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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nació (SCJN) rechazó el proyecto que presentó la ministra Loreta Ortiz, que pretendía dar por infundada la impugnación formulada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), en relación al nombramiento de los comisionados que están pendientes por parte del Senado.

Ocho ministros se pronunciaron en el sentido de que la Cámara de Senadores incurrió en una omisión, por la falta de designación de quienes ocuparán tres vacantes de personas comisionadas del propio Instituto.

Los ministros Alberto Pérez Dayán, Margarita Ríos Farjat, Juan Luis Alcántara Carrancá, Luis María Aguilar, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Javier Laynez Potisek y Norma Lucía Piña votaron en contra del proyecto.

Solo los ministros Yasmín Esquivel y Arturo Zaldívar apoyaron la ponencia de su compañera.

Los ministros señalaron que la realización por parte del Senado de algunas actuaciones tendientes a realizar los nombramientos respectivos, que no culminaron con estos, no implica la inexistencia de la omisión determinada.

También señalaron que la previsión constitucional en el sentido de que el órgano garante de la transparencia, el acceso a la información pública y la protección de datos personales esté integrado por siete comisionados o comisionadas, implica un mandato para que los órganos responsables hagan los nombramientos correspondientes en un plazo razonable.

“La falta de esos nombramientos ha afectado la debida integración y el funcionamiento del organismo constitucional autónomo, que funge como garante de la protección de los derechos señalados”, destacó la Corte.

Al ser rechazado el proyecto, el asunto será returnado a un ministro de entre aquellos que conformaron la mayoría para realice y presente uno nuevo, que sea sometido a consideración del Pleno de la Corte.

Y a pesar de que fue desechado el proyecto, el INAI seguirá sin poder sesionar al menos hasta que la Corte vuelva a analizar el tema, lo cual se prevé pueda suceder en agosto próximo.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Congreso de la Unión ha sido omiso en expedir la Ley Reglamentaria en Materia de Revocación de Mandato, por lo que lo vinculó a que, en un plazo de 30 días naturales a partir del 1 de septiembre, emita la legislación respectiva.

Recordaron que el 20 de diciembre de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el que se declararon reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución, vinculadas con la consulta popular y revocación de mandato. Dicha reforma entró en vigor el 21 de diciembre de 2019 y estableció en sus transitorios la obligación del Congreso de la Unión de emitir la ley reglamentaria en materia de revocación de mandato dentro de los 180 días siguientes a su publicación.

Y es que Morena, la asociación civil Consejo Nacional de Litigio Estratégico y un ciudadano impugnaron la omisión del Congreso de la Unión de emitir la ley reglamentaria, ya que a la fecha en que presentaron sus demandas no había ni siquiera alguna iniciativa vinculada con aquella.

Entre las razones para impugnar la ausencia de la legislación, mencionaron que se violaba el derecho legítimo a participar en el procedimiento de revocación de mandato; dejaba sin efecto un mecanismo de democracia participativa directa reconocido a favor de la ciudadanía, y generaba incertidumbre sobre la posibilidad de iniciar este procedimiento en noviembre.

Así, la Sala Superior coincidió en que el ciudadano podía impugnar la omisión legislativa, por estar relacionada con mecanismos de participación ciudadana directamente vinculados con el ejercicio de sus derechos.

Además, señaló que el decreto constitucional: impuso un mandato al poder legislativo (emitir la ley reglamentaria en materia de revocación de mandato dentro de los 180 días siguientes a su publicación), y reconoció una nueva forma de participación política a través de la cual la ciudadanía puede expresar libremente su voluntad sobre la conclusión de un servidor público en el cargo.

El PRI presentó una queja ante la Unidad de Fiscalización del Instituto Federal Electoral (INE) en contra de los precandidatos de Morena-PT-PES, Andrés Manuel López Obrador (AMLO), y de la coalición “Por Mexico al Frente”, Ricardo Anaya, acusando omisión en los reportes de gastos de precampañas de ambos políticos a un mes de iniciado el periodo de las precampañas.

 

En el documento, este instituto político señala que el precandidato de Morena no reportó el gasto en que incurrió en actividades de proselitismo, disfrazadas como actos de precampaña, durante los primeros 30 días de las precampañas.

 

El tricolor señaló que de acuerdo con datos del INE, el precandidato de Morena reporta gastos por 656 mil 912 pesos. Sin embargo, Morena no ha justificado sus gastos de producción en spots en radio y televisión, de video, página web y redes sociales, lo que representarían erogaciones por más de 6 millones de pesos.

 

“En este sentido, el PRI exige al INE que realice una investigación exhaustiva de los gastos de precampaña de López Obrador y determine lo que legalmente proceda”, indicó el partido.

 

En el caso de Ricardo Anaya, sus reportes reflejen gastos por poco más de 842 mil pesos. No obstante, de acuerdo con cálculos realizados, sus erogaciones reales serían por más de 3 millones de pesos, al incluir eventos, videos, página web, redes sociales y spots de radio y televisión.

 

Autoridades del Tecnológico de Monterrey emitieron un comunicado de prensa en el que indicaron haber actuado con total responsabilidad luego del sismo del pasado 19 de septiembre, por lo que descartaron cualquier acto de omisión tal como lo señalaron los familiares que demandaron a la institución la tarde de ayer.

 

“Entendemos que cada una tiene un proceso de duelo diferente y hemos sido respetuosos de los tiempos y espacios que nos han solicitado, así como lo somos de cualquier decisión y acción que tomen”, indicó la institución y reiteró que han estado en comunicación con los familiares, incluso han sostenido algunas reuniones con ellos.

 

El Tec de Monterrey reiteró que al igual que los familiares de las víctimas,  también buscan que se esclarezcan los hechos y se deslinden responsabilidades por las muertes sucedidas tras el derrumbe de un puente que unía dos edificios del plantel de la Ciudad de México.

 

Afirmaron que tras activar los protocolos de seguridad para dictaminar el regreso a clases luego del sismo del 7 de septiembre, “no hubo evidencia alguna de daño en los puentes después de ese día”, por lo que el Ing. Alejandro Diego González del Pliego Olivares, Director Responsable de Obra emitió el dictamen de seguridad estructural de las instalaciones, en el que concluyó que no existía daño estructural.