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El expresidente peruano Pedro Castillo, quien se encuentra en prisión preventiva desde diciembre pasado por su fallido autogolpe, fue sancionado con 15 días de limitación de las comunicaciones, después de haber publicado una carta en Twitter, según informó el Instituto Nacional Penitenciario (INPE).

El comunicado del INPE precisó que el pasado 26 de enero se abrió un procedimiento administrativo disciplinario contra Castillo por una presunta falta disciplinaria con respecto a una carta firmada y publicada en Twitter, teniendo en cuenta que los internos no pueden usar teléfonos móviles.

La misiva de Castillo iba dirigida a los mandatarios asistentes a la VII Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), en la que se declaró “prisionero político de la dictadura” de Dina Boluarte, la actual presidenta del país.

El Consejo Técnico Penitenciario del penal de Barbadillo, en el que se encuentra recluido el exmandatario, determinó que se le imponga “la sanción disciplinaria de limitación de las comunicaciones con el exterior, por el periodo de 15 días”, conforme al Código de Ejecución Penal.

El INPE agregó que esta medida implica “la restricción de las visitas de familiares y amistades durante el periodo” de la sanción, pero no impide el ingreso de sus abogados ni su participación en las audiencias judiciales.

Recordemos que Castillo fue detenido el 7 de diciembre pasado cuando anunció un golpe de Estado e intentó dirigirse a la embajada de México, donde finalmente su esposa e hijos recibieron asilo.

El exmandatario afronta en prisión preventiva un proceso por los delitos de conspiración y rebelión, y otro como presunto líder de una organización criminal que supuestamente se instaló en el Estado, durante su gobierno, para adjudicar obras públicas a cambio de dinero y favores políticos.

Este martes, Castillo afirmó, durante una audiencia de apelación contra su detención, que es un “preso político” y pidió la intervención de organismos de derechos humanos y de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para hallar “justicia” ante la “inseguridad jurídica” que, asegura, se está “creando” en Perú.

El Departamento del Tesoro de Estados Unidos informó este jueves que ha sancionado al exmandatario de Paraguay, Horacio Cartes, y al actual vicepresidente, Hugo Velázquez, a ambos por corrupción, además de designar a cuatro empresas por estar bajo el control del exgobernante.

La entidad, desde su Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), tomó las medidas contra Cartes y Velázquez por su participación en “la corrupción desenfrenada que socava las instituciones democráticas en Paraguay”, dijo en un comunicado.

Cartes, de 66 años y quien gobernó el país entre 2013 y 2018, es el actual líder del Partido Colorado, en el poder, y un importante apoyo para su candidato a las elecciones presidenciales de este año.

En un comunicado separado, la embajada estadounidense en Asunción, la capital paraguaya, señaló que Cartes y Velázquez “tienen vínculos” con miembros de Hezbolá, organización que fue designada por Washington como entidad que ha cometido actos de terrorismo.

Velázquez dijo en declaraciones a la radio local ABC Cardinal que las acusaciones eran falsas y que no iba a dimitir.

“Mientras no me presenten realmente algo que tenga contenido (…) entonces voy a renunciar. Pero (por) estas denuncias volátiles, que encima son falsas, no voy a renunciar”, afirmó. “Eso es un invento, una falsedad”, agregó sobre los supuestos vínculos con Hezbolá.

El Partido Colorado gobernó en forma ininterrumpida Paraguay durante las últimas siete décadas con la excepción del período 2008-2013, en el que la oposición ocupó el gobierno. Cartes era un desconocido en la política antes de ganar las elecciones en 2013 para devolver a su grupo al poder.

Por su parte, Velázquez llegó a anunciar su renuncia en agosto pasado después de las acusaciones iniciales en su contra por parte de Estados Unidos de haber ofrecido un soborno de más de un millón de dólares a un funcionario, pero por el momento continúa en el cargo.

“No puedo especular ahora sobre otras acciones contra estas personas”, dijo el embajador de Estados Unidos en Asunción, Mark Ostfield, en una conferencia de prensa al ser consultado sobre la posibilidad de un pedido de extradición contra Cartes o Velázquez.

Agregó que las sanciones fueron resultado de un proceso multidisciplinario, que involucró a varias instituciones estadounidenses.

Este lunes, el presidente Andrés Manuel López Obrador fue cuestionado sobre el mensaje que el pasado viernes ofreció el rector de la UNAM, Enrique Graue, el que informó que se estudian las distintas alternativas, y las consecuencias, que pudieran aplicarse en torno al caso de plagio por parte de la ministra de la Suprema Corte, Yasmín Esquivel.

“Pues está bien que informe, nada más que no hay nada concreto, todo fue, como dirían los filósofos, ‘puro choro mareador’, porque no hay nada concreto”, dijo AMLO.

López Obrador lamentó que en el mensaje el rector solo se limitara a condenar el plagio.

