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La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) impuso al menos seis condiciones para concretar la compra de 13 plantas eléctricas de la española Iberdrola por parte del Gobierno federal.

“El cumplimiento de estas condiciones garantizará que la competencia económica del mercado de la generación eléctrica no se vea afectada”, indicó el regulador.

Las condiciones se imponen luego de que el pasado 12 de junio de 2023 Iberdrola firmó el acuerdo de venta de 13 plantas de generación eléctricas al mayor administrador de fondos del país, la estatal Mexico Infraestructure Partnerts (MIF) y el Fondo Nacional de Infraestructura (Fonadin) por un valor de 6,000 millones de dólares y que le aportarían 8,539 megavatios (MW).

El anuncio de esta adquisición se dio el 4 de abril del año pasado por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), quien consideró la compra como una “nueva nacionalización”, al otorgar al sector público el 54% de la generación eléctrica en el país.

La Cofece resaltó que las cláusulas obligan a los compradores, MIF y Fonadin, a operar las plantas de manera independiente y evitar intercambios de información sensible o estratégica entre competidores.

En este sentido, impuso a los compradores reducir y mantener su inversión en un máximo de 51%, a concretarse en no más de dos años; así como designar a un administrador profesional independiente para la toma de decisiones relativas a la operación de las 12 plantas de ciclo combinado y una eólica compradas a Iberdrola.

También pidió establecer controles y mecanismos para que su administración se base en decisiones tomadas mediante votaciones calificadas o con intervención obligatoria de inversionistas institucionales o miembros independientes.

Para evitar que exista intercambio de información sensible, demandó designar a un oficial de cumplimiento totalmente independiente a las partes que verifique y garantice esta situación.

Además, exigió a los directivos y personas encargadas de la operación de las plantas abstenerse de tener cargos en alguna otra empresa competidora, sumado a que no podrán ser designados aquellos que fueron servidores públicos en los últimos 4 años.

El organismo autónomo precisó que estas condiciones tienen una vigencia de 10 años y serán constantemente verificadas por la Cofece.

Por su parte el Gobierno federal dijo que la “autorización establece compromisos para fortalecer el gobierno corporativo del vehículo de inversión, para asegurar que las centrales operen en el mercado eléctrico en condiciones de competencia”.

Así como “en beneficio de los consumidores, al mismo tiempo que el Estado mexicano recupera el liderazgo en la generación de energía eléctrica, meta que se fijó en la iniciativa de reforma constitucional”.

Celebró que con esta decisión se alcanza el objetivo del Gobierno federal de contar con el 54% en la generación eléctrica del país, “recuperando presencia de mercado en áreas estratégicas para la relocalización de empresas que hoy vive México”.

La alta concentración de Amazon y Mercado Libre impide la competencia efectiva de las plataformas de ventas en línea, señaló la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).

En un dictamen preliminar, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el regulador autónomo detalló que su concentración les permite fijar precios y poner barreras a la entrada de nuevos competidores.

Indicó que esto representa un “desafío infranqueable para la expansión de los actores más pequeños presentes” en el mercado electrónico en México.

Los datos expuestos en el dictamen preliminar señalan que Amazon y Mercado Libre acaparan el 85% de las ventas y transacciones en línea, mientras que concentran al 65% de los compradores digitales.

“Esto se agrava, además, debido a que la mayoría de los usuarios, tanto compradores como vendedores, recurren generalmente a un solo ‘marketplace’ (punto de venta), es decir, realizan ‘singlehoming’ (compra en un solo lugar)”, detalló.

La Cofece estimó que el costo para el desarrollo de plataformas similares es muy elevado, al fijarse también en “las considerables inversiones en publicidad, ‘marketing’ y relaciones públicas”, así como el capital para la logística en el proceso de comercialización y logística.

Asimismo, identificó que la configuración automática de precios y los sistemas de recopilación y procesamiento de datos suponen otra barrera, ya que posiciona de mejor manera a un producto o un vendedor.

La Comisión estimó que otra barrera son los programas de lealtad de Amazon y Mercado Libre, pues inciden en el comportamiento de los compradores, “y derivado de la existencia de efectos de red entre grupos, representa una barrera a la competencia”.

Por ello, pidió desasociar y dejar de promocionar sus membresías o programas de lealtad de los servicios de transmisión de video o ‘streaming’, así como cualquier otro servicio ajeno a la plataforma, como videojuegos, música y otros.

También pidió a Amazon y Mercado Libre que permitan a otras plataformas conectarse a su interfaz de programación de aplicaciones para facilitar la oferta de servicios logísticos.

