

 

Esta reforma responde a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que determinó inconstitucional el plazo de cinco días establecidos en el artículo 10 de dicha Ley.  La Corte expuso que la norma no toma en cuenta la existencia de los medios de comunicación que no son de consulta diaria, por lo que se ignora a las personas que no están atentas a todas las publicaciones, lo que hace “ilusorio el derecho de réplica”.

 

Los Senadores precisaron que esta reforma establece un plazo “objetivo” con respecto al tiempo en el cual una persona puede conocer sobre la difusión de información que le perjudica, sin coartar la seguridad jurídica de los medios de comunicación.

 

Redacción APO / Foto: Especial

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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