“O sea, condenar el plagio, pues sí, todo mundo condena el plagio, todos, pero aquí es: a ver ¿hubo plagio? ¿no hubo plagio? ¿quién plagió a quién?, y dictaminar y presentar una denuncia, porque sí está en la ley de que, si un caso se define legalmente, si se resuelve judicialmente, se tiene que quitar el título la SEP”, añadió.

AMLO insistió en que si la UNAM lo quisiera, podría presentar una denuncia y así iniciarse un juicio en donde se declare que se cometió un ilícito, es decir, el plagio de la tesis, lo cual bastaría para que se quite el título.

El presidente reclamó el despido de la asesora de tesis de la ministra, Martha Rodríguez Ortiz, a quien le fue rescindido su contrato la semana pasada por la UNAM.

“Si no se iban a meter a fondo, ¿para qué se engancharon con lo de este intelectual conservador Sheridan, o sea, pensando que iba a ser un asunto fácil, que era como ir de día de campo a Chapultepec? No, no, no”, reclamó el presidente.

Insistió en que corresponde a la UNAM resolver sobre el tema, pues es autónoma, pero en mi opinión la UNAM resuelve (…) porque también están diciendo: ‘es que hay vacío legal’. No, sí se puede”, dijo López Obrador.

Indicó que además de la autonomía de la que goza la Universidad, se debe tomar en cuenta que si hay algo que afecte la imagen y el prestigio de la institución, se procede a presentar la denuncia y la autoridad competente investiga, resuelve y ordena a la Secretaría de Educación Pública que cancele el título.

Sin embargo, como lo ha hecho desde que ha comentado sobre el caso, AMLO cuestionó el fallo de la UNAM, y sostuvo que “se fueron a juzgar, fue una especie de linchamiento político” en contra de la ministra Yasmín Esquivel.

“Están diciendo que no pueden hacer nada, pero ya el linchamiento ya se consumó, y al final ¿qué es lo que pasó?, ¿qué realmente sucedió?, ¿quién fue el que plagió?

Ante sus dichos, se le preguntó si duda del plagio del que se le acusa a la ministra. “No tengo información, me falta información.

“Que el rector, en este caso la UNAM, informe bien, y que diga: ‘La señora plagió, sí, porque tenemos esta prueba, porque hicimos una investigación, porque la llamamos a comparecer a ella, llamamos a comparecer al otro abogado, a la maestra, a los que hicieron el examen profesional, tenemos todos los elementos para demostrar que hubo plagio del alumno o de la alumna’.

Sobre la posición que debe tener la Suprema Corte ante la situación, AMLO indicó que se debe esperar a que la Universidad resuelva, y no juzgar si no se tienen los elementos que lo avalen.

“No es el ‘mátalos en caliente’ o ‘mátalos y luego averiguas’, nada más porque es Sheridan y porque es todo este grupo conservador, como si tuviesen mucha autoridad moral (…) porque hablando de plagios, ¡ay!, no me quiero meter en esas honduras, pero de eso, miren, callan porque son muy hipócritas los conservadores, esa es su doctrina, la única doctrina que tienen es la hipocresía”, sostuvo el presidente.

La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) de Estados Unidos sancionó este jueves a La Nueva Familia Michoacana, cártel con presencia en México, así como a sus líderes, Johnny Hurtado Olascoaga y José Alfredo Hurtado Olascoaga, por tráfico internacional de drogas.

El organismo informó a través de un comunicado que La Nueva Familia Michoacana contrabandea drogas ilícitas hacia y a través de Estados Unidos y que está detrás de la creciente presencia en el país del fentanilo.

Como resultado de esta acción, todas las propiedades e intereses en la propiedad de las personas y entidades designadas que se encuentran en Estados Unidos o en posesión o control de personas estadounidenses deben bloquearse e informarse a la OFAC.

“La acción de hoy tiene como objetivo el liderazgo de uno de los cárteles de la droga más violentos y depravados”, dijo en el comunicado el subsecretario del Tesoro para Terrorismo e Inteligencia Financiera, Brian E. Nelson, quien recordó que el fentanilo cobró la vida de más de 108,000 estadounidenses el año pasado.

La Nueva Familia Michoacana es la sucesora de La Familia Michoacana, que fue señalada por Estados Unidos en 2009 conforme a la Ley de Designación de Cabecillas Extranjeros del Narcotráfico y designada nuevamente el 15 de diciembre de 2021.

Opera en aproximadamente 35 municipios de Michoacán, Guerrero, Morelos y el Estado de México, mientras que se está expandiendo a otras regiones del país y genera ingresos del narcotráfico, la minería ilícita y la extorsión.

Junto con la distribución de fentanilo, las otras actividades de narcotráfico de la Nueva Familia Michoacana incluyen la siembra de marihuana y amapola y el tráfico de diversas drogas desde América Central, que incluyen metanfetamina, heroína y cocaína, con destino a Estados Unidos.

