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El presidente electo de México, Andrés Manuel López Obrador, llegó poco antes de las 9 de la mañana a las instalaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde se reúne este viernes con los ministros.

El encuentro se da en la sede del máximo tribunal del país, donde desayunará en privado con los jueces y el presidente de la Corte, Luis María Aguilar Morales. Sin ofrecer declaraciones a los medios, el tabasqueño entró al recinto por el estacionamiento de la calle Venustiano Carranza en el Centro Histórico de la capital mexicana.

Se prevé que tras la reunión, tanto el mandatario electo como los ministros ofrezcan un mensaje a medios de comunicación.

Este acercamiento con el poder judicial ocurre un día después de la segunda reunión entre el próximo presidente y el actual presidente, Enrique Peña Nieto, en Palacio Nacional.

Se ha informado que el día de mañana, el Presidente Electo de México, Andrés Manuel López Obradro (AMLO) se reunirá con los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

A través de una nota informativa se confirmó que AMLO sostendrá un desayuno privado con los Ministros, el cual estará encabezado por el Ministro Presidente Luis María Aguilar Morales.

Recordemos que a principios de la semana pasada, López Obrador indicó que tan pronto recibiera la constancia como ganador de la elección presidencia, solicitaría una audiencia con los Ministros de la SCJN.

“En unos días más, cuando yo sea presidente electo, voy a buscar a los ministros de la Corte. Les voy a pedir una audiencia, no lo he hecho ahora porque no tengo todavía el certificado, el diploma, el papel, no sé cómo se llame, la constancia”, dijo el tabasqueño en una de sus conferencias.

El encuentro se da en el marco de los anuncios que AMLO ha hecho acerca de la reducción de sueldos a funcionarios púbicos, que según el morenista, los Ministros, consejeros de la Judicatura y Magistrados del Tribunal Electoral, son los mejores pagados del país, ganando más que el Presidente de la República.

 

Con información de Medios / Foto: Archivo APO

La Suprema Corte de Justicia  de la Nación (SCJN), resolvió esta tarde conceder un amparo al ex aspirante a candidato independiente a la Presidencia, Armando Ríos Piter, para protegerlo contra cinco artículos de la Ley General de Salud, que le prohibían el consumo y cultivo de marihuana.

El también Senador con licencia interpuso el amparo ante la negativa de la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), que en 2016 le negó un permiso para cultivar y consumir su propia marihuana.

Con la resolución de la Suprema Corte, la dependencia tendrá que expedirle un permiso para que pueda cultivar su propia planta, siempre y cuando no sea con fines de comercialización o distribución, así como para que pueda consumirla.

El proyecto de sentencia fue presentado por el ministro José Ramón Cossío, argumentando que ya había casos previos que podrían sentar una base para pronunciarse de nueva cuenta en este caso.

En 2015, la Corte concedió un amparo a cuatro personas de la organización SMART, mientras que el pasado mes de abril otorgó un segundo amparo en el mismo sentido a abogado Ulrich Richter Morales.

 

Con información de Reforma / Foto: Archivo APO

Andrés Manuel López Obrador, candidato presidencial de la alianza ‘Juntos Haremos Historia’, afirmó que los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no han hecho nada en beneficio de México.

En Atlacomulco, Estado de México, el tabasqueño preguntó: “¿Saben de algo que hayan hecho los de la Suprema Corte en beneficio de México, se han enterado de algo que hayan resuelto a favor del pueblo? Nada, respondió.

El tabasqueño criticó que los ministros perciban actualmente un salario de 650 mil pesos, los senadores uno de 500 mil, los diputados federales 400 mil y los diputados locales hasta 300 mil pesos al mes.

Por esto, dijo que de ganar la presidencia de la República, el próximo 1 de julio “ya no van a haber los sueldos que hay ahora”, reiteró que “se va a acabar la corrupción, se va a acabar la robadera”.

Con el apoyo de ocho votos a favor de la propuesta del Ministro Javier Laynez Potisek, se invalidó el precepto del Código Nacional de Procedimientos Penales que establece que el Ministerio Público tiene facultades para congelar cuentas y activos durante sus investigaciones por considerarlo violatorio del debido proceso.

