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LEY MIER

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La Cámara de Diputados aprobó la tarde de ayer una reforma al artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito, a fin de que los recursos que hayan sido abandonados en cuentas bancarias se tomen y se destinen a temas de seguridad pública.

El documento, avalado en lo general, con 483 votos a favor, cero en contra y una abstención y, en lo particular, con 366 votos a favor, 102 en contra y cero abstenciones, especifica que los recursos, así como los intereses y rendimientos acumulados, generados por todos los depósitos e inversiones en la cuenta global con excepción de aquellos previamente destinados a la beneficencia pública, prescriban en favor de la seguridad pública y se deberán destinar a las políticas y acciones de combate a la delincuencia.

La llamada ‘Ley Mier’, debido a que fue una iniciativa del coordinador de la bancada de Morena en San Lázaro, Ignacio Mier, ha encendido las alertas pues contempla que los depósitos e inversiones, así como sus intereses, que no tengan movimiento en el transcurso de tres años contados a partir de que estos últimos se depositen en la cuenta global, es decir, después de 3 años en sus cuentas originales, prescribirán en favor del patrimonio de la beneficencia pública.

Así, en total son seis años que dichos recursos deben estar “abandonados” en las cuentas bancarias.

Se aclara que para que la prescripción sea valida, el importe no deberá exceder por cuenta, al equivalente a 540 Unidades de Medida y Actualización en la Ciudad de México, es decir el equivalente a 51 mil pesos.

“No se está proponiendo disponer de los recursos de usuarios de servicios financieros con posibilidades de ser reclamados, sino de aquellos recursos cuyo derecho a ser reclamados han prescrito; es decir, que habiendo transcurrido los seis años que marca la ley, no fueron ni podrán ser reclamados por lo que no se afectan las garantías constitucionales”, aclaró

En el dictamen, que fue avalado y remitido al Senado, se establece que las instituciones estarán obligadas a enterar los recursos correspondientes tanto a la beneficencia pública como a la dependencia responsable de la seguridad pública, dentro de un plazo máximo de quince días contados a partir del 31 de diciembre del año en que se cumpla el supuesto previsto.

Para realizar el traslado de los recursos financieros a que se hace referencia, correspondientes al año 2022, se indica que el Sistema Nacional de Seguridad Pública deberá instrumentar los mecanismos y acuerdos necesarios con las instituciones que conforman el sistema bancario, para que estos procedan en un plazo que no exceda los 180 días a partir de la entrada en vigor de la reforma.

Llamó la atención que la ‘Ley Mier’ se consideró de urgente resolución, por lo que se le dispensaron todos los trámites, se sometió a discusión y votación de inmediato, y se remitió al Senado para sus efectos constitucionales, es decir, que pueda ser analizada y en su caso aprobada.

El morenista indicó que su propuesta tenía la finalidad de disponer de los recursos olvidados y sean destinados para lo que se establece en la estrategia nacional de seguridad pública y el fortalecimiento de las corporaciones de seguridad tanto a nivel federal como de las entidades federativas y municipios.

Dijo que en el sistema financiero se alojan recursos que no tienen origen lícito y provienen de la delincuencia organizada. “Se da certeza jurídica, ya que son recursos que ya prescribieron”.

Adicional, señaló que al modificar el artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito, se contaría con poco más de 10 mil millones de pesos para la consolidación de los elementos de seguridad pública que también implican a la Guardia Nacional.