Recordemos que el 24 de junio de 2000, un gran jurado federal en el Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida emitió una acusación contra Johnny Hurtado por dos cargos relacionados con el intento de posesión y conspiración para distribuir cocaína. Sigue prófugo de estos cargos.

El Congreso de la Ciudad de México determinó no imponer sanción alguna a la jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum, por haber violado la veda electoral durante el proceso de Revocación de Mandato (RM), como resolvió el Tribunal Electoral.

“Se acuerda la no imposición de sanción alguna a la jefa de gobierno de la Ciudad de México, doctora Claudia Sheinbaum Pardo, por las consideraciones y motivos expresados en el considerando cuarto del presente acuerdo”, falló la Mesa Directiva, en voz de la diputada Polimnia Romana.

Y es que recordemos que el mes pasado, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que Sheinbaum Pardo difundió propaganda gubernamentalen periodo prohibido, previo a la consulta de Revocación de Mandato, con lo que violó los principios de imparcialidad y neutralidad.

Así, el Tribunal Electoral dio vista al Congreso local para aplicar la sanción correspondiente a la mandataria. Ahora, con el apoyo de los legisladores de Morena y aliados, la Mesa Directiva brindó protección a la Jefa de Gobierno, aunque los diputados de oposición expresaran su molestia.

Y mientras Sheinbaum libró la sanción, la Sala Superior del Tribunal Electoral determinó este miércoles que el canciller Marcelo Ebrard vulneró el principio de imparcialidad y neutralidad en la elección a gobernador de Hidalgo al asistir a un evento del morenista Julio Menchaca.

El haber asistido al evento, pese a ser sido en un día inhábil, su participación “activa” se tradujo en un llamado al voto a favor del entonces candidato de Morena, con lo cual vulneró los principios de imparcialidad y neutralidad en la contienda, determinó el Tribunal.

Luego de indicar que el Tribunal de Hidalgo carece de atribuciones legales para calificar como “grave ordinaria” la falta, lo que resultaba era que se diera visto al órgano interno de control de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) para la posible sanción.

Al dar cumplimiento a cuatro sentencias dictadas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en materia de fiscalización, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) impuso una multa al gobernador de Nuevo León, Samuel García, por recibir aportaciones de un ente prohibido.

En cumplimiento a la sentencia de la Sala Superior del TEPJF, la autoridad electoral concluyó que la sanción económica sería de $448,100.00.

El presidente de la Comisión de Fiscalización, Jaime Rivera, explicó que se realizó un nuevo análisis y valoración respecto de las circunstancias específicas del caso, concluyendo que Samuel García, como candidato a la gubernatura, sí tuvo responsabilidad en la recepción de las aportaciones, ya que se acreditó que tuvo pleno conocimiento de las aportaciones, motivo de la queja recibida.

Se explicó que, a través de sus familiares, García recibió dinero  de las empresas de las que son socios.

Sin embargo, hubo desacuerdos entre los Consejeros del INE. La Consejera Carla Humphrey consideró que “la sanción es particularmente baja y no cumple con las finalidades de prevención, disuasión e inhibición que deben satisfacer las sanciones para garantizar que, efectivamente, la infracción de que se trate no se vuelva a cometer”.

El Consejero Ciro Murayama indicó que si el tema se abordaba era gracias al trabajo de fiscalización del IEN, que rastreó los depósitos, gracias a la posibilidad de trascender el secreto bancario, fiduciario y fiscal, en este caso el bancario, que aportó elementos para conocer que las aportaciones de personas físicas a Movimiento Ciudadano tuvieron antes un movimiento en el sistema financiero desde personas morales, es decir, desde empresas que tienen expresamente prohibido contribuir a la vida política.

El órgano electoral también resolvió 29 procedimientos administrativos sancionadores y de queja en materia de fiscalización instaurados en contra de partidos políticos nacionales, de los cuales cinco derivaron en sanciones económicas.

La Consejera Norma De la Cruz explicó que corresponden a siete procedimientos oficiosos y 22 quejas en materia de fiscalización, de los cuales se aprobó desechar 10, declarar el sobreseimiento de un procedimiento oficioso, resolver como infundados 11 y determinar fundados siete.

La Academia de Artes y Ciencias Cinematográficas de Hollywood anunció este viernes que prohíbe al actor Will Smith asistir a la ceremonia de los premios Oscar durante los próximos 10 años debido al golpe que le dio al comediante Chris Rock en la pasada edición.

Según indicaron en una nota el presidente de la junta de la organización, David Rubin, y la directora ejecutiva, Dawn Hudson, durante esos diez años a Smith “no se le permitirá asistir a ningún evento o programa de la Academia, en persona o virtualmente, incluidos, entre otros, los Premios de la Academia”.

Sin embargo, lo que ha llamado la atención es que la sanción no haya sido haberle quitado el Oscar que ganó a mejor actor por trabajo en “King Richard”.

