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El presidente Andrés Manuel López Obrador aseguró que el incidente entre soldados mexicanos y elementos de la Patrulla Fronteriza, ocurrido el pasado 13 de abril, fue un mal entendido que ya fue aclarado, pero de ser necesario, dijo, su gobierno está dispuesto a enviar una nota y ofrecer disculpas.

“Nosotros no tenemos la intención de vulnerar, de afectar la soberanía de Estados Unidos de Norteamérica, del país que él (Trump) representa. Nosotros somos respetuosos de la soberanía de los pueblos, de las naciones y que, en el caso especial de Estados Unidos, queremos que sea una relación respetuosa, de buen entendimiento y que no pase a mayores”, señaló el Jefe del Ejecutivo.

Y agregó: “Si hace falta, el secretario de Relaciones Exteriores enviaría una nota explicando cómo se dieron los hechos y, si hubo una infracción, ofreceremos las disculpas que se requieran”.

La aclaración de López Obrador se da luego de que ayer, en su cuenta de Twitter, el presidente de Estados Unidos, Donald Trump acusó que soldados mexicanos apuntaron a elementos de la Guardia Fronteriza “como una táctica de distracción para (dejar pasar) contrabandistas de drogas en la frontera” y advirtió: “Mejor que eso no vuelva a suceder”.

Posteriormente, el canciller mexicano, Marcelo Ebrard, dijo que el incidente ocurrió el 13 de abril y que se trató de un mal entendido. Ebrad aseguró que el tema fue aclarado por ambos gobiernos.

Un elemento de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México (SSP-CDMX), fue captado en video cuando movió de lugar una motocicleta que estaba debidamente estacionada, a un lugar prohibido para poder infraccionar a su conductor.
El video, con una duración de 45 segundos captado por una cámara de seguridad, donde se aprecia al uniformado moviendo la unidad a un lugar prohibido y posteriormente se retira; se hace un corte y aparece una camioneta de la dependencia capitalina con más elementos para llevarse la motocicleta, todo esto sin que aparezca el dueño.

Tras la difusión del video, la SSP-CDMX indicó en un comunicado que derivado de los hechos ocurridos el pasado 25 de abril, se inició una carpeta de investigación ante la Dirección General de Asuntos Internos, misma que podría derivar en la destitución del elemento involucrado.

El policía auxiliar que se observa en la imagen, manifestó que marcó el alto a los tripulantes de dicho vehículo ya que ambos viajaban sin casco y sin luces.

 

Según señaló el policía, ambos hicieron caso omiso a su indicación por lo que los siguió a bordo de su bicicleta hasta la calle Río Yang, esquina con Sullivan, sitio en el que fue estacionada la motoneta, misma que maniobró para abordarla a una pick up patrulla con la finalidad de remitirla al corralón.

 

Por su parte, el propietario del vehículo señaló que estacionó su motocicleta en un lugar autorizado para ese fin y que cuando regresó se percató que la misma ya no se encontraba en el sitio por lo que se comunicó a la línea de emergencia 911.

 

De las indagatorias realizadas por la Dirección General de Asuntos Internos se desprende que se tiene acreditado el mal actuar del policía auxiliar, al realizar acciones tendientes a remitir la motocicleta del ciudadano.

 

Debido a lo anterior, se propuso al Consejo de Honor y Justicia la suspensión de carácter preventivo del policía auxiliar, quien cuenta con seis años en la corporación, y, en su caso, de ser procedente, la destitución del elemento involucrado.

 

Este lunes, un juez federal determinó que el sistema que el gobierno e la Ciudad de México empleo para sancionar a los automovilistas que no respetan los límites de velocidad, las famosas fotomultas, son inconstitucionales, pues violan la garantía de audiencia y defensa que el artículo 14 constitucional contempla.

 

De acuerdo a lo que se detalló, la garantía de audiencia consiste en:

 

  • Otorgar a las personas la oportunidad de defensa previamente a cualquier tipo de acto privativo de la vida
  • Libertad
  • Propiedad (patrimonio)
  • Posesiones o derechos

 

 

 

Se indicó que la sentencia presentada no es extensiva al resto de los automovilistas, los demás quejosos tendrían que iniciar su propio procedimiento de amparo. Lo que sí recomendó el juez a las autoridades capitalinas, es la modificación de las normas correspondientes que garanticen el derecho de audiencia de todos los automovilistas y no se incurran en más violaciones constitucionales.

 

El juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Fernando Silva García, argumentó que la imposición de sanciones patrimoniales por infracciones de tránsito de manera automática a través de una foto o video sin que el ciudadano pueda defenderse no son válidas, pues al estar en control de una empresa ajena a la administración pública, se tiende a desviar la finalidad pública del Reglamento de tránsito.

 

La sentencia no restringe la finalidad del Reglamento de Tránsito, que es evitar accidentes, pues los agentes conservan sus facultades para imponer infracciones incluso mediante la ayuda de la tecnología.

 

 

 

 

 

Con información de Animal Político / Foto: Twitter