De igual forma invalidaron la posibilidad de aseguramiento de bienes que establece que, cuando el producto o el objeto del delito hayan desaparecido por causa atribuible al imputado, el Ministerio Público puede ordenar el embargo de sus bienes con la intención de cubrir el monto correspondiente.

El análisis de estas dos acciones de inconstitucionalidad, son el resultado de las promociones que interpusieron las Comisión de los Derechos Humanos y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales. La SCJN determinó que es ilegal realizar embargos sin que hayan sido dictados por orden judicial.

El debate se centró en los alcances de retroactividad, ya que existen personas que actualmente están bajo investigación y que puedan exigir, de manera retroactiva, que se les devuelvan sus bienes y cuentas bancarias aseguradas.

A través de la asociación “Por México Hoy” que dirige, el líder de las izquierdas en México, Cuauhtémoc Cárdenas, presentó esta tarde un Amicus Curiae con los elementos jurídicos que asegura prueban la inconstitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior.

 

 

Cárdenas indicó que la Ley de Seguridad Interior permite que mediante una decisión unilateral del Ejecutivo Federal se mantengan las Fuerzas Armadas en las calles realizando funciones para las que no fueron entrenados.

 

“De esta manera, dicho ordenamiento nos regresa al Estado absolutista en donde no existe el principio de división de poderes y fortalece desmedidamente a las fuerzas armadas para crear por medio de una ley secundaria un tipo de Estado diferente: un Estado policíaco-militar”, señaló.

 

La asociación afirmó que el actual gobierno quiere una Ley de Seguridad Interior para deconstruir el orden constitucional y el Estado nacional, la división de poderes, el federalismo, el municipio libre y los derechos humanos, entregando el control político y el mando territorial a las Fuerzas Armadas, a través de una modalidad totalitaria y autoritaria.

 

Indicaron que al presentar el instrumento jurídico, buscan un modelo de seguridad ciudadana que permita generar una fuerza policial civil que resguarde a los habitantes con el máximo respeto a los derechos humanos; con una administración de justicia  fortalecida, sin corrupción ni impunidad; y con un sistema penitenciario que tienda a la verdadera recuperación e inserción social del detenido.

 

Al considerarlas “notoriamente improcedentes”, el Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Jorge Mario Pardo Rebolledo, desechó las controversias constitucionales presentadas en contra de la Ley de Seguridad Interior por parte de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México y de la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro.

 

Pese a que los organismos argumentaron que la Ley invadía su competencia al ser un riesgo para los datos de las personas que acuden a ellos a denunciar violaciones a los derechos humanos, el Ministro refirió que como se ha hecho constar en casos previos, los órganos autónomos estatales no pueden presentar controversias constitucionales, y en el caso de las acciones de inconstitucionalidad, sólo pueden presentarlas cuando se impugna una ley local y no una federal.

 

Se espera que dentro de este criterio, sea declarada inválida la controversia presentada por la Defensoría de Derechos Humanos de los Pueblos de Oaxaca.

 

Recordemos que el Ministro también desechó una acción de inconstitucionalidad que presentó Movimiento Ciudadano al indicar que los partidos políticos sólo pueden impugnar leyes electorales.

 

Con información de Reforma / Foto: Archivo APO

El Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Jorge Pardo Rebolledo, admitió la acción de inconstitucionalidad que presentaran la tarde de ayer los diputados de oposición en contra de la Ley de Seguridad Interior.

 

Con dicha admisión, el Congreso de la Unión y el Ejecutivo federal tienen 15 días para presentar sus informes correspondientes, y hacer llegar a la Corte todos los antecedentes relacionados con el proceso de la Ley que se aprobó a finales del año pasado.

 

Y si bien la admisión del recurso legal no suspende la vigencia de la Ley de Seguridad Interior, el Presidente Enrique Peña Nieto se comprometió a que durante el tiempo en que la SCJN resolviera los alegatos que pudieran derivarse de la Ley, no emitirá ninguna Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior.

 

Con información d Reforma / Foto: Archivo APO

El senador de Morena, Zoé Robledo, advirtió que Estados Unidos intenta imponerle a México una Ley de Seguridad que únicamente le conviene a esa nación.

Las declaraciones se produjeron horas antes de que Robledo acudiera junto otros senadores del PT-Morena, PAN y PRD, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para presentar una acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Seguridad Interior.

