La Cámara de Diputados aprobó esta mañana de ayer en lo general, con 304 votos a favor, 179 en contra y 4 abstenciones, el dictamen de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica que el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) envío en carácter de preferente.

El documento, que modifica los artículos 3, 4, 12, 26, 35, 53, 101, 108 y 126 de la Ley, señala que se pretende garantizar un sistema tarifario de precios que serán actualizados en razón de la inflación mediante la operación de centrales eléctricas reguladas por el Contrato Legado de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y el Contrato de Entrega Física de Energía y Capacidad a la Red.

Tal como lo pidió AMLO, y que adelantó era una ‘recomendación’ que tenían los legisladores de la llamada Cuarta Transformación, la reforma se aprobó sin un solo cambio.

Como lo planteó el presidente, se modificó el mecanismo del despacho de las centrales eléctricas, para quedar en prioridad: energía producida por las hidroeléctricas, energía generada en otras plantas de la CFE, energía eólica o solar de particulares y ciclos combinados de empresas privadas.

Además, establece la obligación de que los permisos a que se refiere la Ley de la Industria Eléctrica se encuentran sujetos a los criterios de planeación del Sistema Eléctrico Nacional emitidos por la Secretaría de Energía, y precisa que el otorgamiento de Certificados de Energías Limpias no dependerá de la propiedad o la fecha de inicio de las operaciones comerciales en las centrales eléctricas.

Elimina la obligatoriedad de comprar por subastas para el Suministrador de Servicios Básicos y se modifican las definiciones de Central Eléctrica Legada, Contrato de Cobertura Eléctrica y Contrato Legado para el Suministro Básico y se agrega la definición de Contrato de Cobertura Eléctrica con Compromiso de Entrega Física.

Se establece un plazo máximo de 180 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del decreto, para que tanto la Secretaría de Energía (Sener), la Comisión Reguladora de Energía  (CRE) y el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE), realicen las modificaciones que sean necesarias a todos los acuerdos, resoluciones, lineamientos, políticas, criterios, manuales y demás instrumentos regulatorios expedidos en materia de energía eléctrica.

Uno de los puntos que más habían preocupado, el que los permisos de autoabastecimiento, con sus modificaciones respectivas, otorgados o tramitados al amparo de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, que continúen surtiendo sus efectos jurídicos, obtenidos en fraude a la ley, deberán ser revocados por la Comisión Reguladora de Energía mediante el procedimiento administrativo correspondiente.

Más tarde, con 289 votos a favor, 152 en contra y una abstención, se avaló en lo particular, luego de que se desahogaron, en un promedio de 11 horas, las reservas presentadas por las y los diputados de todos los partidos e independientes.

La Cámara de Diputados remitió el dictamen al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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