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A causa de un error al escribir una coma, una tienda comercializadora de aparatos electrónicos en Cancún, Quintana Roo, tuvo que vender en 8 pesos con 99 centavos, 26 pantallas de televisión de 55 pulgadas.

De acuerdo con medios locales, el hecho ocurrió en la tienda Telebodega, donde tras denuncias de clientes, la Delegación de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) intervino para obligar a que el establecimiento respetara el precio.

Personal comisionado a los módulos de atención acudió de manera inmediata a las instalaciones de la empresa en donde se encontraba el grupo de consumidores exigiendo su derecho de acuerdo a lo establecido en el Artículo 7 de la Ley Federal de Protección al Consumidor sobre posibles prácticas de publicidad engañosa.

Tras casi cuatro horas en las que tuvo que intervenir la fuerza pública local ante el riesgo de violencia física, el gerente y representante legal del establecimiento tuvo que acceder a las demandas.

El próximo diputado de Juntos Haremos Historia, Sergio Mayer, se equivocó al presentar una queja en la dependencia incorrecta. Mayer confundió las labores de la Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente (Profepa) con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

En Twitter escribió que es “lamentable” escuchar al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), Rafael Pacchiano, declarar que la muerte de manatíes en Tabasco es por cuestiones climáticas y no por la contaminación de ríos con petróleo provocada por Pemex.

Internautas notaron el error y criticaron su confusión, pues Mayer asumirá su cargo político en el Congreso de la Unión el próximo 1 de septiembre para la Legislatura LXIV.

Este es el segundo error que comete Mayer. Previamente había confundido ecocidio con genocidio al hablar del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.

En los últimos tres meses, pobladores de la Cuenca de los Bitzales en Macuspana, Tabasco, han reportado la muerte de al menos 24 manatíes.

Residentes señalan que esto es causado por la contaminación del agua. Sin embargo, el titular de la Semarnat aseguró que las muertes fueron debido al incremento de la temperatura y la falta de lluvia.

La policía capitalina detuvo en la Ciudad de México a José Guadalupe Aguirre Solís, director nacional de Verificación y Vigilancia de la Procuraduría Federal del Consumidor.

El funcionario tenía en su poder 275 mil pesos en efectivo cuya procedencia no pudo acreditar por lo que fue puesto a disposición del agente del Ministerio Público de la Federación, por el presunto delito de lavado de dinero.

La autoridad federal será quien deslinde responsabilidades y determine la situación jurídica del funcionario.

Según reportes oficiales, la detención ocurrió a las 11:45 de la mañana de este lunes, en avenida Presidente Masaryk y Mariano Escobedo, colonia Chapultepec Morales.

En dicho punto, la policía capitalina realizaba revisiones aleatorias a los vehículos que transitan por la zona. Fue así que inspeccionaron un vehículo Chevrolet Suburban blanco, modelo 2010, placas de circulación J36ABD.

Dentro de la unidad localizaron una maleta de color gris que contenía 275 mil pesos en efectivo. Al cuestionar a Aguirre Solís sobre la procedencia del dinero, no pudo acreditar su legal obtención.

Por ello, se le detuvo y, junto con el dinero y vehículo, fue trasladado a la agencia del Ministerio Público Federal de la Procuraduría General de la República, donde se identificó con una credencial expedida por la Profeco.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) informó que en los últimos nueve meses, emprendió una serie de acciones permanentes y coordinadas en favor de los consumidores que viajaron a Rusia y de aquellas personas que realizaron compras o consumos relacionados por el Mundial de Futbol 2018.

Indicó que las acciones emprendidas permitieron reducir de 57 a solamente 6 las quejas presentadas respecto a la justa deportiva celebrada en Brasil 2014.

A través del sistema ‘Conciliaexprés’, se llevaron a cabo seis conciliaciones que permitieron recuperar 41 millones 63 mil pesos, que van de 103% al 352% del monto original erogado por los usuarios, principalmente por el retraso de vuelos, negativas para respetar el hospedaje, hacer efectiva la oferta, devoluciones o retrasos en los plazos ofrecidos por parte de aerolíneas, proveedores, servicios de hospedaje, tiendas de autoservicio y una empresa editorial.

