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El próximo domingo 15 de enero entrará en vigor la nueva reforma de la Ley General para el Control del Tabaco, la cual prohíbe exhibir el producto en puntos de venta.

Ante este nuevo cambio, organizaciones empresariales han denunciado la reforma perjudicará a los pequeños comercios, además de que vulnera los derechos de los consumidores adultos.

La Confederación Patronal de la República Mexicana en la Ciudad de México (Coparmex CDMX) afirmó que la medida afectará a 85,000 tiendas de abarrotes locales, tan solo en la capital, para las que hasta el 25% de sus ventas dependen del tabaco.

“Este tipo de políticas prohibicionistas atentan contra la libertad comercial, la independencia de los consumidores a decidir, golpea a la industria y perjudica los empleos de los trabajadores y la capacidad del Estado de generar recursos vía impuestos para generar políticas públicas de bienestar”, expuso la organización en un comunicado.

Además, aseguró, la modificación del reglamento de la Ley viola la Constitución, ya que propicia que se de la impresión de que se trata de un producto ilegal, lo que fomentará el comercio irregular.

A lo largo de la semana se han pronunciaron otras organizaciones empresariales como el Consejo Coordinador Empresarial (CEE), la Cámara Nacional de Comercio y la Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales (ANTAD), entre otras.

Estas denunciaron en un posicionamiento conjunto que el nuevo reglamento es “ilegal” e “infundado”, sin “fundamento jurídico” ni sanitario y que no conseguirá su objetivo de evitar el consumo de tabaco.

La reforma legal tampoco se adhirió, dijeron, a los procesos establecidos, pues la Secretaría de Salud excedió sus facultades al asumir funciones de legislador y sentaría un precedente, pues nunca antes se había ocultado un producto legal para su venta.

“El sector productivo teme que, de hacer efectiva esta medida, fácilmente podría replicarse en otros tipos de productos o industrias”, advirtieron.

Además, apuntaron que la venta de cigarros promueve más del 15% de las ventas mensuales de las más de 6,000 tiendas registradas en el Instituto Nacional de Estadísticas y Geografía (INEGI), que generan más de 2 millones de empleos, sostienen a más de 5 millones de personas y abastecen el 52% de la demanda nacional.

El secretario general de la Organización de los Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, está siendo investigado internamente por una relación íntima con otra persona del equipo del organismo, confirmaron fuentes enteradas del caso a la agencia Efe.

El proceso abierto evalúa si la relación con esa mujer, de la que según la fuente “todo el mundo sabe que es su novia”, viola las reglas éticas internas de esa institución con sede en Washington y que celebra estos días su asamblea en Lima.

El reglamento interno estipula que “los miembros del personal y demás proveedores de servicios no deberán permitir que ninguna relación con otro miembro del personal o proveedor de servicios interfiera con el desempeño de sus funciones o coloque en desventaja a otras personas en el lugar de trabajo”.

Asimismo, establece que aquellos que tengan una relación íntima con otro miembro del personal o proveedor de servicios “se descalificarán para supervisar o evaluar a esa persona” y no podrán “participar en ningún proceso en el que se tome o examine una decisión administrativa que afecte los intereses de esa persona”.

La mujer en cuestión trabaja en la Secretaría para el Fortalecimiento de la Democracia y no en la oficina del secretario general, por lo que no está bajo el mandato de Almagro, añadió la fuente.

En la biografía “Luis Almagro. No pide perdón”, que Martín Natalevich y Gonzalo Ferreira publicaron en 2020, ya se mencionaba la relación entre ambos.

Almagro, excanciller uruguayo, está al frente de la OEA desde 2015 y renovó para un segundo mandato de otros cinco años en marzo de 2020.

Su investigación se ha conocido solo dos semanas después de que la asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) decidiera por mayoría la destitución de su presidente, Mauricio Claver-Carone, por tener una relación con una subordinada.

Pese a su cese, el estadounidense de origen cubano, que fue nombrado por la Administración de Donald Trump (2017-2021) poco antes de las elecciones presidenciales que ganó Joe Biden a finales de 2020, continúa manteniendo su inocencia y asegurando que no hay pruebas que confirmen la relación, alegatos que no evitaron su cese y la apertura de un proceso para elegir a un nuevo presidente.

Javier Hidalgo, aspirante a la dirigencia del Comité Ejecutivo Nacional de Morena, solicitó al Instituto Nacional Electoral (INE), la revocación de la candidatura de Porfirio Muñoz Ledo.