Foto: Cofece

Autoridades de México, Estados Unidos y Canadá lanzaron este viernes una iniciativa con la cual pretenden garantizar la competencia económica en el Mundial de Fútbol que los tres países organizarán en 2026.

El proyecto tendrá como objetivo “detectar y combatir posibles conductas anticompetitivas por parte de empresas y personas involucradas en el suministro de bienes y servicios relacionados con la Copa Mundial de la FIFA 2026”, informó la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).

A lo largo de los últimos años, los mundiales se han convertido en el principal negocio de la FIFA.

El torneo pasado, disputado en 2022 en Qatar, le generó al organismo rector del fútbol en el mundo una cifra récord de 7,500 millones de dólares en ingresos por acuerdos comerciales durante el ciclo mundialista.

Para la Copa del Mundo 2026, analistas esperan que se alcancen los 10,000 millones de dólares, por lo cual la Cofece y sus homólogas, la División Antimonopolios del Departamento de Justicia de Estados Unidos y el Buró de Competencia de Canadá, pusieron en marcha la iniciativa para que haya competencia económica y el aficionado se beneficie con mejores precios.

“La Cofece participará en el monitoreo continuo de los mercados y la investigación y sanción en caso de que se incurran en posibles conductas anticompetitivas como fijar precios o salarios, manipular licitaciones, repartirse los mercados o cualquier conducta que tenga como objetivo desplazar o impedir el acceso de otras empresas a los mercados”, añadió la Cofece.

El órgano mexicano espera que el Mundial generará en las ciudades sede de nuestro país millones de dólares en industrias como “la construcción, el entretenimiento y el turismo”.

Recordemos que Guadalajara, Monterrey y Ciudad de México serán las tres sedes de nuestro país en la siguiente Copa, mientras que Toronto y Vancouver serán las canadienses. Estados Unidos se llevará la mayor parte de los encuentros en 11 ciudades: Atlanta, Boston, Dallas, Filadelfia, Houston, Kansas City, Los Ángeles, Miami, Nueva York, San Francisco y Seattle.

Esta será la tercera vez que México organice un Mundial masculino, antes lo realizó en 1970 y 1986. Estados Unidos sólo lo ha realizado en una ocasión, en 1994, y Canadá debutará como anfitrión del encuentro deportivo.

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) informó este jueves que abrió una investigación de oficio ante posibles indicios de acuerdos ilegales entre distribuidores y/o exhibidores de películas en salas de cine.

La Cofece señaló que la investigación en este mercado cobra importancia debido a que la exhibición de películas es una de las principales fuentes de esparcimiento de las familias mexicanas.

Según datos de la Cámara Nacional de la Industria Cinematográfica (Canacine), en 2022 se vendió un número de boletos mayor a la población total, al registrar la venta de cerca de 182 millones de entradas al cine.

En tanto, los ingresos totales en taquilla para el mismo periodo ascendieron a 12 mil 25 millones de pesos.

La Comisión indicó que, en caso de existir un acuerdo ilegal, ya sea en la distribución o en la exhibición de películas, o en los otros servicios que se ofrecen en las salas de cine, impactaría de manera directa en los mexicanos que asisten al cine.

Si bien se señaló que se tienen indicios de que existieron dichos acuerdos, conocidos como prácticas monopólicas absolutas, no se especificaron en qué consistieron y cómo afectarían a los usuarios.

Datos de la Canacine muestran que las distribuidoras con más ganancias generadas en las salas de cine en 2022 fueron Disney, con 3 mil 513 millones de pesos, es decir, el 29.2% del mercado, seguido de Universal con el 24.3% de participación, y Warner, con el 13.7%.

En cuanto a exhibidores, Cinépolis lideró con 4 mil 90 salas, seguido de Cinemex, con 2 mil 868 salas.

Luego de que en los últimos días el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) señalara y criticara a la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), respecto a la concentración autorizada a dos empresas extranjeras dedicadas a la exploración y explotación de litio, la Comisión emitió un posicionamiento.

La COFECE señaló que corresponde al Ejecutivo Federal, mediante la Secretaría de Economía, velar por la observancia de la Ley Minera y cualquier aspecto vinculado con la exploración, explotación y beneficio de los minerales en territorio nacional, lo cual incluye resolver sobre el otorgamiento, nulidad o cancelación de concesiones. Aclaró que la Comisión no tiene atribución alguna para emitir determinaciones de esa naturaleza.

Además señaló que en términos de la Ley Minera, las concesiones se otorgarán a sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, y la participación de inversionistas extranjeros se ajustará a las disposiciones de la ley en materia. Recordó que la Ley de Inversión Extranjera permite capital foráneo en la minería, salvo que se trate de minerales radioactivos.

