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Luego de la crisis que atravesó el Pleno el mes pasado en relación a la conducción de la institución, ayer la magistrada Mónica Soto asumió como nueva presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Al asumir la presidencia, Mónica Fregoso hizo un reconocimiento a la labor del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, quien fue obligado a dejar el cargo debido a la ‘perdida de confianza’ de tres de sus compañeros.

Recordemos que Mónica Soto, Felipe Fuentes Barrera y Felipe de la Mata mostraron su inconformidad con la conducción que el magistrado Rodríguez Mondragón daba en los últimos meses al Tribunal. Eso hizo que exigieran su renuncia, lo que finalmente consiguieron.

Y a pesar de que había dicho que no tenía interés en presidir el Tribunal Electoral, días después de que Rodríguez Mondragón anunciara que se apartaría de la presidencia, Mónica Soto fue elegida por sus dos compañeros restantes, contando así con tres de los cinco votos del Pleno.

Mónica Soto asumirá de forma pública mañana miércoles al encabezar la sesión que se tiene agendada. Sin embargo, la magistrada ya comenzó con sus funciones, y en un recorrido por las instalaciones del Tribunal señaló que habrá continuidad de las funciones de las áreas jurisdiccionales del Tribunal, tanto de la Sala Superior como las regionales y especializadas.

Su periodo al frente de la presidencia del Tribunal se da a días de que concluyan las precampañas y de que inicie formalmente la campañas electoral del proceso 2023-2024, considerada la más grande en la historia con más de 20 mil puestos de elección popular en disputa, incluida la Presidencia de la República.

Se espera que esté al frente del TEPJF hasta noviembre de 2025 cuando concluye su encargo como magistrada electoral.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) informó que resolvió, entre la Sala Superior y las seis salas regionales que lo componen, un total de 7 mil 790 asuntos durante 2019.

Detalló que en promedio se resolvieron 21 asuntos por día durante ese periodo.

Se indicó que durante el año que recién concluyó se recibieron un total de 8 mil 127 asuntos entre la Sala Superior y las diferentes salas regionales (Guadalajara, Monterrey, Xalapa, Ciudad de México, Toluca y la Sala Regional Especializada).

En materia de violencia política de género, se resolvieron 87 asuntos con el protocolo que este Tribunal Electoral elaboró. La entidad en la que se presentó el mayor número de recursos por violencia política de género fue la Ciudad de México con 24 asuntos, seguido de Oaxaca y Morelos con 10 cada uno.

Además, se resolvieron 69 asuntos relacionados con la temática de paridad de género; la Ciudad de México registró 12 casos, seguido de Oaxaca con 10 recursos resueltos y siete casos a nivel federal.

El medio de impugnación que más se recibió en 2019 fue el juicio para la protección de los derechos político-electorales con 5 mil 235, seguido del recurso de reconsideración con 625; del juicio electoral con 624 y del recurso de apelación con 490.

Durante ese lapso en la Sala Superior se recibieron un total de 3 mil 219 recursos; en materia de asuntos resueltos se registraron 3 mil 235 expedientes. Aclaró que la diferencia de cifras se debe a que suelen resolverse asuntos de otros años.

Como parte del proceso electoral extraordinario en Puebla se resolvieron 323 asuntos; por el proceso local en Baja California se resolvieron 235 asuntos; 195 por el de Durango; 178 por el de Tamaulipas; 164 por el de Aguascalientes y 158 por el de Quintana Roo.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución dictada por la Sala Regional Monterrey en la que se había modificado la fecha de la jornada electoral que se celebrará en el municipio de Monterrey, y se determinó que será el próximo 23 de diciembre cuando se celebren los comicios extraordinarios.

Además se indicó que en la elección únicamente podrían participar los partidos políticos y las candidaturas que lo hicieron en la elección ordinaria, con lo que descartó incorporar nuevas candidaturas; además, en caso de que una coalición decidiera no continuar, señalaron que no era permisible que sus integrantes postularan candidaturas de forma individual.

La Sala Superior determinó que, si uno o más de los partidos deciden dejar la coalición, tendrían que manifestar su aceptación de la consecuencia relativa a que no podrían participar en esa elección extraordinaria, ya que están obligados a respaldar a la misma planilla que presentaron en la ordinaria.

Finalmente señalaron que la modificación del registro de candidaturas se podría dar únicamente en casos excepcionales, como fallecimiento, inhabilitación, incapacidad física o mental, renuncia, o alguna sanción.