“A nosotros nos parece que ésta es la acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley ‘Trump’ de Seguridad; si la ONU, la oposición mexicana, la opinión pública, todos estamos en contra de la ley, el único aliado que le queda a este Gobierno son los Estados Unidos”, indicó Zoé Robledo.

 

El legislador destacó que como parte de un acuerdo con Estados Unidos, la política de seguridad de México estará sobre la mesa de las negociaciones del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN). “Pareciera que ésta es la ley que les están pidiendo desde Estados Unidos, que en la mesa de negociaciones del TLC está la política de seguridad de México y lo que pida Trump se lo están dando”.

Aseguró que la Ley de Seguridad Interior conviene únicamente a Estados Unidos. “Cuando dice Trump que si no hay muro, no hay Tratado, en realidad lo que está diciendo es que si esta ley se cae, no habrá tampoco Tratado”, remató el militante de Morena.

 

Los grupos parlamentarios del PRD, PAN, Morena y Movimiento Ciudadano informaron que presentaron una acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Seguridad Interior que promovió el gobierno del Presidente Enrique Peña Nieto y su partido.

 

Los partidos indicaron que ahora será la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) quien determinará si los artículos de la Ley son válidos, pues señalan que están en conflicto con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención Americana sobre los Derechos Humanos.

 

Acusaron al gobierno federal de que la Ley de Seguridad Interior “en vez de superar la política de militarización, la pretende hacer permanente”. Los cuatro partidos consideraron también como “un grave error y un abuso de las mayorías en ambas cámaras (Diputados y Senadores)” haber aprobado la Ley.

 

El recurso legal se logró luego de conseguir 188 firmas, de las 167 que necesitaban para que fuera una realidad la acción de inconstitucionalidad.

 

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) dio a conocer que interpondrá una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de los artículos 9 y 31 de la Ley de Seguridad Interior.

 

El pleno del instituto aprobó el acuerdo, mediante el cual determinó impugnar los artículos por considerar que vulneran el ejercicio de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, previstos en la Constitución.

 

Sobre los artículos, el INAI advierte lo siguiente:

  • El legislador ordinario se excede de sus facultades al establecer que toda la información generada en virtud de la seguridad interior será considerada como de seguridad nacional y genera con ello una excepción indebida al acceso de la información.
  • Impone restricciones y límites injustificados al ejercicio del derecho fundamental de acceso a la información, sin criterio de razonabilidad alguno. De acuerdo con diversas interpretaciones de la SCJN y la Corte Interamericana de los Derechos Humano dichos límites deben ser idóneos, necesarios y proporcionales.
  • Establece una reserva automática y atemporal de la información, cuando el Poder Reformador de la Constitución fue expreso al sostener que toda información de ese tipo debe ser considerada como pública y sólo será sujeta a reservas siempre temporales.

 

Se indicó que “el artículo 9 de la Ley de Seguridad Interior contraviene los principios constitucionales de máxima publicidad, de reserva temporal y de excepcionalidad respecto del principio de máxima publicidad”.

 

Sobre el artículo 31 de la Ley, el INAI señaló que:

  • Establece restricciones al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos personales de los titulares, sin cumplir con los principios de necesidad, idoneidad y proporcionalidad.
  • Prevé un régimen de excepción al consentimiento para la transferencia de los datos personales sin los debidos controles de legalidad y certeza jurídica para los titulares.
  • No se advierte disposición que garantice el cumplimiento de los principios y deberes para garantizar el derecho de protección de datos personales con las instancias encargadas de la seguridad interior, como sujetos obligados a la Ley General de Protección de Datos Personales.
  • Existe ambigüedad en la regulación de las condiciones, requisitos y reglas para transferir información a petición de las autoridades en materia de seguridad interior, que vulneraría el ejercicio autónomo de las facultades encomendadas al INAI.

 

El comisionado presidente del INAI, Francisco Javier Acuña Llamas, destacó que “los siete comisionados nos hemos ceñido, exclusivamente, a señalar los artículos que, de esta Ley de 34 preceptos nos preocupan, y consideramos merecen una revisión constitucional del más alto tribunal del país para, en su caso, ser purgados de los vicios que visualizamos”.

