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El Partido de la Revolución Democrática (PRD) interpuso una serie de quejas ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) por el posible uso incorrecto de los datos personales de los mexicanos a raíz de la consulta del aeropuerto, así como por el censo para el bienestar que está llevando a cabo Morena.

El encargado de despacho de la presidencia nacional, Ángel Ávila Romero, detalló que el PRD interpuso las quejas debido a que los ciudadanos que asisten a manifestar su opinión en la consulta o son censados, les son solicitados datos como el número de plástico de su credencial de elector que es diferente para cada ciudadano y a través de ese número se pueden obtener datos de la lista nominal.

El dirigente perredista hizo un llamado a que en la consulta se garantice el uso correcto de los datos de las y los ciudadanos, además la consulta también incumple porque no hay aviso de privacidad “si están usando el padrón electoral sería un delito”.

Por su parte Antonio Ávalos, representante del INAI, dijo que la Ley establece que en el lugar donde se vote, debe haber un aviso de privacidad “y la ley federal de protección datos personales en posesión de particulares establece claramente que cuando los datos se obtienen de la manera en la que se están obteniendo en la consulta es necesario contar con un aviso de privacidad impreso, visible y claro para el ciudadano para que sepa de qué manera se van a cuidar sus datos”.

Señaló que el INAI iniciará una serie de diligencias para determinar si en el marco de la consulta cuentan con un aviso de privacidad y de ser el caso que cumpla con los requisitos que marca la Ley. “Buscamos que el ejercicio de esta consulta este revestido de legalidad y dar certeza a la ciudadanía de que sus datos van a estar resguardados”.

 

Luego de que la noche de ayer se difundiera una investigación sobre supuestos gastos personales que la Senadora con licencia del PT, Layda Sonsores, cargara al Senado, fue la ahora candidata a alcaldesa en la CDMX quien negó las acusaciones y afirmó que todo se trata de una represalia por denunciar actos de corrupción de sus adversarios.

A través de sus redes sociales, la candidata difundió una carta en la que dijo que los recursos de los que informó en el programa En Punto de Noticieros Televisa, no fueron para gastos personales, sino que fue para la fiesta navideña que se organizó en el Senado para los 700 empleados de limpieza.

Indicó que también se compraron regalos para el festejo que le organiza a su equipo de trabajo, quienes laboran bajo honorarios y sin seguridad social. “Logramos que nuestros compañeros de resguardo e intendencia tuvieran un vestidor digno y un comedor; las condiciones eran deplorables. Se logró un aumento al salario y hoy tienen acceso a una buena comida por cinco pesos”.

Describió que los gastos en despensa que aparecen en las facturas fueron donados a actos relacionados con su labor legislativa, tales como el apoyo a caravanas migrantes, de maestros, entre otros.

Indicó que las “calumnias” contra ella son respuesta a las denuncias que ha hecho de actos de corrupción realizados por el ex Jefe de Gobierno capitalino, Miguel Ángel Mancera, Héctor Serrano y Leonel Luna.

Compartió también varios testimonios de los empleados de limpieza del Senado, contratados por el outsourcing FONATUR, quienes indicaron los regalos que les fueron otorgados en los festejos a los que Sansores hace referencia.

 

 

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia de la Sala Regional Especializada, en la que negaba que el Partido Acción Nacional (PAN), utilizara tiempos en radio y televisión del Estado para difundir explicaciones sobre asuntos o conflictos de Ricardo Anaya.

 

El 2 de noviembre de 2017 el PRI presentó una queja por uso indebido de la pauta que el PAN realizó, derivado de la difusión del promocional PANUN1S, ya que aseguraba que constituía un posicionamiento indebido del PAN y su entonces dirigente nacional, Ricardo Anaya, además de difundir encuestas que no tenían sustento científico.

 

Una segunda queja se presentó el 10 de noviembre, por parte del periódico El Universal, en contra del PAN y su entonces dirigente nacional, por la difusión del mencionado promocional en su versión de televisión. El periódico alegaba que el contenido del spot violaba sus derechos de propiedad intelectual y de autor, al utilizar su logotipo y nombre comercial sin su autorización, además que dicho promocional correspondía a una campaña comercial negativa.

 

Ambos recursos fueron resueltos el 8 de febrero pasado por la Sala Especializada, que declaró inexistentes las infracciones a la normativa electoral, por considerar que la difusión del spot no implicó un uso indebido de la pauta por parte del PAN y que no se actualizaron los actos anticipados de campaña del PAN ni de su entonces dirigente Anaya Cortés. Asimismo, se determinó que el spot denunciado no se utilizó indebidamente para extender el derecho de réplica concedida por una instancia jurisdiccional a Anaya Cortés respecto de una nota periodística sobre el incremento de su patrimonio y el de su familia.

 

Sin embargo en una nueva revisión al respecto, el TEPJF consideró fundados los agravios relacionados con el uso indebido de la pauta, por la utilización de expresiones que no atienden a las finalidades de la propaganda política en el promocional denunciado.

 

En este sentido, las magistradas y los magistrados consideraron que el promocional impugnado no aludió a temas de interés relacionados con la ideología o principios que proclama el PAN, como entidad de interés público, cuya función, entre otras, es promover la participación del pueblo en la vida democrática, sino a temas estrictamente particulares, relativos a dos notas periodísticas, a una litis en sede jurisdiccional federal relacionada con el derecho de réplica entre El Universal y Anaya Cortés, así como a la justificación de lo que se consideró como un ataque.

 

El Pleno estimó que no es constitucionalmente admisible que un instituto político use las pautas electorales para debatir públicamente con un medio de comunicación sobre aspectos difundidos por éste, que pudieran serle incómodos a él o a uno de sus dirigentes o integrantes.

 

En consecuencia, el Pleno revocó la sentencia emitida en el procedimiento especial sancionador de la Sala Regional Especializada y le ordenó emitir una nueva, en la que considere acreditada la responsabilidad únicamente del PAN, e imponga al instituto político la sanción que conforme a Derecho corresponda.

 

La representación del PRI ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) presentó una denuncia contra Morena por el uso indebido del padrón electoral, luego de que la campaña de la candidata Delfina Gómez enviara cartas personalizadas a electores del Estado de México para buscar el voto.

 

El representante del PRI ante el INE,  Jorge Carlos Ramírez Marín, explicó que el envío de una cartaa a cada elector del Estado de México, haciendo uso de su nombre completo y domicilio sin su consentimiento,  es una violación flagrante a la confidencialidad de los mexiquenses, la cual está tutelada por la Ley.

 

“Morena ha demostrado que  ignora y desprecia la Ley y a las autoridades electorales, pero ahora escala eso y muestra un desprecio absoluto a la ciudadanía que confió en que sus datos personales serían manejados de manera responsable”.

 

Por lo anterior, la denuncia presenta pruebas de que se hizo un uso indebido del padrón electoral y de la franquicia postal por parte de López Obrador y Morena.

 

El uso indebido del padrón electoral ha sido sancionado con una multa de 76 millones de pesos en el pasado, lo que debería aplicarse también a Morena y su dirigente pues violaron la privacidad y el derecho a la confidencialidad de miles de ciudadanos del Estado de México.

 

Con información del PRI / Foto: Twitter