La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó los lineamientos de la Convocatoria al III Congreso Nacional Ordinario de Morena, en los que se estableció que quienes deseen participar en el proceso interno de elección de dirigentes deben renunciar o pedir licencia a su cargo público o de estructura en el partido.

Y es que el 16 de agosto pasado, el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de Morena emitió la convocatoria al III Congreso Nacional Ordinario, a fin de renovar cargos ejecutivos dentro del partido con los requisitos de elegibilidad para las y los candidatos.

El 23 de septiembre la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, conforme a la delegación de funciones que le hizo el CEN, emitió la convocatoria con prohibición a los militantes que ejerzan un cargo público o dentro de la estructura partidista, para que puedan participar en el proceso de elección.

Establecía que podían participar en el proceso siempre y cuando se separaran de su cargo mediante renuncia o licencia.

Sin embargo, militantes presentaron demandas al considerar que la Comisión no tenía la competencia para emitir lineamientos, ni tampoco para modificar la convocatoria o establecer restricciones que no se encuentran previstas en la normativa del partido, estableciendo mayores requisitos de elegibilidad.

Los magistrados determinaron que el CEN es el órgano partidista facultado para emitir las disposiciones relativas a la separación del cargo de aquellos militantes que ostenten un cargo de elección popular o público y que tengan la intención de postularse a un cargo ejecutivo en el proceso de selección interna del partido.

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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