En concreto al caso que ha hecho referencia el presidente, la COFECE enfatizó que únicamente resolvió sobre la solicitud de concentración entre las empresas extranjeras Ganfeng International Trading (Ganfeng) y Bacanora Lithium (Bacanora).

Explicó que “en virtud de la operación, Ganfeng adquirió de manera indirecta participación en el capital social de diversas subsidiarias mexicanas, incluyendo algunas que desde hace varios años tienen concesiones mineras otorgadas por el Gobierno Federal. La resolución de la COFECE no fue objeto de recurso judicial alguno”, se lee en el posicionamiento emitido.

Detalló que la operación implicó un cambio accionario de las sociedades mexicanas titulares de las concesiones, y otros inversionistas extranjeros que ya participaban en las sociedades mexicanas concesionarias, situación común en el sector minero mexicano.

Precisó que la operación debía ser notificada, y la COFECE tenía la obligación de pronunciarse al respecto, a efectos de verificar cualquier impacto adverso en la competencia, que en el caso concreto fue descartado.

La Comisión remató enfatizando que corresponde al Ejecutivo vigilar y tomar cualquier acción que estime pertinente conforme al marco legal vigente y sus atribuciones en el sector minero.

Apenas el pasado martes 15 de febrero, en su conferencia matutina de Palacio Nacional, el presidente se refirió a lo expuesto por la COFECE.

López Obrador dijo que la Comisión hizo algo que consideraba contrario al interés nacional. “Puede ser legal, pero es un acto bastante riesgoso para nuestra soberanía: autorizaron que una mina de litio pasara a manos de una empresa de China sin informarle al titular del Ejecutivo, cuando es muy claro que existe una política de defensa de este recurso, mineral, estratégico, que queremos que sea de la nación, no queremos que lo dominen de otros países, de ningún otro país, es como el petróleo, es nuestro el litio, y sin darnos cuenta, sin que nos informaran, autorizan que una empresa china explote el litio”, sostuvo.

Pese a lo dicho por la COFECE, AMLO aseguró que el gobierno presentó una inconformidad sobre la resolución. Eso sirvió para que el presidente acusara a la COFECE y otros organismos autónomos de servir para privatizar.

“Son gobiernos paralelos, es un poder dual ¿y qué sustento democrático tiene? Ese mismo organismo es el que se adelantó a presentar amparos cuando se aprobó la ley eléctrica, la primera ley eléctrica, que llovieron después los amparos. Pro ellos fueron los primeros en hacerlo.

La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) informó este jueves que 17 clubes del fútbol, la Federación Mexicana de Fútbol (FMF) y ocho personas físicas serán multados por prácticas monopólicas.

“El pleno de la Comisión impuso multas por un total de 177.6 millones de pesos a 17 clubes de fútbol de la Liga Mx por su responsabilidad en la realización de prácticas monopólicas absolutas, y por coadyuvar en la realización de estas, a la FMF y a 8 personas físicas”, explicó la autoridad.

En la Liga MX femenil, el ente regulador de competencia concluyó que los conjuntos, entre los que se encuentran el América, fijaron un salario máximo a la jugadoras.

Según la investigación, al inicio de la Liga en 2017 los clubes acordaron que las futbolistas mayores de 23 años ganarían un máximo de 2 mil pesos al mes, las menores de 23 años 50 pesos y las de las categorías sub’17 no tendrían ingresos sino sólo ayuda como transporte y comida.

En la temporada 2018-2019, La Liga Mx informó que el tope subió a 15,000 pesos  al mes y que los apoyos en especie no podían superar los 50 mil pesos por torneo.

“Imponer topes máximos a los salarios de las jugadoras profundizó aún más la brecha salarial entre mujeres y hombres futbolistas”, criticó la comisión.

La COFECE aseguró que la FMF persuadió a que los equipos cumplieran con estos salarios con comunicados y al realizar verificaciones.

“La práctica, cuya duración fue de noviembre de 2016 a mayo de 2019, constituyó un acuerdo colusorio entre los clubes, que tuvo el objeto y efecto de manipular los precios -en este caso los salarios de las jugadoras- y evitar que los clubes compitieran por su contratación mediante mejores salarios”, explicó la Comisión.

En el caso de la Liga varonil, la COFECE determinó que los equipos mantuvieron derecho sobre futbolistas a los que recién se les venció el contrato y si otro conjunto quería contratarlos debía negociar con ellos.