Hidalgo Ponce dijo que Muñoz Ledo ha violado en reiteradas ocasiones los principios y el reglamento de Morena.

El morenista recodó que el quinto principio de Morena señala que se promoverá un debate “abierto y de respeto entre diferentes. En nuestras relaciones internas nos comportaremos con respeto y fraternidad, con la alegría por el esfuerzo compartido y en favor del bienestar colectivo…”.

En tanto el artículo tercero, inciso j y el 47, primero párrafo del reglamento señalan “el rechazo a la práctica de la denostación o calumnia pública entre miembros o dirigentes de nuestro partido”, y “eviten la calumnia y la difamación; mantengan en todo momento una actitud de respeto frente a sus compañeras y compañeros”, respectivamente.

Como prueba de que el diputado ha infringido dichos lineamientos, Javier Hidalgo recordó que Muñoz Ledo, en una entrevista concedida al diario español El País, se refirió a Marcelo Ebrard como un “ansioso, ganoso, desembocado para ser presidente de la República”, además de que indicó que Mario Delgado, otro de los aspirantes a la dirigencia del partido es un cómplice que está “comprando a todas las autoridades”.

Adicional, expuso un tuit del propio Muñoz Ledo en el que se refiere a su contrincante como “Delgado de ideas, imagen pública y convicciones”.

Finalmente refiere una entrevista que Porfirio Muñoz concedió a Radio Fórmula en el que cuestionó los recursos y su origen, del dinero que Mario Delgado está utilizando en su campaña.

Foto: Twitter @irmajuancarlos

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió esta tarde que la imposición de sanciones por infracciones al reglamento de tránsito de la Ciudad de México a través del sistema integral de fotomultas no vulnera la garantía de audiencia previa, por lo que su imposición es constitucionalmente válida.

 

Con tres votos a favor y uno en contra, los Ministros indicaron que el derecho de audiencia pública no es absoluto por lo que podría ser objeto de excepciones.

 

Con este criterio, la Sala revocó el amparo concedido por un Juzgado de Distrito a un particular que impugnó la constitucionalidad de cuatro boletas de infracción emitidas a través del sistema de fotomultas, alegando que se violaron en su perjuicio diversos artículos de la Constitución Política y las garantías de legalidad, seguridad jurídica y debido proceso, al no prever un procedimiento previo a la imposición de la multa.

 

Se determinó que las infracciones impugnadas (fotomultas) son actos dotados de la característica de la inmediatez, en los que la sanción impuesta por el Estado responde a la necesidad de castigar la conducta flagrante del particular que infringe los ordenamientos de tránsito, lo que constituye una expresión de su facultad impositiva coactiva, por lo que los argumentos del quejoso no procedían.

 

“Obligar a las autoridades a ventilar un procedimiento previo y escuchar al particular para imponer infracciones por el incumplimiento de obligaciones viales, provocaría una excesiva dilación en el accionar de las autoridades viales, con lo que se afectaría a la población en general, por tratarse de temas que afectan no solo a la persona objeto de la multa, sino a terceros que pueden o no tener un vehículo automotor”, determinó la sentencia de la SCJN.

El consejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova dijo que en el afán de convertir la elección del próximo 1 de julio en un ejercicio democrático ejemplar, se propuso un nuevo procedimiento que acata la decisión del Tribunal Electoral, pero garantizará la difusión de un conteo rápido la noche de la votación.

 

 

 

Indicó que tal como se dio a conocer la semana pasada, el Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó la resolución emita en noviembre de 2017 a las modificaciones al reglamento de elecciones, al argumentar que el procedimiento podría vulnerar a certeza en el cómputo de los votos en las casillas.

 

Y aunque dijo que el INE acataría la resolución del Tribunal, afirmó que tras un análisis minucioso, los consejeros encontraron una ruta alternativa para dar certeza a la sociedad mexicana sobre las tendencias de la jornada electoral la misma noche de la votación.

 

Adelantó que la propuesta fue transmitida a los representantes de los partidos políticos ante el INE, con el fin de conocer su postura. Córdova Vianello detalló la propuesta:

 

  1. Respetar el proceso ininterrumpido y simultaneo del escrutinio y cómputo de cada elección en la secuencia establecida en la ley
  2. Llenar las hojas de operaciones dispuestas para asentar los datos del escrutinio y cómputo empezando por la elección presidencial y siguiendo en su orden con el resto de las elecciones que se realicen según la entidad respectiva
  3. Para la elaboración de las estimados de los rangos de votación, es decir el conteo rápido, se tomarán como base los datos asentados en dichas hojas de operaciones, que es el documento de donde se transcribirán los resultados que se asentarán en las actas de escrutinio y cómputo respectivas.

