La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) imponer una sanción a su colaboradora, la titular de la Secretaría de Energía, Rocío Nahle, pues incurrió en una violación a la ley electoral al difundir propaganda gubernamental en periodo de campañas.

La sanción deriva de una denuncia que el partido Movimiento Ciudadano presentó en contra de Nahle, luego de que difundiera dos mensajes de sus redes sociales el 30 de abril y el 12 de mayo respectivamente, donde exponía logros y acciones en Pemex.

“En el caso concreto, las publicaciones constituyen propaganda gubernamental que se difundió en periodo prohibido, sin que encuadren en ninguna de las excepciones, por tanto es exigente la difusión de propaganda gubernamental durante los periodos de las campañas electorales federal y 32 locales”, resolvieron los magistrados.

Recordaron que en el pasado periodo electoral,  sólo se permitía propaganda oficial relacionada con temas de salud, educación y protección civil.

Y aunque el Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó a la funcionaria retirar los mensajes de su cuenta de Twitter, en una publicación con fecha de ayer, Nahle retomó dichos mensajes y aún pueden apreciarse en sus redes sociales.

El proyecto ratificado por los magistrados del Tribunal, aclaró que dichos mensaje no se trató de una actitud que haya violado la equidad de la contienda, pues no se promocionaba explícitamente a un partido político en ellos.

Adicional, esta semana, la Sala Superior también confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada en la que se determinó que Morena incurrió en una infracción al atribuirse de forma indebida el programa nacional de vacunación contra el COVID-19, hecho por el cual se le impuso al partido una multa que asciende a 268 mil 860 pesos.

Las y los magistrados confirmaron que Morena cometió una infracción al difundir el pasado 20 de marzo, a través de Twitter un mensaje alusivo a la campaña de vacunación implementada por el gobierno federal con el mensaje: “Por eso distribuimos y aplicamos la vacuna contra el COVID-19 de manera gratuita para todas y todos”.

La Sala Superior recordó que los partidos políticos pueden utilizar la información que deriva de los programas sociales como parte del debate público para conseguir un mayor número de adeptos y votos, porque ello fomenta el debate político. Sin embargo, no pueden apropiarse de su uso y difusión como si ellos mismos participaran en su ejecución e implementación, ya que eso podría confundir a la ciudadanía.

Y aunque el mensaje en Twitter fue borrado, lo que sirvió a Morena para señalar que eran insuficientes las pruebas para acreditar la infracción, se halló el tuit denunciado en 16 cuentas de esa red social, en las que se advierte que efectivamente el mensaje existió.

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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