“La duración de esta conducta fue de por lo menos 10 años, de junio de 2008 a diciembre de 2018, aunque varios agentes económicos participaron por un periodo menor”, afirmó la autoridad.

El total del daño estimado al mercado por ambas prácticas fue por 83 millones 375 mil pesos y los equipos que pagarán la multa son América, Pachuca, Cruz Azul, Morelia, Guadalajara, Santos Laguna, Tigres UANL, Toluca, Pumas UNAM, Monterrey, Necaxa, Atlante, Tijuana, Atlas, León, Querétaro y Puebla.

En respuesta, la FMF y la Liga MX informaron que fueron notificadaos sobre la resolución de la COFECE, e indicaron que tal como se informó en su momento el derecho de retención de jugadores al que se refería la Comisión, denominado “Pacto de Caballeros” concluyó en 2018, como resultado de las pláticas y negociaciones entre la FMF, la Liga MX y la AMF Pro. Mientras que el tope salarial concluyó en mayo de 2019.

Así, dijo que ambas prácticas fueron erradicadas previo a la determinación emitida por la COFECE respecto a un posible incumplimiento con el marco normativo de competencia económica.

El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) designó a José Manuel Haro Zepeda como nuevo Titular de la Autoridad Investigadora, quien entra en funciones a partir de hoy 1 de septiembre, por un periodo de cuatro años.

El nuevo titular de la Autoridad Investigadora es economista por la Facultad de Economía de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y maestro en economía por el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE).

La Comisión destacó que José Manuel Haro trabajó en la extinta Comisión Federal de Competencia (CFC) en 2010, órgano en el que desempeñó los cargos de subdirector y director de área en la Dirección General de Investigaciones de Prácticas Monopólicas Relativas y director de área en el Pleno.

Detalló que hasta ayer fue Director General de Inteligencia de Mercados en la COFECE. Previo a ocupar este cargo, durante 2017 y 2018 se desempeñó como Director General de Mercados en la Unidad de Gas Licuado de la Comisión Reguladora de Energía.

La Autoridad Investigadora es la unidad dentro de la COFECE responsable de dar trámite a las investigaciones por prácticas monopólicas y concentraciones ilícitas, así como a los procedimientos especiales para determinar insumos esenciales, barreras a la competencia o falta de condiciones de competencia efectiva en los mercados.

El Pleno llamó a José Manuel Haro continuar con el rigor técnico que ha caracterizado a la Autoridad Investigadora, con especial atención a los mercados que tienen un gran impacto en el bolsillo de las familias mexicanas.

Por su parte, el nuevo titular refrendó su compromiso de mantener el carácter estratégico en las investigaciones que encabece con el fin de cumplir con el mandato constitucional de la Comisión de proteger la competencia y libre concurrencia en los mercados.

El nombramiento de José Manuel Haro es el primero de los cambios que tendrá estas semanas la COFECE, pues la comisionada presidenta, Jana Palacios, adelantó que dejará de formar parte del órgano autónomo en septiembre.

Recordemos que la funcionaria concluye su periodo como presidenta el 9 de septiembre, y aunque podía permanecer como comisionada integrante del Pleno hasta febrero de 2022, Palacios rechazó que eso vaya a suceder.

El presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) dijo este miércoles que enviará al Congreso diversas iniciativas para “ajustar” a los organismos autónomos, argumentando que fueron creados en el pasado para beneficiar a grupos de poder.

El mandatario arremetió contra la Comisión Federal de Competencia Económica (COFEE), el Instituto Nacional de Transparencia (INAI), y autoridades electorales, por resoluciones recientes que frenaron cambios legales en energía y telecomunicaciones, y suspendieron las candidaturas de morenistas a dos de las gubernaturas que se renovarán el próximo 6 de junio.

“Ya estamos haciendo la revisión y vamos a enviar las iniciativas al Congreso para llevar a cabo toda una reforma administrativa”, afirmó el mandatario.

Recordemos que hace una semana, la COFECE interpuso una controversia constitucional contra un decreto que reformó diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, cuya aplicación ya había sido suspendida temporalmente por varias medidas judiciales.

Ayer, el INAI anunció que presentaría una acción de inconstitucionalidad contra la polémica ley federal de telecomunicaciones que obliga a los usuarios de teléfonos celulares a entregar a los proveedores del servicio datos personales para un registro biométrico.

Indicó que presentará el recurso legal ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al considerar que la reforma viola derechos de millones de usuarios.

“La persecución de los delitos es un tema que nos debe preocupar a todos y que el Estado es el responsable de velar por la seguridad de los habitantes, pero ello no puede ni debe ser razón suficiente para restringir las libertades y derechos humanos”, dijo Adrián Alcalá, uno de los comisionados del INAI, durante una sesión del organismo.