La Academia calificó las acciones de Smith como “inaceptables y dañinas”.

Recordemos que Smith renunció previamente, y de manera voluntaria, a la Academia la semana pasada y dijo que aceptaría cualquier sanción que se le impusiera. “Acepto y respeto la decisión de la Academia”, dijo Smith en un comunicado.

La Academia también se disculpó por el modo en que manejó la situación al permitir que Smith permaneciera en la ceremonia y recibiera su premio.

“Durante nuestra transmisión, no abordamos adecuadamente la situación en la sala. Por esto, lo sentimos”, dijo la academia. “Esta era una oportunidad para nosotros de dar ejemplo a nuestros invitados, al público y a nuestra familia de la Academia en todo el mundo, y los decepcionamos al no estar preparados para algo sin precedentes”.

El golpe que Will Smith a Chris Rock no solo dio paso a que el actor renunciara a su membresía en la Academia, medios revelaron esta semana que el actor ingresó a un centro de rehabilitación para el manejo del estrés.

Según el diario británico The Sun, el actor habría ingresado a rehabilitación para manejar el estrés derivado de lo ocurrido. Se trataría de un centro de alto nivel donde suelen ir famosos y millonarios para recibir ayuda.

Y aunque medios como The Washington Post aseguran que Will Smith planea volver al trabajo lo antes posible, The Sun señala que trabajar con el actor se ha convertido en algo arriesgado, debido a la caída de su popularidad. Netflix y Sony suspendieron provisionalmente la producción de las dos películas “Fast and Loose” y “Bad Boys 4”, que Smith iba a protagonizar.

El presidente Joe Biden decidió prohibir las importaciones de petróleo ruso, endureciendo el costo económico a Rusia por la invasión de Ucrania, según revelaron este martes medios estadounidenses.

La medida se da luego de las peticiones del presidente ucraniano Volodmyr Zelenskyy a Estados Unidos y aliados occidentales para cortar las importaciones, lo que eran una omisión flagrante de las fuertes sanciones impuestas a Moscú por la invasión.

Y es que las exportaciones de energía han mantenido una afluencia constante de flujo de efectivo a Rusia a pesar de las severas restricciones en su sector financiero.

Biden anunciará la medida este mismo martes, según las fuentes consultadas por medios como CNN. La Casa Blanca anunció que en efecto Biden hablará a la nación sobre “medidas para que Rusia rinda cuentas por su guerra no provocada e injustificada contra Ucrania”.

Estados Unidos tomará la medida por su cuenta, aunque realizó consultas con aliados europeos que dependen más de la energía exportada por Rusia. El gas natural ruso comprende un tercio del consumo europeo de ese combustible. Estados Unidos no importa gas natural de Rusia.

No se sabe aún qué países se sumarán a esta sanción. Alemania anunció ayer que no apoyaría la medida, alegando la dependencia a los energéticos rusos.

Cuando estalló el conflicto hace dos semanas, Biden explicó que era renuente a prohibir la importación de energía rusa porque no quería provocar un aumento en el precio de la gasolina.

Antes de la invasión, las exportaciones de gas y petróleo comprendían más de un tercio de los ingresos económicos del gobierno ruso.

Los precios de los energéticos se han disparado desde la invasión a pesar de la decisión de gobiernos occidentales de liberar reservas estratégicas, con lo cual las exportaciones rusas se han vuelto aun más lucrativas.

Recordemos que Estados Unidos y aliados han impuesto sanciones a los principales bancos rusos, al Ministerio de Finanzas ruso y a su Banco Central, y han buscado cortar a Rusia del sistema internacional de mensajes financieros SWIFT.

Pero las normas emitidas por el Departamento del Tesoro permiten las transacciones rusas para exportar energéticos, mediante bancos no sancionados que no están basados en Estados Unidos, a fin de minimizar las perturbaciones en los mercados energéticos mundiales.

Rusia es el mayor exportador del mundo de gas natural y el segundo mayor exportador de petróleo crudo.

El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó por unanimidad de votos la sanción impuesta por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) en contra del candidato electo a la gubernatura del estado de Nuevo León, Samuel García.

Indicó que en el caso relacionado con su esposa, Mariana Rodríguez, no se tomó en cuenta la presunción de espontaneidad de las publicaciones que realizó ella a favor del político en sus redes sociales, además de que la sanción tampoco consideró a tutela de sus derechos político-electorales, ni la relevancia que en el caso tiene su vínculo matrimonial.

Así, echó atrás la sanción impuesta por el INE, quien había determinado que Samuel García recibió en su campaña aportaciones en especie por parte de su esposa, consistentes en la difusión de diversas publicaciones en la red social Instagram y por la aparición de ella en el video “Arráncate Nuevo León Rock”.

