Luego de que Morena iniciara un procedimiento en contra de las contantes Fey, Gloria Trevi y Dulce María, por la publicación de diversos mensajes en sus perfiles de redes sociales a favor del PVEM en el periodo de la veda electoral, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), desechó la queja.

Morena también acusó que el partido faltó a su deber de cuidado, al permitir la publicación de dichos mensajes.

Del análisis de las publicaciones denunciadas, los Magistrados indicaron que no se observaron expresiones de apoyo o rechazo hacia alguna fuerza política o candidatura, y que únicamente se trató de una opinión en sus cuentas personales de redes sociales.

Concluyeron que tales publicaciones se encuentran dentro de la libertad de expresión de los ciudadanos, por lo que no existió una falta a la normativa electoral.

Por otro lado, sobre la queja que presentó el PVEM y Morena en contra de Ricardo Anaya, por no respetar el periodo de reflexión, específicamente por una publicación del 30 de junio, el Tribunal determinó que la publicación no puede considerarse propaganda electoral, ya que lo que mostró fue la difusión de una idea u opinión de un ciudadano de relevancia pública sobre la situación política del país y no de una propuesta de campaña o plataforma electoral.

Sin embargo, al resolver otras dos denuncias que se presentaron en contra del entonces candidato presidencial del Frente, por una publicación del  29 de junio, se determinó que sí hubo una falta a la normativa electoral, porque Ricardo Anaya difundió un video que constituye propaganda electoral durante el periodo de veda.

Por tal conducta, se le impuso una amonestación pública.

 

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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