Al respecto, el juez Juan Pablo Gómez Fierro concedió la primera suspensión definitiva para que un ciudadano no deba entregar sus datos personales y biométricos al Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT).

Finalmente, ayer el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó el retiro de las candidaturas a gobernador en Guerrero y Michoacán de los abanderados de Morena, luego de que el INE impusiera en dos ocasiones dicha sanción.

Adicional, el TEPJF también ratificó y avaló los criterios elaborados previamente por el INE para evitar la sobrerrepresentación de diputados por la vía de representación proporcional en San Lázaro, lo que ha sido señalado por el bloque de la 4T como un atentado directo a ellos.

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) presentó este jueves una controversia constitucional contra la polémica reforma eléctrica del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La Cofece considera inconstitucional la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), promulgada el pasado 9 de marzo, al indicar que viola la libre competencia al favorecer a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), en detrimento de las privadas, extranjeras y generadoras renovables.

“(Las medidas) eliminan las condiciones necesarias para que exista una dinámica de competencia en el mercado eléctrico, lo que se traduciría en una perturbación en las condiciones de oferta de la electricidad, así como en daños al consumidor y a la economía en general”, argumentó la Cofece.

Y es que la reforma eléctrica elimina el criterio económico para despachar primero las plantas hidroeléctricas y de combustibles fósiles de la CFE sobre las centrales privadas de renovables y de ciclo combinado.

También ordena revisar de forma retroactiva los permisos de autoabastecimiento y contratos previos del gobierno con productores independientes de energía, además de cambiar las reglas de los Certificados de Energía Limpia (CEL) para darlos a plantas viejas de la CFE.

La controversia de la Cofece se suma a la acción de inconstitucionalidad que presentaron los senadores de oposición en la Suprema Corte el 8 de abril.

Recordemos que adicional, los dos juzgados federales especializados en competencia económica suspendieron de forma indefinida la reforma el mes pasado en lo que el Poder Judicial se pronuncia sobre su constitucionalidad.

La Cofece consideró que la reforma es contraria a los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución, que ordenan un régimen de competencia en los mercados de generación y suministro de electricidad. “Quebranta la regla de acceso abierto y no discriminatorio a las redes de distribución y transmisión, lo que reduce la capacidad de competir de ciertos generadores y comercializadores”, sostuvo la comisión.

La reforma eléctrica es parte de las medidas de López Obrador para “rescatar” a la CFE y Pemex del “saqueo” de las empresas privadas y extranjeras.

El Centro de Estudios de Finanzas Públicas (CEFP) calculó que están en riesgo más de 451,000 millones de pesos invertidos en 105 proyectos privados de generación de energías renovables en nuestro país. Además, 28 empresas con un conjunto de 8,904 millones de dólares en inversiones están en posición de exigir indemnizaciones.

Ahora, la Suprema Corte tendría que pronunciarse sobre la constitucionalidad de la reforma mientras el presidente López Obrador ha acusado a algunos jueces de estar “al servicio” de intereses “particulares y extranjeros”.

La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) envió al Congreso de la Unión una opinión en la que recomienda no aprobar en los términos propuestos la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica enviada por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO).

La COFECE indicó que de aprobarse, podría afectar severamente el proceso de competencia y libre concurrencia en los eslabones de generación y comercialización de energía eléctrica; además de que de entrar en vigor podría traducirse en tarifas finales de suministro eléctrico más altas, que deberán pagar los consumidores y/o el gobierno mediante subsidios.

Puntualizó en que de aprobarse la iniciativa de AMLO, se impediría la competencia en la generación y el suministro de energía eléctrica, pues como está planteada elimina el despacho económico de electricidad, que implica tomar primero la más barata, y establece el siguiente orden de prioridad para despacharla: 1) las hidroeléctricas (que en su mayoría son propiedad de la CFE), 2) las otras plantas de la CFE, 3) las eólicas y solares, y 4) los ciclos combinados privados.

“Este orden otorga ventajas exclusivas injustificadas a las generadoras de CFE, garantizándole la venta de su energía sin que necesariamente sea la más barata. Esto eliminaría la competencia entre generadores mediante la disminución de costos y desmotivaría la instalación de proyectos de generación más eficientes y limpios, en perjuicio de los consumidores y el medio ambiente”.