Destacaron la intervención de personal de la Profeco el pasado 14 de junio tras el incumplimiento de la empresa Mundomex para trasladar a 237 pasajeros, a los que se ofreció la devolución total del pago, de los cuales, solamente cuatro decidieron no viajar y el resto, aceptó salir posteriormente con una restitución económica por las dos noches que no utilizaron.

Detallaron que durante el Mundial de fútbol que se llevó a cabo en Rusia del 14 de junio al 15 de julio de 2018, la Procuraduría implementó diversos operativos, entre ellos, la atención de quejas y vigilancia a redes sociales antes, durante y posterior a la trasmisión de los partidos.

A través de un comunicado la dependencia señaló que de acuerdo a la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), los consumidores tienen hasta un año para poder presentar una queja.

 

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), informó este miércoles que inició procedimientos por infracciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor en contra de las empresas prestadoras del servicio de transporte privado de personas a través de plataformas electrónicas: Uber, Easy Taxi y Cabify.

Las empresas recibieron las siguientes multas:

  •  Uber por 3 millones 974 mil
  • Easy Taxi con 1 millón 810 pesos
  • Cabify con 700 mil pesos

Las afectaciones mencionadas derivan de la aplicación de un contrato de adhesión que contiene prestaciones desproporcionadas, inequitativas y abusivas en perjuicio de los consumidores; aunado a la difusión de publicidad engañosa, a través de la cual ofertan un “servicio seguro” de transporte, lo que contraviene sus términos en los que establecen condiciones que los deslindan de cualquier responsabilidad legal.

Señalaron que en lo que respecta a Cabify, establece de manera unilateral que las tarifas cobradas no serán reembolsables, así como, que en los periodos de mayor demanda establecerá un costo mayor variable, sin definir con claridad qué criterios se utilizarán para esta consideración.

Adicional se determinó el establecimiento de prestaciones desproporcionadas a cargo de los consumidores y obligaciones inequitativas o abusivas, tales como que el usuario exonera a Cabify de cualquier responsabilidad derivada del servicio de transporte, ya sea civil o penal.

En cuanto a Easy Taxi, la empresa no se hace responsable de daños o perjuicios, que pudieran ser ocasionados por el mal uso de la información de los equipos de EASY y del USUARIO en caso de que un tercero vulnere la seguridad e ilícitamente utilice la información, así como aplicación de prácticas coercitivas y desleales. Adicionalmente, sus frases publicitarias como “Pedir un taxi nunca fue tan sencillo”, no acreditan la veracidad, claridad y exactitud, siendo sujetas a comprobación, lo que no fue realizado.

Por otro lado, se estimó que Uber viola lo establecido por la ley de la materia, al no señalar un domicilio, teléfono y demás medios de contacto en el país para aclaraciones o reclamaciones por la aplicación de cobros de servicios adicionales sin la autorización expresa del consumidor (tarifa de reparación, limpieza o cargos por objetos olvidados).

Asimismo, en el caso de Uber se señala que para la solución de cualquier controversia que eventualmente se presente entre los usuarios del servicio y la proveedora, las partes se deberán someter al arbitraje o a la mediación, establecidos en la legislación de Ámsterdam, Países Bajos y en lengua inglesa.

 

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) establecerá un canal de comunicación con autoridades británicas y estadounidenses tras el escándalo de Cambridge Analytica, empresa investigada por la recopilación indebida de información de millones de usuarios de Facebook para delinear perfiles de votantes estadounidenses.

 

El INAI informó a través de un comunicado que aunque hasta el momento no hay constancia del tratamiento de datos personales bajo la aplicación de la normatividad mexicana por parte de la empresa, el objetivo de este acercamiento es analizar las prácticas de microfocalización o microtargeting en México, que se utilizan para crear mensajes personalizados que involucren a las personas en función de sus perfiles psicológicos únicos, y desarrollar propuestas de buenas prácticas al respecto.

 

Además, el órgano garante de la protección de datos personales, promoverá la cooperación con otras autoridades nacionales para analizar y actuar con relación a este fenómeno, entre ellas, la Procuraduría Federal de Consumidor (PROFECO) y el Instituto Nacional Electoral (INE).