Las magistradas y los magistrados señalaron que en las publicaciones objeto de la denuncia se dieron a conocer aspectos de la vida privada de Mariana Rodríguez en ejercicio de su libertad de expresión y en apoyo a su esposo, por lo que no resultaba válido que el carácter de influencer o la cantidad de seguidores fueran elementos para limitar el ejercicio de tal derecho.

El proyecto aprobado consideró que las publicaciones realizadas por Rodríguez fueron derivadas del vínculo matrimonial que los une, lo cual debe considerarse como una relación que implica un acompañamiento constante que genera una presunción fuerte de que las manifestaciones de apoyo tienen un carácter auténtico, por lo que no puede considerarse como un beneficio cuantificable en materia de fiscalización.

Al emitir su voto, el magistrado presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez Mondragón, consideró que el argumento del vínculo matrimonial era “una espada de doble filo” que podría utilizarse para sostener la espontaneidad como para argumentar coordinación en la emisión de expresión propagandísticas.

Señaló que el hecho de que se haya registrado una marca ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial bajo el nombre de Mariana Rodríguez, no desvirtúa dicha presunción, ni pone en evidencia el uso o aprovechamiento de una marca comercial.

Sin embargo, el Pleno de la Sala Superior confirmó la sanción impuesta en cuanto a la aparición de la esposa del candidato electo a la gubernatura de Nuevo León en el video “Arráncate Nuevo León Rock”, toda vez que este fue producido de manera profesional y tuvo la participación de cantantes profesionales, lo cual, señalaron los ministros, da un contexto y una connotación distinta al caso de las publicaciones en la cuenta de Instagram.

Samuel García se dijo contesto con la resolución del Tribunal Electoral, que le dio la razón a sus argumentos. “La ley está de nuestro lado”.

“Se estableció que su libertad de expresión, y sobre todo el vinculo matrimonial entre ambos, tutela un umbral mucho mayor y por ende ella estaba en toda su posibilidad de entrar a lo publico y obviamente de apoyarme en esta campaña”, dijo el gobernador electo a través de un video en sus redes sociales.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó parcialmente la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) que declaró fundado el procedimiento EN contra de Movimiento Ciudadano (MC) y su candidato a la gubernatura en Nuevo León, Samuel García, por incumplir con la obligación de rechazar aportaciones de entes prohibidos.

El caso analizado por las y los magistrados se basó en que en el mes de abril y mayo los partidos Verde Ecologista de México y Acción Nacional presentaron tres quejas en contra de MC y su candidato a la gubernatura en Nuevo León por diversas infracciones en materia de fiscalización, entre ellas, recibir aportaciones de entes prohibidos, es decir, personas morales.

Sustentaron sus denuncias en una entrevista en la que Samuel García manifestó que tres familiares suyos realizarían aportaciones a su campaña.

Una vez desahogado el procedimiento, el Consejo General del INE determinó que quedaron acreditadas distintas aportaciones a MC por personas morales realizadas por conducto de los familiares del candidato a la gubernatura, por un monto total de 14 millones 026 mil 500 pesos. En consecuencia, al estar prohibida esta conducta en la normativa electoral, se sancionó a MC con una multa por 28 millones 053 mil 000 pesos, el 200% del valor involucrado.

Ante la Sala Superior, MC y Samuel García argumentaron que la Unidad Técnica de Fiscalización había sido omisa en requerir información de todos los involucrados, principalmente, de las personas morales y los familiares que hicieron las aportaciones.

Por ello, las magistradas y los magistrados revocaron la decisión del INE por lo que le devolvieron el asunto para que continuara con la investigación y emitiera una nueva resolución en el plazo de 15 días naturales.

Principalmente, determinaron que la resolución del procedimiento no fue exhaustiva en dos cuestiones. En primer lugar, razonaron que se acreditó una falta de debida diligencia en el ejercicio de sus facultades de investigación del INE al no haber requerido a todos los sujetos involucrados (familiares y personas morales).

En este sentido, advirtieron que la autoridad llegó a una conclusión sin haber conocido la versión de los hechos de todos los que supuestamente participaron en las aportaciones. En segundo término, concluyeron que el Consejo General del INE únicamente se pronunció sobre una parte del monto aportado y su destino a la campaña del candidato, pero no del total.

El presidente de la Federación Mexicana de Fútbol (FMF), Yon de Luisa, aseguró este lunes que acatará el castigo que le impongan a la selección por los gritos homofóbicos, el cual dará a conocer en las próximas horas.

En una rueda de prensa, De Luisa explicó que la comisión de apelaciones de la FIFA se reunirá este martes para abordar el tema, y después anunciar las sanciones.

“Seremos respetuosos”, indicó el directivo, que de manera reiterada ha criticado las ofensas y cómo afectan al fútbol mexicano, que podría incluso ser vetado del Mundial.