Adicional, señalan que lo propuesto por el mandatario quebranta la garantía de acceso abierto a la Red Nacional de Transmisión y las Redes Generales de Distribución, las cuales son un insumo indispensable para que pueda existir competencia en la generación y el suministro; y es que recuerda que la iniciativa otorga al CENACE amplia discrecionalidad para negar el acceso a ciertas centrales, en situaciones donde este no debería ser negado por cuestiones técnicas.

Adicional, la COFECE subraya la que la iniciativa permite a CFE Suministrador de Servicios Básicos (CFE SSB) adquirir electricidad sin recurrir a mecanismos competidos que garanticen los mejores precios, lo cual implica que alrededor del 84% de la generación existente tendría derecho a ser adquirida por el principal suministrador del país a través de métodos no competidos. 

Finalmente, señala que lo propuesto por el mandatario permite a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) negar permisos, considerando los criterios de planeación del Sistema Eléctrico Nacional establecidos por la Secretaría de Energía. La ambigüedad de esta facultad permitiría a la CRE, sin causa justificada, dejar de otorgar permisos y cerrar el mercado de la generación.

La Comisión recordó que recientemente la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó diversas disposiciones de la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad del Sistema Eléctrico Nacional que van en el mismo sentido que varias de las modificaciones propuestas en la iniciativa.

“En un contexto de recuperación económica, es sumamente importante que las empresas mexicanas tengan acceso barato y eficiente a la electricidad. Igual de importante es que las familias paguen menores tarifas para que su dinero alcance para más. Finalmente, ante la actual presión en el gasto público, es importante mantener bajos los subsidios aplicados a las tarifas eléctricas, de tal forma que el Gobierno cuente con recursos adicionales para apoyar la recuperación de la economía mexicana”, remató la COFECE.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este miércoles procedente la controversia constitucional que presentó la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) en contra de la política energética del gobierno federal.

“Es procedente y parcialmente fundada la controversia constitucional”, expuso la secretaria de acuerdos, Jazmín Bonilla.

La Cofece presentó la controversia el año pasado, luego de que la Secretaría de Energía (Sener) emitiera una nueva norma en la que daba al Estado más poder sobre el sector eléctrico y más presencia a la CFE, la que según la Comisión, afectaba la competencia en el sector.

Los integrantes de la Segunda Sala avalaron el proyecto que estuvo a cargo del ministro Luis María Aguilar Morales. El proyecto, que recibió cuatro votos a favor y uno en contra, señala que la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN) distorsiona el proceso de competencia en materia energética.

Adicional, precisa que “otorga una ventaja exclusiva e indebida en favor de Comisión Federal de Electricidad (CFE) para que proponga proyectos estratégicos en programas de suma relevancia en el desarrollo del SEN (Sistema Eléctrico Nacional) y que invariablemente inciden en dichos eslabones, siendo que tal previsión no se encuentra prevista para los demás competidores y sin que se justifique tal distinción”.

Los ministros coincidieron en que el acuerdo impugnado “obstaculiza el cumplimiento de las finalidades constitucionales” que se encomendaron a la Cofece.

La Suprema Corte SCJN invalidó la disposición 7.1 que establecía que “la seguridad de despacho tiene prelación sobre eficiencia económica”. También se invalidó el apartado 5.12 en el que la Sener otorgaba al Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) la facultad para evaluar la viabilidad de las solicitudes de interconexión de las empresas privadas con base en diversos criterios.

Adicional, revocó la disposición 8.4 con la que el Cenace tenía control sobre la “asignación y despacho” de unidades de central eléctrica. Anuló también el apartado 10.2 que permitía al Cenace a rechazar solicitudes de interconexión de privados por “criterios de suficiencia, seguridad de despacho y eficiencia económica”.

La medida 3.8.4. que le daba a la CFE la facultad de “elaboración de los Lineamientos y Criterios de Confiabilidad para la planeación y operación del SEN”, también fue eliminada.

Y aunque fueron varios puntos los que se invalidaron, la SCJN validó el punto que permite el “fortalecimiento de la planificación estratégica de CFE” y criterios para nuevos servicios conexos. También le permitió a la Sener imponer a las empresas privadas de energías “intermitentes” cubrir el costo asociado de incrementar los servicios conexos y catalogar a centrales “con fuente de energía limpia intermitente” que “no proveen una cantidad firme de potencia”.

Daniel Becker, director del Grupo Financiero Mifel, quien se  encuentra en recuperación tras haberse contagiado de Covid-19, será el próximo presidente de la Asociación de Bancos de México (ABM).

Luis Niño de Rivera, actual presidente de la ABM, indicó que esta semana se lleva a cabo el proceso de votación, al cual llega un candidato de unidad, en referencia a Becker.