Acuña Llamas aseguró que toca a otras instituciones, como a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, hacer valer acciones integrales, “del conjunto de derechos fundamentales que pudieran verse lesionados o en conflicto, por la Ley de Seguridad Interior que ha sido promulgada”.

 

En el marco de la inauguración del Primer Periodo de Sesiones correspondiente a 2018, el Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN),  Luis María Aguilar Morales, aseguró que hasta el momento no se ha recibido ninguna acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Seguridad Interior.

 

 

 

 

El ministro presidente señaló que a pesar de que se ha señalado en los medios de comunicación que se presentarían acciones de inconstitucionalidad en contra de la recién expedida Ley de Seguridad Interior, éstas no han sido presentadas hasta este momento.

 

Aguilar Morales destacó que las acciones de inconstitucionalidad en las que se impugnan normas locales por ser contrarias, según el argumento, a la facultad exclusiva del Congreso de la Unión para expedir la legislación única en materia procedimental penal, se atenderán como prioridad durante el primer semestre del año.

 

El Ministro Presidente afirmó que sin seguridad jurídica, sin la actuación de todos dentro del marco de la ley, no puede haber valores básicos que respetar. “No sería posible que la justicia exista si no hay seguridad jurídica que la proteja”.

 

Explicó el también presidente del Consejo de la Judicatura Federal (CF) que para que el Derecho sea una realidad, se necesita contar con la seguridad que permita aplicarla y por eso la ley, por su naturaleza, puede ser exigida coactivamente, sancionando al que no la cumpla.

 

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, (SCJN) ordenó al Congreso legislar en materia de publicidad oficial, con lo que se busca regular los gastos que el gobierno ejerza en dicha área.

 

Es sorprendente e indignante lo que el gobierno destina a su publicidad oficial, lo que ha llevado a preguntarse cual es la razón por la que el el Estado decide invertir en publicitarse y no en suministros de salud o algo que represente una verdadera necesidad para la ciudadanía.

 

No te pierdas este análisis en voz de Ana Paula Ordorica.

 

 

 

 

El aún titular de la delegación Venustiano Carranza, Israel Moreno, aseguró que hasta el momento ni él ni la delegación han sido notificados sobre el fallo de la Suprema Corte de Justicia (SCJN) en la que se resolvió que el funcionario había caído en desacato sobre un amparo promovido por colaboradores de su administración y por ello, se ordenaba su destitución.

 

 

El perredista aseguró que respondió en tiempo y forma a lo ordenado por las autoridades, pues su administración tuvo que ajustar el presupuesto para transferir los recursos de pagos a las personas que promovieron el juicio, y a quienes reinstaló en sus puestos, aún cuando la querella era de 13 años atrás, antes de que él asumiera el cargo.

 

Reconoció que el aspecto de la credencialización que ordenó la resolución en aquel momento no se realizó pues  “no está en las facultades delegacionales emitir credenciales a verificadores”.

 

A través del Diario Oficial de la Federación, este martes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó el acuerdo sobre las medidas de austeridad anunciadas meses atrás, mismas que incluyen un compromiso de ahorro de hasta mil 900 millones de pesos.

 

La dependencia informó que las medidas incluyen un compromiso de ahorro de hasta mil 900 millones de pesos a lo largo del ejercicio fiscal 2017, sin demérito de las metas institucionales aprobadas para cada uno de los órganos del Poder Judicial de la Federación (PJF).También difundió el Manual que regula las remuneraciones de los Servidores Públicos del Poder Judicial de la Federación para el ejercicio  fiscal 2017, 

 

 

“Las medidas que habrán de instrumentarse garantizarán en todo momento condiciones necesarias para una operación eficiente, que asegure el cumplimiento de las funciones del Poder Judicial de la Federación y aquellas obligaciones constitucionales establecidas para satisfacer la demanda ciudadana de acceso a la justicia”.

 

El Poder Judicial de la Federación manifestó que con este tipo de anuncios, se une al sensible entorno económico que enfrenta el país y está atento al impacto que generan diversas condiciones nacionales e internacionales, los incrementos en los precios de los combustibles y una serie de factores coyunturales.

 

 

 

 

 

Con información de El Universal / Foto: Archivo APO