Desde hace años, en los partidos del fútbol y en los de los equipos nacionales, los aficionados han repetido un grito homofóbico en contra del guardameta de los equipos rivales; la Federación y la Liga Mx han desarrollado una labor de convencimiento en los aficionados, pero no ha dado resultado.

Según los medios, la Federación ya fue notificada sobre una multa económica que deberá pagar, además de que el Tri no podrá jugar con público el 2 de septiembre ante Jamaica en el Estadio Azteca, en el inicio de la eliminatoria mundialista rumbo a Catar 2022, pero la información será oficial en unas horas.

De Luisa reiteró que la selección nacional se preparará para alcanzar los cuartos de final de la Copa del Mundo, algo que jamás consiguió en un Mundial fuera del país y sí han logrado en este siglo dos selecciones de la Concacaf, Estados Unidos y Costa Rica.

“Será más fácil llegar al quinto partido si tenemos una estructura entre las ocho mejores del mundo; tenemos acuerdos con varias Federaciones y con la UEFA y esperamos que seamos consistentes”, dijo al referirse a la posibilidad de que México repita en su selección mayor los triunfos de los equipos sub’17, sub’20 y sub’23, colocados varias veces entre los mejores del mundo.

México asumirá la eliminatoria mundialista con una liga de jóvenes y experimentados, varios involucrados en ligas europeas, a los que Gerardo ‘Tata’ Martino sigue desde hace más de dos años.

Después de enfrentar a Jamaica, México visitará a Costa Rica, el 5 de septiembre, y a Honduras, el 10; y recibirá a Canadá, el 8 de octubre, en otro duelo con riesgo de que transcurra a puerta cerrada.

Foto: Twitter FMF

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó el recuento de la totalidad de votos en la elección a gobernador en el estado de Campeche, celebradas el pasado 6 junio, en las que ganó la candidata de Morena, Layda Sansores.

La Sala Superior del Tribunal aprobó por mayoría de 4 votos a favor y 3 en contra, ordenar el recuento de la votación recibida en la totalidad de las casillas de los 21 Distritos Electorales Locales.

Los magistrados y magistradas se pronunciaron en contra de las resoluciones emitidas por el Tribunal Electoral estatal, en las que declaraba improcedente la realización de un nuevo escrutinio de cómputo de la votación recibida, pese a las quejas recibidas, por lo que consideraron necesario ordenar el recuento total de las casillas para garantizar el principio de certeza.

El triunfo de Sansores fue sumamente cerrado; ganó los comicios con el 33.2% de los votos, seguido del candidato de Movimiento Ciudadano, Eliseo Fernández, quien obtuvo el 31.6% de los sufragios; mientras que Christian Castro, de la alianza Va por México, obtuvo el 30.8%. Además, los 8 mil votos nulos registrados en la elección superan los 6 mil sufragios de diferencia entre el candidato ganador y el segundo lugar.

Apenas el miércoles pasado, el Instituto Electoral de Campeche entregó la constancia de ganadora a Sansores.

Otro de los temas que resolvió el Tribunal Electoral fue sanción en contra del Partido Verde, por la difusión de mensajes en redes sociales por parte de 104 influencers durante la veda electoral, previo a la jornada electoral.

La Sala Superior ratificó la sanción económica impuesta por el INE en contra del Verde, equivalente a 40 millones 933 mil 568 pesos, así como la interrupción de la difusión de su propaganda electoral dentro del tiempo asignado por el INE en la pauta ordinaria por el periodo de un año calendario.

Recordemos que la Unidad Técnica de Fiscalización del INE inició un procedimiento de queja oficioso en materia de fiscalización derivado de las publicaciones de figuras públicas en Instagram, a favor del PVEM en plena veda electoral.

En su momento el INE advirtió que la conducta del Partido Verde se trataba de una conducta similar, con elementos comunes, a la cometida en 2015, cuando el partido aliado de Morena, recurrió a una estretagia similar en Twitter.

Pese a la sanción que le impusieron hace dos años de las compras públicas, Laboratorios Solfrán, empresa del ex superdelegado, Carlos Lomelí, le siguió vendiendo al gobierno federal mediante una red de distribuidores.

En una nueva investigación de la organización Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI), se identificó que Solfrán utilizó una red de intermediarias para eludir la sanción impuesta por la Secretaría de la Función Pública (SFP) en septiembre de 2019, que le impedía vender sus productos por haber falseado información al participar en contrataciones públicas.

Tan sólo 7 de sus distribuidores obtuvieron 57 contratos posteriores a la sanción, por 11.5 millones de pesos, para vender los fármacos fabricados por Solfrán al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Sólo uno de esos contratos se dio por licitación, los otros 56 fueron adjudicaciones directas.

A los pocos días de que la SFP anunció la sanción, el laboratorio propiedad del excandidato a gobernador de Jalisco por Morena emitió oficios de respaldo a dos de sus distribuidores, para que enviaran cotizaciones al IMSS de sus productos. De esa forma, pudo seguir vendiendo su producto, pese a la inhabilitación.

