La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) difundió este jueves el proyecto del ministro Luis María Aguilar sobre la consulta popular solicitada por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), para decidir si se investiga, y en su caso se enjuicia, a los expresidentes de México.

El proyecto propone declarar inconstitucional la consulta, ya que atenta contra los derechos humanos y sus garantías.

“Esta Suprema Corte considera que el objeto de la consulta popular propuesta es inconstitucional porque su sustancia e implementación, por sí mismas, de celebrarse, tendrían un efecto de restricción de los derechos humanos y sus garantías, pues sujeta a la decisión de las mayorías los derechos de las víctimas u ofendidas por los delitos señalados en la petición y rompe con el sistema de protección de los derechos humanos de todas las personas en México”.

La SCJN indicó que tras haber recibido la solicitud de la consulta por parte del presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, se admitió a trámite, la cual se turnó al Ministro Luis María Aguilar Morales para la elaboración del proyecto de resolución respectivo.

La Corte indicó que era competente para conocer y resolver la revisión de constitucionalidad de la materia de la consulta popular.

En un principio, se señaló que dada la relevancia que tienen este tipo de ejercicios, se prevé que, en términos generales, la consulta popular es válida para cualquier tema que sea coherente con el sistema constitucional y democrático

Sin embargo, al analizar la petición del presidente López Obrador, se resolvió que la petición consiste en consultar al pueblo de México si está de acuerdo o no en que las autoridades competentes (Fiscalía General de la República y fiscalías de los estados, Poder Judicial de la Federación y poderes judiciales de los estados, las policías y cualquiera otra que tenga atribuciones), investiguen y, de resultar fundada alguna causa, sancionen penalmente a los expresidentes de México referidos en el escrito de solicitud.

Ante ello, se resolvió que el objeto de la consulta popular debe considerarse inconstitucional, pues la materia que se solicita consultar, de acuerdo a su diseño y contenido, conlleva en sí una restricción de los derechos humanos, y una afectación a las garantías para su protección, al condicionar su efectividad y ejecución al resultado de ese mecanismo participativo; desnaturalizando con ello su propósito y finalidad.

En su explicación, la SCJN señala que la consulta se enmarca en una de las materias o supuestos que están prohibidos constitucionalmente para este tipo de ejercicios, consistente en que la consulta popular no puede someter a la voluntad popular decisiones que en cualquier sentido impliquen una restricción de los derechos humanos ni de sus garantías de protección.

Añade que la consulta es inconstitucional desde su origen pues las obligaciones de las autoridades de investigar, perseguir y sancionar los hechos delictivos no pueden disociarse de los derechos de los que las personas gozan de acceder a la justicia pronta, completa e imparcial, al debido proceso.

En ese sentido, el proyecto afirma que las autoridades se encuentran obligadas a denunciar cualquier hecho y a llevar a cabo todas las investigaciones necesarias para llegar a la verdad y sancionar cualquier delito cometido por cualquier persona, sea un expresidente, exfuncionario o cualquier persona que atente contra el Estado de Derecho y contra los derechos humanos particulares de cualquier persona.

Indica además que la consulta es inconstitucional, porque en el hipotético caso en el que se realizara y se obtuviera una respuesta en contra de realizar las investigaciones e imponer las sanciones correspondientes, el efecto sería una especie de perdón o amnistía por todos los presuntos delitos que pudieran haberse cometido, antes, durante y después de las gestiones de los expresidentes.

Advierten que se estaría validando, a través de una consulta popular, que la ciudadanía pudiera conceder un perdón y una absolución a estos delitos.

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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