El presidente saliente de la ABM, que asumió el cargo en 2019, dijo que Becker es un “profesional de gran experiencia y capacidad” además de un “estudioso de nuestra industria dedicado en este menester de cuerpo y alma desde hace muchísimos años”.

El nuevo presidente de la ABM asumirá el cargo durante la 84 Convención Bancaria de México, que se llevará a cabo los días 11 y 12 de marzo, esta vez bajo un formato semipresencial, debido a la contingencia sanitaria por la Covid-19.

“La gran mayoría de personas participarán a través de una plataforma digital”, especificó Niño de Rivera, quien dijo que solo será presencial la inauguración y la clausura de la convención, que se llevarán a cabo en el pato del Club de Banqueros de la Ciudad de México con una “presencia muy limitada”.

La ABM aprovechó para negar los actos de colusión entre instituciones del mercado secundario de deuda soberana, esto luego de que siete bancos internacionales fueron sancionados por la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE).

La Comisión informó esta semana que encontró evidencia de que las instituciones financieras y algunos operadores realizaron acuerdos ilegales para vender o comprar a cierto precio o no comercializar ni adquirir papeles de deuda.

“No hubo una colusión institucional bajo ningún motivo”, aseguró Eduardo Osuna, vicepresidente de la ABM y director general de BBVA en México, uno de los bancos multados. “Son conductas muy particulares de individuos”, agregó durante una videoconferencia.

Por su parte, Raúl Martínez-Ostos, director general de la unidad mexicana del británico Barclays, otro de los bancos penalizados, dijo que su equipo analizaba las conclusiones de la autoridad. “Tenemos una perspectiva distinta”, afirmó.

Entre los bancos multados también se encuentran las filiales locales del alemán Deutsche Bank, de los estadounidenses Bank of America, Citibank, y JP Morgan Chase, así como del español Banco Santander.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pospuso este miércoles la discusión de una controversia constitucional en contra de la política energética del gobierno federal, que la COFECE señaló de afectar gravemente a las empresas del sector.

La controversia fue enviada a la Corte por la Comisión Federal de Competencia Económica a mediados del año pasado, poco después de que la Secretaría de Energía emitiera una nueva norma en la que da al Estado más poder sobre el sector eléctrico y más presencia a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

La nueva política, que también modifica las reglas sobre quién puede generar electricidad, en qué cantidad y que fija nuevas reglas para las centrales renovables, ya ha sido cuestionada en tribunales locales, que han concedido amparos a empresas para frenar su aplicación.

La disputa se da en medio de una manifiesta intención del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) de favorecer a las empresas estatales de energía, la CFE y Pemex, y ha insinuado la posibilidad de revertir la reforma energética que llevó a cabo el gobierno anterior, pues la acusa de abrir por completo el sector a la inversión privada.

Analistas y empresarios están atentos a la discusión de la controversia constitucional en la Corte, pues podría marcar el rumbo a seguir en los próximos años.

El debate en la Corte se da también en medio de una campaña del presidente en contra de los organismos autónomos, como la COFECE o el instituto de transparencia, el INAI, a los que quiere desaparecer, y trasladar funciones al gobierno, pues asegura que son costosos y propician la corrupción.

El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) impuso multas por un total de 35 millones 75 mil pesos a las instituciones bancarias: Barclays Bank, Deutsche Bank, Santander, Banamex, Bank of America, BBVA Bancomer, J.P. Morgan y a 11 personas físicas, por coludirse para manipular el mercado secundario de deuda soberana entre 2010 y 2013.

La Comisión dijo que para la colusión, se intercambiaron mensajes, a través de chats, utilizando las plataformas tecnológicas de comunicación que contratan los bancos como herramientas de trabajo.

La Comisión acreditó que los bancos y traders (personas físicas) establecieron 142 acuerdos contrarios a la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), para manipular precios, establecer la obligación de no comercializar y/o no adquirir ciertos valores gubernamentales en transacciones específicas, mismos que tuvieron un impacto directo sobre el precio de los instrumentos relacionados en dichas transacciones en el mercado secundario.

La COFECE precisó que dichas conductas, se generó un daño al público inversionista que adquirió los bonos objeto de la colusión.

“Se calcula que estas prácticas anticompetitivas, realizadas entre 2010 y 2013, generaron un daño al mercado de 29 millones 389 mil pesos”, detalló la Comisión

Aclaró que dado el periodo en que fueron cometidas dichas conductas, la ley de competencia que aplica es previa a la vigente y establece montos menores de sanción en comparación con la actual, además de que existe una metodología para el cálculo de los montos de las multas que se aplican en todos los casos que atiende COFECE, la cual está basada en el principio constitucional de proporcionalidad con base en el daño acreditado al mercado.

