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YouTube suspendió la cuenta del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie), que es el encargo de transmitir las conferencias matutinas y eventos oficiales del presidente Andrés Manuel López Obrador(AMLO)

Fue Jesús Ramírez Cuevas, vocero de la Presidencia, quien denunció la acción de la plataforma, asegurando que lo hizo “sin justificación aparente”.

En la conferencia de ayer, el presidente recibió la “denuncia en tiempo real” de que YouTube había interrumpido diversas señales de la mañanera.

“Nos están informando que las retransmisiones de la conferencia matutina en este momento están siendo derrumbadas por un tema de derechos de autor, no por temas canales oficiales del gobierno federal, sino por medios digitales independientes que la están retransmitiendo. Quienes están reclamando presuntos derechos intelectuales”, denunció un periodista presente en Palacio Nacional.

El presidente se limitó a decir que la transmisión de las conferencias era libre, por lo que ante estos reclamos, dijo a Ramírez Cuevas que habría que proceder a registrar las transmisiones del gobierno federal, para que solo ellos pudieran reclamar derechos de autor.

El también Coordinador General de Comunicación Social del gobierno federal exigió a YouTube respetar las cuentas oficiales para transmitir las conferencias del presidente.

Ricardo Arjona tendrá que ser indemnizado por la automotriz Toyota, luego de que esta utilizara, sin autorización, una de sus cancines en una campaña comercial, aunque se revocó la sentencia del monto a pagar.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió tres amparos directos relacionados con una sentencia en la que se dirimió la violación a derechos de autor por el uso de la canción “Jesús es verbo, no sustantivo” del artista guatemalteco, mediante una versión modificada sin permiso del autor, así como de su imagen, a través de un imitador, por parte de la automotriz en los spots de una de sus campañas publicitarias.

Toyota y filiales ya había sido condenadas al pago de una indemnización de hasta el 40% del precio de venta final de los vehículos que formaron parte de la campaña publicitaria referida debido a que utilizaron en ésta la obra musical modificada sin permiso de su autor.

Al analizar los Amparos Directos 5 y 6, ambos de 2022, la Primera Sala advirtió que no existe indicio alguno que evidencie que la transmisión de los spots publicitarios relacionados con dicha campaña haya tenido como consecuencia que la totalidad de ventas de los vehículos durante el periodo de su emisión se atribuyeran a la utilización de la obra del autor.

Por tal motivo, en atención a lo previsto en el segundo párrafo del artículo 216 bis de la Ley Federal del Derecho de Autor, cuando no sea posible establecer el precio de venta o prestación del servicio original, la cuantificación de la indemnización por daños y perjuicios por violación a los derechos de autor la decretará el juzgador con audiencia de peritos y con base en las pruebas ofrecidas por las partes.

Al resolver el Amparo Directo 7/2022, promovido por Arjona, la Primera Sala sostuvo que no puede afirmarse que el derecho a la propia imagen se refiera solamente a los “retratos” del individuo, sino que corresponde a toda manifestación o representación gráfica de la persona.

En este sentido, la Sala estimó que si bien en ocasiones los artistas pueden autorizar el uso de su imagen a personas imitadoras que evocan la imagen aparente y visible a la del imitado, la problemática se suscita cuando, aprovechándose del parecido del personaje conocido, este imitador busca intencionadamente un provecho económico o comercial a partir de la confusión de la personalidad del artista original, o como ocurrió en este caso a partir de su contratación con un tercero para el desarrollo de una campaña publicitaria, con lo cual se actualiza una afectación al derecho a la propia imagen.

A partir de estas razones, la Primera Sala concedió el amparo solicitado por el autor e instruyó al Tribunal de apelación para que se pronuncie respecto a la vulneración del derecho a la propia imagen del artista, tomando en cuenta el criterio antes señalado sobre la forma de calcular la indemnización por vulneración de derechos de autor.

Foto: Twitter @Ricardo_Arjona

El presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) reiteró este lunes que se van a imprimir 10 millones de ejemplares de la llamada “Cartilla Moral”, la cual describió como un texto básico para fortalecer valores, y que no tiene que ver con lo religioso.

Señaló que el documento escrito por Alfonso Reyes es fundamental para avanzar en el bienestar material y también en lo que se relaciona con el bienestar del alma.

“A veces se confunde y se piensa que tiene que ver con lo religioso. Alfonso Reyes lo aclara muy bien. No, son valores que se han preservado a lo largo de la historia, desde los griegos, desde antes del cristianismo. Y estos valores necesitamos infundirlos. Pero además ya se tienen en nuestra sociedad, en nuestras familias, en los pueblos, en las comunidades”, resaltó el mandatario.

Adelantó que la cartilla se va a entregar a todos los adultos mayores, que son cerca de 10 millones, ya que les encomendará que, junto a sus hijos, nietos y familia, hagan círculos de estudio sobre la cartilla para fortalecer los valores.

Adicional refirió que la ‘Cartilla Moral’ tiene adquirido los derechos de autor por la SEP desde 1992, fecha en que se iba a editar y a distribuir en las escuelas a los maestros. Sin embargo aclaró que ese entonces los dirigentes sindicales dijeron que era una intromisión y, ya hecha, se quedó en bodega.

Por esa razón, aclaró, retomar el proyecto no costó al gobierno, pues “tenemos los derechos de autor de aquel entonces”, además de que ya no hay oposición porque ya se entendió que no tiene que ver con lo religioso, sino que es una concepción laica del fortalecimiento de valores y que es necesaria ante la descomposición social que se padece.