 

En este contexto, el INAI emitió las siguientes recomendaciones a los usuarios de Facebook, para minimizar el riesgo de que aplicaciones de terceros obtengan sus datos personales:

1) Revisar la configuración de privacidad de Facebook, a fin de limitar lo que aparece como “Público” en el perfil del usuario.

2) Examinar la sección de Aplicaciones del apartado de Configuración del perfil de Facebook, así se podrá seleccionar qué aplicaciones de terceros pueden acceder a los datos del usuario y con qué nivel de detalle.

3) Dentro de la sección de Aplicaciones, revisar lo apartados de aplicaciones, sitios web y plugins, y de aplicaciones que usan otras personas, con el fin de limitar el tratamiento que terceros dan a la información de la cuenta del usuario en Facebook.

 

El INAI recordó que son muchas las empresas que utilizan las herramientas de desarrollo de aplicaciones de Facebook, para acceder a los datos personales de los usuarios a través de sus perfiles, por lo que es importante considerar las recomendaciones referidas, asimismo aplicarlas en sus respectivos contextos a otras redes sociales.

 

El senador José de Jesús Santana García, detalló que la reforma tiene tres aspectos fundamentales, entre la que destaca reconocer a las plataformas tecnológicas que tienen acceso al servicio privado de transporte; permitir a la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) registrar a empresas y prestadores de este servicio.

Ante el pleno, en su sesión de hoy, el panista planteó que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) debe tener atribuciones para garantizar el servicio de las plataformas digitales, la seguridad, calidad, comodidad y protección de los usuarios.

El decreto introduce un nuevo capítulo, el cual regula los derechos de los consumidores en las transacciones mediante personas morales que administran, operan o utilizan aplicaciones informáticas para el control, programación y/o geolocalización en dispositivos mediante las cuales los particulares contraten los servicios de transporte.

Los prestadores del servicio deberán actualizar sus datos ante la Profeco cada bimestre, con la información de su nombre completo, dirección, comprobante de domicilio, número telefónico y correo electrónico de contacto, copia de identificación oficial, así como cartas de no antecedentes penales federal y local.

Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), indicó que no se permitirá ningún aumento injustificado en los precios de la tortilla, tal como lo han señalado empresarios de la industria.

 

 

“No vamos a permitir en Profeco de ninguna manera ningún aumento injustificado de la tortilla en ninguna parte del territorio nacional”, indicó el titular de la dependencia, Rogelio Cerda. “Tiene que haber una explicación del precio de la tortilla, no puede ser a voluntad caprichosa del industrial de la masa”.

 

“No queremos que los productores de la masa y la tortilla pierdan dinero, de ninguna manera, pero no vamos a permitir que haya utilidades impúdicas en esto”. El titular de la dependencia aseguró que el precio se determinará conforme al mercado, más no “porque lo diga un líder”.

 

Cerda aseguró que la media nacional del precio del kilo de tortilla es de 13.06 pesos; en la Ciudad de México 12.83 pesos por kilo, en Monterrey 14.88 y en Guadalajara 14 pesos. E indicó que los verificadores de Profeco estarán monitoreando que dichos precios se respeten.

 

El Secretario de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal, tomó protesta a Rogelio Cerda Pérez como nuevo Procurador Federal del Consumidor, luego de que fuera designado por el Presidente de la República, Enrique Peña Nieto.

 

Cerda Pérez se ha desempeñado como Director de Administración de la Comisión Federal de Electricidad, además de diversos cargos en el gobierno de Nuevo León, y Delegado General del Comité Ejecutivo Nacional del PRI en los estados de Puebla y Zacatecas.

 

Se indicó que Rogelio Cerda Pérez sustituye a Rafael Ochoa Morales, quien se desempeñaba como Procurador en funciones luego de que Ernesto Nemer presentara su renuncia a la dependencia en marzo pasado para integrarse a la campaña del entonces candidato del PRI a la gubernatura del Estado de México, Alfredo del Mazo.

En el contexto de la entrada en vigor de las nuevas disposiciones legales de la Ley de Aviación Civil, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) informó la aplicación de multas por 22.4 millones de pesos a cinco aerolíneas por realizar cobros indebidos por la primera maleta documentada en vuelos desde la Ciudad de México a Estados Unidos y Canadá, establecidas en procesos iniciados en abril pasado.