 

El consejero presidente aseguró que con dicho procedimiento, se garantizará el acceso a la información de las tendencias de la votación presidencial alrededor de las 23:00 horas del mismo 1 de julio, y además se mantendría inalterado el procedimiento descrito en la legislación como lo ordenó el TEPJF.

 

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó modificar el acuerdo del INE en el que contemplaba diversas reformas al Reglamento de Elecciones, entre los que se encontraba principalmente la modificación al proceso del conteo rápido para la elección del próximo 1 de julio.

 

La decisión del TEPJF se debió a que consideraron que la apertura previa de las urnas para la identificación de boletas depositadas por los ciudadanos incorrectamente el día de la jornada electoral excede la facultad reglamentaria y transgrede los principios de certeza y seguridad jurídica, al modificar el procedimiento de escrutinio y cómputo, así como de traslado de paquetes electorales.

 

La resolución se originó luego de las impugnaciones presentadas por el PAN, Movimiento Ciudadano y Morena, quienes objetaron, entre otras cuestiones, la apertura previa de urnas y alteración al escrutinio y cómputo, así como el llenado de actas y traslado de paquetes.

 

Recordemos que el INE incorporó un paso adicional y previo al procedimiento de escrutinio y cómputo, consistente en la apertura de las urnas de todas las elecciones, federales y locales, para revisar las boletas electorales contenidas en cada una, con el objetivo de identificar las correspondientes a urnas de elecciones distintas y ubicarlas en la correcta, es decir, reubicar los votos en donde corresponden ser contados.

 

A juicio de la Sala Superior, el escrutinio y cómputo de casilla debe realizarse precisamente en los términos establecidos en la ley, por lo que la modificación al procedimiento fijado por el INE solo puede realizarse a través de una reforma legal, al tratarse de un aspecto sustantivo, y no mediante reglamento.

 

“Con una apertura previa de las urnas que contienen las boletas en que los electores expresaron su voluntad, se presta a una manipulación injustificada de las boletas electorales. Lo cual, podría generar duda sobre los resultados que se obtengan al alterar el procedimiento previsto en ley”, dijo el TEPJF.

 

El gobierno de la Ciudad de México (CDMX), planteó nuevas disposiciones al Reglamento de Construcciones de la Ciudad de México, con el fin de establecer normas de reforzamiento a la seguridad estructural de obras nuevas y, reforzar la normatividad para la restructuración de inmuebles dañados.

 

El Jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera Espinosa, indicó que la próxima semana sostendrá una reunión con el Colegio de Ingenieros, el Colegio de Arquitectos y especialistas en estructuras para avanzar en las nuevas disposiciones que serán publicadas en un máximo de tres semanas.

 

“Esto lo vamos a ver con nuestro grupo de expertos que da seguridad estructural a la capital del país, una vez que nos entregue el equipo técnico el documento y que este sea discutido y validado, haremos la publicación inmediata”, abundó.

 

Tal como lo informara el viernes pasado el titular de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México, el día de ayer se publicó en la gaceta oficial el nuevo reglamento de movilidad, en donde entre otros temas, se indica que toda persona o grupo que quiera marchar en las calles de la capital, deberá avisar por escrito a la Secretaría de Seguridad Pública.

 

 

En el escrito que ahora será requisito entregar, se debe señalar “fecha, horas de inicio y conclusión del desfile, caravana, manifestación, peregrinación o cualquier otro tipo de concentración humana de carácter político, religioso, deportivo, recreativo o social”.

 

La medida entra en vigor luego de que la Suprema Corte de Justicia avalara en agosto de 2016, la obligación de los manifestantes de avisar a las autoridades su intención de salir a las calles, tras la impugnación que organizaciones sociales hicieran a la Ley de Movilidad de julio de 2014, en donde se introducía tal disposición.

 

Cabe recalcar que la Corte determinó que en caso de no presentarse el aviso correspondiente, las autoridades no podrán prohibir la marcha y con ello el derecho a la libertad de expresión, pero se estaría incumple el objetivo de evitar afectaciones al tránsito y a terceros.

 

 

 

 

 

Con información de Reforma / Foto: Twitter