La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente la adopción de medidas cautelares, solicitada por una ciudadana en contra del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), por presunta promoción  personalizada, actos anticipados de campaña, así como por la rendición de un informe de labores fuera de los plazos previstos. 

En relación a la queja de promoción personalizada, en sesión extraordinaria urgente, la Comisión determinó no ordenar la cancelación de las conferencias matutinas del Presidente, ya que, de un análisis realizado y bajo la apariencia del buen derecho, las conferencias de prensa matutinas en las que participa el titular del Ejecutivo, tienen como finalidad, entre otras, dar a conocer logros, programas, acciones y obras de gobierno, respecto a temas y cuestiones de distinta índole.

Indicaron que las mañaneras podrían incluirse dentro de la definición de propaganda gubernamental, sin que exista  urgencia o peligro en la “demora que justifique el dictado de la medida cautelar solicitada por la quejosa”.

Los integrantes de la Comisión concluyeron que actualmente no se encuentra en desarrollo ningún proceso electoral local o federal que pudiera verse vulnerado con la realización o difusión de las conferencias matutinas.

Señalaron que en todo caso corresponderá a la Sala Regional Especializada pronunciarse sobre la legalidad en el modelo de comunicación utilizado por la Presidencia de la República y si esto implica una contratación y/o adquisición indebida de tiempos de televisión

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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