Debido a que la investigación se hizo pública en 2017, en 2018, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), ya había impuesto multas a algunos de los bancos por manipulación en los volúmenes de operación.

Santander respondió en un comunicado que “no acepta las imputaciones” de Cofece y que “recurrirá a tribunales a fin de combatir legalmente” la determinación. BBVA, el otro banco español acusado, dijo que tiene “una interpretación diferente” a la de la autoridad y que analizará sus siguientes pasos. El resto de las instituciones no ha hecho comentarios.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió de forma provisional la política de la Secretaría de Energía (Sener) que limita la producción eléctrica renovable de los privados.

En lo que resuelve la constitucionalidad del acuerdo, la SCJN concedió esta medida cautelar a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), que la semana pasada presentó una controversia constitucional.

El efecto es “que se suspendan todos los efectos y consecuencias del Acuerdo por el que se emite la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 15 de mayo”, indica este lunes la lista de notificaciones de la SCJN.

Esta es la primera vez que la Suprema Corte reacciona a la política de la Sener.

En el último mes, jueces federales suspendieron de modo indefinido el acuerdo y el del Centro Nacional de Control de Energía (Cenace), publicado el 29 de abril, tras un amparo de la asociación Defensa Colectiva y otro de Greenpeace y el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda).

Con el argumento de garantizar la “confiabilidad” y “estabilidad” del sistema eléctrico, ambos acuerdos restringen las energías renovables por considerarlas “intermitentes” para priorizar a las plantas de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

La Cofece impugnó la política de la Sener ante la SCJN porque “violenta los principios fundamentales de competencia y libre concurrencia ordenados en la Constitución”.

En particular, la Cofece consideró que es “contraria” a los artículos 16, 28 y 133 de la Constitución, así como a las leyes del sector eléctrico.

La SCJN admitió a trámite el recurso de la Cofece el jueves pasado, aunque lo notificó de manera pública este lunes.
“La medida suspensional surtirá efectos sin necesidad de otorgar garantía y sin perjuicio de que pueda modificarse o revocarse por algún hecho superveniente”, explica la notificación.

Tras conocer la decisión, la titular de la Sener, Rocío Nahle, respondió que el “Ejecutivo tiene obligación de otorgar seguridad y custodia del sistema energético” en México.

“El Gobierno de México es respetuoso de las decisiones del poder judicial, cualquier controversia vamos a combatirla en los tribunales con argumentos sólidos para mantener la confiabilidad del SEN”, publicó Nahle en sus redes sociales.

La SCJN otorgó un plazo de 30 días hábiles para la respuesta de la Sener.

La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) informó este lunes que interpuso una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (AMLO) contra la Política de confiabilidad, seguridad, continuidad y calidad en el Sistema Eléctrico Nacional (Política), emitida por la Secretaría de Energía, al considerar que violenta los principios fundamentales de competencia y libre concurrencia ordenados en la Constitución.

La COFECE consideró que la Política es contraria al contenido de los artículos 16, 28 y 133 constitucionales, así como a las leyes aplicables en materia de electricidad, los cuales en conjunto establecen un régimen de competencia en la generación y suministro de electricidad.

“El instrumento afecta de manera grave la estructura económica del sector de electricidad, ya que elimina la posibilidad de que este opere en condiciones de competencia y eficiencia (…) la Política impugnada compromete tanto el acceso abierto y no discriminatorio a las redes de transmisión y distribución (insumo indispensable en esta industria), como el criterio de despacho económico que rige la operación del mercado eléctrico mayorista; asimismo, otorga ventajas en favor de ciertos participantes y disminuye la capacidad de competir de otros, sacrifica la eficiencia y establece barreras a la entrada en la generación eléctrica”, dijo la COFECE este lunes a través de un comunicado.

La Comisión dijo que se incide de manera grave y trascendente su esfera de actuación, al impedirle promover y proteger la competencia y libre concurrencia en el mercado eléctrico.

Precisó que solicita a la Suprema Corte pronunciarse sobre los límites que tiene un regulador sectorial frente a los principios constitucionales de competencia cuando emite una disposición que afecta tan gravemente la dinámica competitiva de un mercado.

Finalmente indicó que si bien reconoce que incrementar la confiabilidad y seguridad del sistema eléctrico nacional es un propósito legítimo y deseable, cuando otros objetivos, como el de la competencia económica también son parte del mandato constitucional, es necesario identificar la mejor alternativa disponible a fin de hacer cumplir todos estos objetivos, lo que no sucede con la Política impugnada.