La comisionada presidenta del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), Blanca Lilia Ibarra Cadena, dio respuesta esta tarde a la carta que le envió el presidente al Instituto en el que solicitaba su intervención para obtener datos relacionados con los ingresos y bienes del periodista Carlos Loret de Mola, socios y familiares.

La comisionada precisó que el INAl no cuenta con facultades constitucionales ni legales para realizar investigaciones como la solicitada por el presiente, lo que incluye, en el caso, requerir información a distintas entidades públicas como son el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y Registros Públicos de la Propiedad, entre otros.

Le sugirieron al presidente dirigir su solicitud de información a los sujetos obligados que él mismo mencionó, a efecto de que, como primeros responsables, sean quienes puedan pronunciarse al respecto.

Respecto a que si AMLO puede, como ciudadano, ejerciendo su derecho a la libertad de información y expresión, dar a conocer facturas y comprobantes sobre los ingresos de Loret de Mola de conformidad con la documentación que llegó a Palacio Nacional, el INAI pidió considerar que lo que disponen los artículos 6 y 16 de la Constitución.

Estos señalan que la información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes, además de que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos.

Es decir, toda autoridad del Estado mexicano tiene el deber y la obligación de garantizar la protección de datos personales que tenga en su posesión, como consecuencia del ejercicio de sus atribuciones.

“Para efectos de poder dar a conocer por cualquier medio datos personales, es necesario contar con el consentimiento previo de la persona en cuestión, el cual debe otorgarse de forma libre, específica e informada y, en algunos casos, de manera expresa”, le indicó la comisionada presidenta del INAI a AMLO.

Y aunque se señala que al encontrarse bajo resguardo de la Oficina de la Presidencia de la República, y que toda información se entendería originalmente de naturaleza pública, esta conservará esta calidad siempre que no se refiera a la vida privada y a los datos personales de una persona física identificada o identificable.

“La decisión de hacerla pública (documentos como faturas) es potestad de la persona a quien pertenecen esos datos personales. Por su parte, para el sujeto obligado, subsiste en todo momento el deber de confidencialidad, en ejercicio del encargo público que desempeñan; salvo que se trate de ingresos recibidos directamente del erario público”, le aclaran a AMLO.

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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