 

 

La multa fue aplicada pues dichos cobros “contraviene disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), la Ley de Aviación Civil (LAC) y su reglamento” indicó la dependencia a través de un comunicado de prensa. Se informó que mantiene procesos abiertos en contra de United Airlines y American Airlines por esta misma infracción. 

 

La dependencia informó que se determinó que las aerolíneas sancionadas han incurrido en publicidad engañosa, actos discriminatorios, cláusulas abusivas en sus contratos de adhesión y otras prácticas que violentan los derechos de los pasajeros.

 

Las multas impuestas fueron:

 

La Profeco señaló que de acuerdo con las modificaciones que entran en vigor hoy martes 27 de junio, las aerolíneas deben:

  • Informar a los pasajeros a través de medios electrónicos y en módulos de atención las causas de retrasos, demoras y cancelaciones en vuelos.
  • En caso de retraso imputable a las aerolíneas, deberán indemnizar a los pasajeros de acuerdo con el artículo 47 Bis de la Ley de Aviación Civil, en los siguientes términos:
    • En demoras superiores a una hora e inferiores a cuatro horas se compensará de acuerdo con las políticas de cada empresa, se ofrecerán descuentos para vuelos  en fecha posterior hacia el destino contratado y se brindarán alimentos y bebidas.
    • En el caso de demoras mayores a dos horas, pero menores a cuatro, los descuentos incluidos no podrán ser menores al 7.5% del precio pagado por el boleto, más alimentos y bebidas. Además, la línea aérea debe proporcionar a los pasajeros acceso a llamadas telefónicas y envío de correos electrónicos.
    • En demoras mayores a cuatro horas aplicarán las opciones de indemnización establecidas para “cancelación”, en las cuales se contemplan los siguientes supuestos: Reintegrar el precio del boleto o la proporción que corresponda a la parte no realizada del viaje, más una indemnización que no podrá ser inferior al 25% del precio del boleto, la cual deberá pagarse en un periodo máximo de 10 días naturales. La aerolínea debe ofrecer espacio en el primer vuelo disponible, proporcionar acceso a llamadas telefónicas, correos electrónicos,   de ser necesario otorgar alimentos, alojamiento y transporte desde y hacia el aeropuerto.  Cambiar el vuelo por una fecha posterior, en la que se aplica la indemnización de por lo menos el 25% del precio original del boleto.
  • Los usuarios tienen derecho a transportar como mínimo, y sin cargo alguno, 25 kilos de equipaje documentado y hasta dos piezas de equipaje de mano de no más de 10 kilogramos, en vuelos nacionales e internacionales que tengan como origen nuestro país.
  • Las aerolíneas están obligadas a informar a los consumidores los términos, condiciones, políticas de compensación y listados de sus derechos contenidos en la Ley de Aviación Civil, al comprar el boleto y en los módulos de atención al pasajero.

 

 

Con información de Excélsior / Foto: Twitter

Luego de que el candidato del PRI al gobierno del Estado de México, Alfredo del Mazo, nombró a Ernesto Nemer Álvarez como su coordinador general de campaña, Rafael Ochoa Morales, quien ha desempeñado diversos cargos dentro de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) asumió las funciones de procurador.

 

 

En un comunicado, la Profeco explicó que por ausencia, Ochoa Morales ocupa el cargo de Procurador, con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 7 Fracción I de su Reglamento Interno, mientras el presidente Enrique Peña Nieto, designa a un nuevo titular.

 

En el texto se menciona que Ochoa Morales, ahora procurador interino, es licenciado en Derecho por la Universidad Anáhuac, de donde se graduó con mención especial con la tesis “Análisis Jurídico de la Nueva Ley Federal de Protección al Consumidor” y cuenta con una amplia experiencia en la materia.

 

Dentro de la Profeco, Ochoa Morales se desempeñó como director general Jurídico y Consultivo, encargado de la Profeco; de la Subprocuraduría de Verificación y de la de Servicios, además de Subprocurador Jurídico de la Profeco.

 

 

 

 

Con información de Político.mx / Foto: Twitter