Esto podría constituir una participación ilícita, según establece el artículo 67 de la Ley de Responsabilidades Administrativas, que dice textual: “se considera participación ilícita en procedimientos administrativos cuando un particular intervenga en nombre propio, pero en interés de otra u otras personas que se encuentren impedidas o inhabilitadas para participar”.

En 2019, nueve empresas farmacéuticas vinculadas con el entonces delegado del gobierno federal en Jalisco, Carlos Lomelí, habían obtenido en 7 años más de 2 mil 263 millones de pesos en contratos gubernamentales. De las nueve empresas, sólo cuatro fueron reconocidas por Lomelí como propias, una de ellas Laboratorios Solfrán.

La SFP inició una investigación sobre los contratos y el 13 de septiembre de 2019 publicó en el Diario Oficial de la Federación una resolución en la que ordenó a cualquier dependencia gubernamental abstenerse de contratar a Solfrán por un plazo de 2 años y medio.

Ese mismo día, la SFP precisó en un comunicado que se había castigado a Solfrán por haber falseado información al participar en contrataciones públicas.

Investigación completa en MCCI

Al resolver 491 quejas y procedimientos administrativos sancionadores, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó sanciones por un monto global de 129.8 millones de pesos (mdp) a los partidos políticos y sus candidaturas por diversas conductas indebidas en materia de fiscalización.

Del monto global, 40.9 millones de pesos fueron impuestos al Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y más de 83 millones de pesos a Movimiento Ciudadano

En el caso de la queja en contra del Partido Verde, se le sancionó con una multa de 40 millones 933 mil 568 pesos y con la interrupción de la transmisión de la propaganda política o electoral que se transmita dentro del tiempo federal asignado por el Instituto, por un periodo de un año, a partir del mes de agosto próximo, por la campaña publicitaria a través de 104 ‘influencers’ el día de la Jornada Electoral.

Se acreditó que los ‘influencers’ fueron contratados por el partido a través de empresas y que se trató de una campaña propagandística con el objetivo de influir en el ánimo de los electores a favor del PVEM en plena veda electoral.

“Se arriba a la conclusión de que existió una acción concertada o planeada con un fin específico que es el de influir e influenciar el voto de la ciudadanía a favor del partido, lo que se hizo a través de acciones que denotan sistematicidad en la difusión de esa campaña propagandística a través de influencers en las mismas fechas y horarios”, especificó la Consejera Favela.

Se cuantificó cada intervención de los influencers en 10 mil dólares, lo que se traduce en una aportación de más de 20.4 millones de pesos como monto involucrado.

La Consejera Claudia Zavala sostuvo que el Partido Verde fue reincidente en el “fraude atípico, en el fraude a la ley”, por lo que justificó la severidad de la sanción. “Tenemos la reincidencia en la generación de un esquema simulado para posicionar al Verde en un tiempo prohibido, en aplicar gastos para generar un beneficio”, abundó.

El Consejero José Roberto Ruiz consideró que la sanción debía ser severa, la económica es la adecuada, aunque no encontró “ningún sentido, justificación o sustento” a la suspensión de las prerrogativas en radio y televisión.

Por su parte el Consejero Martín Faz sugirió una modificación del proyecto para referirse al “periodo ordinario”, en lugar del “tiempo federal asignado” en la sanción del proyecto.

La Consejera Dania Ravel destacó la importancia del periodo de reflexión, también conocido como veda electoral, pues su finalidad consiste en generar condiciones suficientes para que la ciudadanía procese la información recibida durante las campañas electorales y reflexione el sentido de su voto, y al no respetarse este periodo se puso en riesgo la equidad en la contienda.

Por su parte, la Consejera Carla Humphrey estacó el apego de los ‘influencers’ a una guía o procedimiento en cuanto a sus publicaciones y en las respuestas brindadas a la autoridad, las cuales guardaban alto grado de similitud.

Tras confirmarse la sanción, la dirigencia nacional del Partido lamentó la medida impuesta y reiteró que “jamás realizó contratación o pago alguno, por sí ni por terceras personas, a ningún ciudadano o ‘influencer'”.

Incluso cuestionó el hecho de a quién se le llama ‘influencer’, pues preguntó cuántos seguidores debe tener una persona para ser considerada ‘influencer’.

“Lamentamos que el INE haya decidido sancionar a este instituto político, sin siquiera haber acreditado la contratación de influencers o la realización del pago o pagos señalados a los mismos, que incluso, cabe mencionar, de haber sido recibidos se hubieran tenido que reportar a la autoridad hacendaria”, señaló la autoridad.

Cuestionó el sesgo que existe en torno al uso de las redes sociales, pues dijo, no queda claro quién o quiénes pueden utilizarlas y con qué fin, pues recordaron que existieron campañas abiertas durante la veda electoral sobre el llamado voto útil, que claramente fueron orquestadas para beneficiar al PAN el día de la elección, y que no están siendo valoradas en toda su dimensión.

El presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) encabeza esta mañana un informe de actividades con motivo del tercer aniversario de su triunfo electoral en 2018.

El evento se lleva a cabo en el Patio de Honor del Palacio Nacional, donde el mandatario es acompañado de su gabinete legal y ampliado, así como de invitados especiales, entre los que se encuentran gobernadores y dirigentes de partidos políticos, además de su esposa, Beatriz Gutiérrez Müller.

Según el adelanto de la presidencia de la República, AMLO dará a conocer las acciones en materia de salud, educación, seguridad, desarrollo y bienestar que su gobierno ha impulsado.

Recordemos que desde que asumió el poder el 1 de diciembre de 2018, el presidente López Obrador da cuatro informes o discursos al año para repasar los avances de su administración.

Sobre sus informes, ayer la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia contra el mandatario por hacer propaganda durante la presentación de su primer informe de gobierno de 2021, el cual ocurrió en plena campaña electoral.

Por unanimidad de votos, los magistrados determinaron que el discurso emitido por el presidente el 30 de marzo “sí constituyó propaganda gubernamental personalizada en periodo prohibido”.

La Sala Superior del Tribunal confirmó así la sentencia de la Sala Especializada, la cual ordenó a la Oficina de la Presidencia retirar de las redes el discurso y publicar el fallo.

En un comunicado, el Tribunal Electoral explicó que López Obrador hizo propaganda indebida cuando ya habían comenzado las campañas electorales en los estados de Campeche, Colima, Guerrero, Nuevo León, San Luis Potosí y Sonora para las elecciones del 6 de junio.

Por tanto, se confirmó se “la indebida utilización de recursos públicos” por 185,515 pesos, que fue el costo reportado del evento.

Los magistrados exhortaron al portavoz del presidente y encargado de la comunicación del Gobierno, Jesús Ramírez Cuevas, a “ser particularmente escrupuloso al participar en la transmisión mensajes que pueden ser difundidos por los medios de comunicación, ya que corre el riesgo de incurrir en una infracción”.

En el discurso del 30 de marzo, impugnado por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), López Obrador defendió las tareas del Ejército en seguridad pública y encomió la gestión de su gobierno en el combate a la corrupción y a la pandemia de COVID-19.

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) imponer una sanción a su colaboradora, la titular de la Secretaría de Energía, Rocío Nahle, pues incurrió en una violación a la ley electoral al difundir propaganda gubernamental en periodo de campañas.

La sanción deriva de una denuncia que el partido Movimiento Ciudadano presentó en contra de Nahle, luego de que difundiera dos mensajes de sus redes sociales el 30 de abril y el 12 de mayo respectivamente, donde exponía logros y acciones en Pemex.

“En el caso concreto, las publicaciones constituyen propaganda gubernamental que se difundió en periodo prohibido, sin que encuadren en ninguna de las excepciones, por tanto es exigente la difusión de propaganda gubernamental durante los periodos de las campañas electorales federal y 32 locales”, resolvieron los magistrados.

Recordaron que en el pasado periodo electoral,  sólo se permitía propaganda oficial relacionada con temas de salud, educación y protección civil.

Y aunque el Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó a la funcionaria retirar los mensajes de su cuenta de Twitter, en una publicación con fecha de ayer, Nahle retomó dichos mensajes y aún pueden apreciarse en sus redes sociales.

El proyecto ratificado por los magistrados del Tribunal, aclaró que dichos mensaje no se trató de una actitud que haya violado la equidad de la contienda, pues no se promocionaba explícitamente a un partido político en ellos.

Adicional, esta semana, la Sala Superior también confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada en la que se determinó que Morena incurrió en una infracción al atribuirse de forma indebida el programa nacional de vacunación contra el COVID-19, hecho por el cual se le impuso al partido una multa que asciende a 268 mil 860 pesos.

Las y los magistrados confirmaron que Morena cometió una infracción al difundir el pasado 20 de marzo, a través de Twitter un mensaje alusivo a la campaña de vacunación implementada por el gobierno federal con el mensaje: “Por eso distribuimos y aplicamos la vacuna contra el COVID-19 de manera gratuita para todas y todos”.

La Sala Superior recordó que los partidos políticos pueden utilizar la información que deriva de los programas sociales como parte del debate público para conseguir un mayor número de adeptos y votos, porque ello fomenta el debate político. Sin embargo, no pueden apropiarse de su uso y difusión como si ellos mismos participaran en su ejecución e implementación, ya que eso podría confundir a la ciudadanía.

Y aunque el mensaje en Twitter fue borrado, lo que sirvió a Morena para señalar que eran insuficientes las pruebas para acreditar la infracción, se halló el tuit denunciado en 16 cuentas de esa red social, en las que se advierte que efectivamente el mensaje existió.