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La Comisión Temporal de Seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2021-2022 del Instituto Nacional Electoral (INE), aprobó por unanimidad el diseño y la impresión de la papeleta, documentación, materiales, así como el líquido indeleble que se utilizará para impregnar el dedo de las personas que participen en la evential Revocación de Mandato.

El acuerdo aprobado establece que, para garantizar el principio de seguridad jurídica y nacional sobre la impresión de las papeletas, así como de la documentación en papel, Talleres Gráficos de México sea designado para la impresión de los documentos en virtud de que actualmente dicha entidad ofrece las mejores condiciones para el Instituto en términos de calidad, oportunidad, infraestructura técnica/humana y experiencia de procesos electorales anteriores.

El líquido indeleble, que será producido por la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas del Instituto Politécnico Nacional (ENCB-IPN).

Se propuso que en el diseño de la papeleta se deje de incluir durante la producción, el dato de municipio o alcaldía por el anverso del documento y que éste sea colocado en el reverso durante el sellado de las papeletas en los distritos, como parte del procedimiento de conteo, sellado y agrupamiento. debido a que la impresión diferenciada de alrededor de 2,571 municipios del país, implica mayor tiempo de impresión y más recursos.

“Los materiales aprobados son necesarios para el adecuado desarrollo de la Revocación de Mandato y permitirán a las y los ciudadanos emitir su opinión en condiciones de secrecía, igualdad y libertad”, indicó el INE.

Asimismo, aprobó por unanimidad el “Programa de Operación del Sistema de Información sobre el desarrollo de la Revocación de Mandato (SIRM)” 2022, que operará en la jornada de votación de Revocación de Mandato del Presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024.

Recordemos que de acuerdo a la Ley Federal de Revocación de Mandato, es el l INE quien tiene a su cargo, en forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación, incluyendo los consejos y juntas ejecutivas locales y distritales que correspondan.

Para dar inicio a este proceso, se procedería únicamente a petición de los ciudadanos en un número equivalente, al menos, al 3% de los inscritos en la lista nominal de electores, distribuidas en, al menos, 17 estados, y que representen, como mínimo, el 3% de la lista nominal de electores de cada uno de ellos.

Dicho ejercicio podrá solicitarse por una sola ocasión, durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional de quien ostente la titularidad del Ejecutivo Federal, y en este caso, está prevista pueda llevarse a cabo el 27 de marzo del próximo año.

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) avaló la tarde de ayer el diseño y la impresión de la papeleta, la plantilla Braille y el sello de la papeleta que se utilizará en la Consulta Popular del próximo 1 de agosto del 2021, en la que se definirá si los expresidentes serán enjuiciados.

El Instituto dijo que tomó en cuenta el contexto presupuestal, pues aseguró que no cuenta con recursos asignados para la realización de la Consulta.

“El INE cumplirá sin ninguna duda lo que la Constitución le ordena respecto a la Consulta Popular: ‘normar el expediente de la participación política de la sociedad en la toma de la opinión social sobre asuntos del más alto calibre e interés nacional'”, expresó la Consejera Carla Humphrey Jordan.

Se detalló que en el diseño de la boleta no se incluye el dato de municipio o alcaldía por el anverso del documento y éste se colocará en el reverso durante el sellado de las papeletas en los distritos como parte del proceso de conteo, sellado y agrupamiento.

A pesar de la negativa de las instancias del Estado mexicano responsables de asignar el presupuesto público a los fines que manda la Constitución y una Consulta Popular, la autoridad electoral sacará adelante ese ejercicio, afirmó el Consejero Ciro Murayama Rendón.

Mencionó que el esfuerzo organizativo y financiero del Proceso Electoral Federal y los procesos locales concurrentes en las 32 entidades, “permitirán aprovechar la capacitación de los Capacitadores Asistentes Electoral y del personal para hacer la Consulta Popular ocho domingos después de la elección”.

Recordemos que según las estimaciones iniciales del INE, la consulta supondría un gasto de 1,500 millones de pesos, aunque tras cabildeos y ajustes, el costo se redujo a 890 millones, esto ante las medidas de austeridad.

Fue en octubre del año pasado cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la realización de la consulta, y aunque se había planteado que lo que se iba a definir era si se enjuiciaba a los expresidentes, los ministros de la Corte dijeron que para no vulnerar la presunción de inocencia de los exmandatario se eliminarían sus nombres de la pregunta.

Así, la pregunta que contendrá la papeleta quedó definida de la siguiente forma: ¿Estás de acuerdo en que se lleven a cabo acciones con apego al marco legal para esclarecer las decisiones políticas tomadas en el pasado por los actores políticos y garantizar la justicia y derechos de las posibles víctimas?.

En otros temas, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, ordenó la suspensión de la difusión de tres conferencias del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) por constituir una intromisión a los procesos electorales.

La queja fue presentada por el partido Movimiento Ciudadano (MC) y su candidato a la gubernatura de Nuevo León, Samuel García, en contra de AMLO, por expresiones electorales realizadas durante las conferencias matutinas de los pasados 5, 6 y 7 de mayo. Acusaron que se vulneraron los principios de imparcialidad y neutralidad en la contienda.

La Comisión determinó la procedencia de las medidas cautelares pues, de un análisis preliminar y bajo la apariencia del buen derecho, las declaraciones hechas por el mandatario sí constituyen una intromisión a los procesos electorales, prohibida por los artículos 41 y 134 constitucionales.