Este miércoles, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la validez de la convocatoria y de la sesión extraordinaria del Congreso Nacional de Morena, así como de los acuerdos tomados en ella.

El 26 de enero de 2020, se realizó la sesión extraordinaria del Congreso Nacional, en la cual se llevó a cabo la elección en las vacantes del Comité Ejecutivo Nacional (CEN), entre ellas, la presidencia interina del diputado Alfonso Ramírez Cuellar, con la finalidad de concluir el periodo de transición, en tanto se reponía el procedimiento de renovación de la dirigencia nacional.

El Tribunal señaló que quienes promovieron los medios de impugnación pretendían la invalidez de la sesión extraordinaria, al afirmar la existencia de irregularidades en la convocatoria, primordialmente, por haberse emitido por un órgano partidista distinto al facultado, así como por la ausencia de firmas de quienes solicitaron la convocatoria.

Los inconformes también destacaron la falta de quórum legal para la instalación del Congreso Nacional, lo que en su concepto implicaba que los acuerdos adoptados por el órgano colegiado eran contrarios a las normas estatutarias, de manera destacada.

En sesión pública, los magistrados del TEPJF determinaron que los órganos facultados para convocar a una sesión extraordinaria del Congreso Nacional son la mayoría de los integrantes del Consejo Nacional, el CEN o la tercera parte de los consejos estatales. Por ello, indicaron que fue válida la convocatoria emitida por la mayoría de los integrantes del Consejo Nacional y de una tercera parte de los consejos estatales.

Además, la Sala Superior estimó que se cumplió con el quórum para la instalación del Congreso Nacional, debido a que los demandantes no probaron sus afirmaciones.

Con la sentencia, se validó la actuación del Congreso Nacional para cubrir las vacantes generadas en el CEN al estar justificadas en una situación especial y excepcional, de ahí que, tanto la elección del presidente interino como de las secretarías que la integran, únicamente tienen como finalidad concluir el periodo de transición mientras se repone el procedimiento de elección de la dirigencia nacional, el cual fue única y exclusivamente para un periodo de cuatro meses.

Finalmente, la Sala Superior determinó que el Congreso Nacional de Morena, como máxima autoridad, puede válidamente elegir una presidencia interna y que el presidente interino y la Secretaria de Organización, no estaban obligadas a separarse de sus cargos de elección popular previamente a la elección.

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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