La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó este miércoles la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de adoptar medidas cautelares por la promoción personalizada del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO).

La decisión del INE y ahora del Tribunal Electoral se da a partir del análisis de las dos primeras versiones de las cartas para dar a conocer y difundir la implementación del Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), con motivo de la contingencia sanitaria COVID-19.

Recordemos que el pasado 30 de abril, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE resolvió procedente la solicitud de medidas cautelares por las cartas del IMSS firmadas por López Obrador, luego de las denuncias interpuestas por el PAN, PRD y PRI.

Con dicha resolución, se ordenó al IMSS para que en un plazo que no excediera las 24 horas, realizara las acciones, trámites y gestiones suficientes para detener o suspender la elaboración, distribución y entrega de las cartas o documentos, que contengan el formato primero y segundo de la carta denunciada y, en su lugar, si así lo estima pertinente, sustituirlas por cartas o comunicaciones que se ajusten al marco constitucional.

Tras la resolución alcanzada por el INE, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) interpuso el 2 de mayo un recurso de revisión del Procedimiento Especial Sancionador (REP) ante la Sala Superior del TEPJF.

En sus alegatos, el IMSS señaló, entre otros argumentos, que el INE hizo una indebida valoración de pruebas, que se extralimitó en sus funciones para conocer e imponer las medidas cautelares, al estar restringida su competencia para conocer de la difusión de propaganda en radio y televisión y que hizo un análisis indebido de la suspensión ordenada por el Consejo General del INE, respecto del desarrollo de los procesos electorales locales, así como de las pruebas y de las hipótesis de improcedencia, entre otras.

Sin embargo, luego de hacer un análisis, las y los magistrados de la Sala Superior desestimaron los señalamientos del IMSS y ratificaron la decisión de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE al emitir las medidas cautelares.

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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