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El Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur), entidad encargada del Tren Maya, informó este miércoles que fueron revocadas las tres suspensiones definitivas que habían sido concedidas para detener las obras del Tramo 5 del Tren Maya.

El director general de Fonatur, Javier May, utilizó sus redes sociales para compartir “buenas noticias para el pueblo”, indicando que fueron revocadas las “suspensiones definitivas” de los amparos 884/2022, 923/2022 y 1003/2022.

El funcionario acompañó el mensaje con fotografías de los documentos, en los que se puede apreciar que las suspensiones fueron dictadas ayer, 02 de agosto.

May añadió que las obras del Tren Maya siempre han sido legales, aunque señaló que se atendieron todos los requerimientos del juez.

Adelantó que “pronto” se resolverán los otros 3 amparos sobre el Tramo 5 del Tren Maya “también en favor del pueblo”. Sostuvo que no hay elementos para ninguna suspensión en contra del proyecto.

“El Tren Maya es una gran obra pública que respeta y fortalece el medio ambiente y será inaugurada en diciembre de 2023”, remató May.

Ayer, el juez Adrián Fernando Novelo, del Primer Distrito del estado de Yucatán, resolvió que no se podía llevar a cabo una revisión para determinar si el gobierno federal violó las suspensiones otorgadas para frenar la construcción del tramo 5 del Tren Maya mediante la declaratoria de la obra como asunto de seguridad nacional.

Según el juez, las pruebas otorgadas por no son suficientes para comprobar que en efecto se retomaron las obras en la zona.

Pese a reconocer que había obras en la zona, Novelo Pérez consideró que las pruebas presentadas por la asociación Defendiendo el Derecho a un Medio Ambiente Sano (DMAS) no eran suficientes para saber si son relacionadas a la construcción del Tren o para algo más.

La suspensión de la que reporta el gobierno federal se da luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) firmara un decreto para expropiar más de un millón de metros cuadrados de propiedad privada en los municipios de Benito Juárez, Puerto Morelos, Solidaridad y Tulum, en Quintana Roo, para el Tren Maya.

Esta mañana, el presidente habló del Tren Maya, señalando que solo los “opositores retrogradas del conservadurismo”, que dijo son encabezados por Claudio X. González, son los que se oponen al proyecto, afirmando que ni un solo propietario, ejidatario o comunero se ha opuesto al Tren Maya.

La Comisión Reguladora de Energía (CRE) publicó este viernes una lista de 139 permisos de comercialización de petrolíferos, gas y otros productos, entre ellos uno de la petrolera Shell y otro del grupo español Iberdrola, que fueron cancelados alegando falta de actividad durante un año.

La terminación de los permisos se da tras la entrada en vigor de una serie de cambios a la Ley de Hidrocarburos (LH), que modificó el régimen de éstos, generando una enorme incertidumbre en el mercado y rechazo por parte de empresarios.

En los acuerdos publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Comisión Reguladora dio a conocer la terminación de los permisos a través de una declaratoria de caducidad por falta de operación entre el 1 de enero del 2020 y 31 de marzo del 2021.

La CRE publicó dos acuerdos; a través del primero declaró la caducidad de 14 permisos de comercialización de petróleo, hidratos de metano, condensados, gas natural o líquidos del gas natural. En un segundo acuerdo declaró la caducidad de 125 permisos de comercialización de petrolíferos.

Los permisos cancelados a la anglo-holandesa Shell y a Iberdrola les fueron otorgados en diciembre de 2015 por hasta 30 años para la comercialización de gas natural, de acuerdo a registros oficiales.

Recordemos que la nueva Ley de Hidrocarburos ha sido impugnada en tribunales por diferentes empresarios, a quienes el juez Juan Pablo Gómez Fierro, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, ha concedió diversas suspensiones contra la posibilidad de que permisos relacionados con el sector hidrocarburos puedan ser cancelados o las instalaciones de los permisionarios ocupadas temporalmente.

La decisión del juez también impide que la autoridad pueda revocar permisos que incumplan con el almacenamiento mínimo requerido por la Secretaría de Energía o que infrinjan cualquier disposición de la norma.

Sin embargo, no está claro las suspensiones concedidas contra la Ley de Hidrocarburos amparaba a los permisos cancelados este viernes por la CRE. El listado de permiso cancelados se puede consultar en el DOF.

El juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, Juan Pablo Gómez Fierro, otorgó las primeras suspensiones definitivas contra la entrada en vigor de la nueva Ley de la Industria Eléctrica (LIE) impulsada por el presidente López Obrador.

Con estas suspensiones, tres en total correspondientes a los juicios de amparo con número de expediente 118, 119 y 120/2021, se pone un freno a la intención del gobierno federal de cambiar las reglas del juego a favor de la CFE.

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“La suspensión definitiva que se concede es para el efecto de que se suspendan todas las consecuencias derivadas del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el nueve de marzo de dos mil veintiuno”, se lee en el documento.

Recordemos que debido a los amparos que otorgó Gómez Fierro un día después de que se publicara la Ley en el Diario Oficial de la Federación, López Obrador solicitó al ministro presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, investigar el proceder del juzgador, al señalar que éste respondía a intereses particulares.

Al respecto, esta mañana AMLO dijo que la disputa deberá ser resuelta por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Reveló que incluso grandes empresas, como Bimbo y Wal-Mart se han amparado contra la ley.

“Vamos a que resuelva la Suprema Corte”, dijo López Obrador, y añadió que “seguramente” el tema llegará al máximo tribunal.

Y es que la nueva LIE establece que las centrales de la CFE, incluyendo las que usan combustóleo y carbón, despacharán primero su energía a la red, además de que la empresa no estará obligada a comprarla a través de subastas, que habían beneficiado a generadoras solares y eólicas, muchas de ellas con capital extranjero.

También se podrán revisar viejos contratos con Productores Independientes de Energía (PIE), entre los que se encuentran la española Iberdrola, mientras que el regulador del sector energético, la CRE, podrá revisar y revocar permisos de autoabasto, un esquema del que el gobierno alega se ha abusado en detrimento de CFE.

Un juez federal otorgó este lunes siete suspensiones definitivas a igual número de empresas que pidieron frenar el acuerdo del gobierno federal, publicado por la Secretaría de Energía (Sener) que impide la entrada en operación de nuevas plantas de energías renovables.

El juez Rodrigo de la Peza, titular del juzgado primero de distrito en materia administrativa, especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, aprobó dichas suspensiones.

Las resoluciones frenan por “tiempo indefinido” la entrada en vigor del acuerdo que el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) publicó el pasado 29 de abril en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Con la decisión del juez, el gobierno puede impugnar las suspensiones definitivas, pero el fallo puede tardar meses, mientras que la medida estará vigente hasta que se resuelva el juicio de amparo que promovieron las empresas y por lo tanto el acuerdo no se podrá aplicar.

El pasado martes, las empresas energéticas presentaron recursos de amparo ante este juzgado contra el polémico acuerdo del Cenace, gestor público del sistema eléctrico, que obliga a frenar la puesta en marcha de centrales solares y eólicas.

Entre los demandantes están la empresa española FV Mexsolar XI, que construye un parque solar en el estado de Veracruz, y la mexicana Dolores Wind.

El juez tiene en trámite más de 20 amparos y se prevé que mantenga el mismo criterio.

Se apuntó que las resoluciones solo aplican a las empresas a las que se le concedió la suspensión definitiva y no sirven para anular el polémico acuerdo que a finales de abril obligó a frenar “las pruebas preoperativas de las centrales eléctricas intermitentes eólicas y fotovoltaicas en operación comercial”.

Hace una semana, cuando otorgó las suspensiones provisionales, el juez señaló que el acuerdo de Cenace “representa un retroceso en la transición energética del país”, además de que vulneraba los derechos a la libre competencia económica, acceso a la salud y medio ambiente sano.

Tras publicarse el Acuerdo para garantizar la eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad y seguridad del Sistema
Eléctrico Nacional, con motivo del reconocimiento de la epidemia del COVID-19, Canadá y la Unión Europea enviaron sendas cartas a la secretaria de Energía, Rocío Nahle, expresando sus reservas.

Dicha medida afectará proyectos eléctricos en 18 estados con una inversión total de más de 30,000 millones de dólares, según el Consejo Coordinador Empresarial (CCE). Además, peligran 44 proyectos en construcción con más de 6,400 millones de dólares de inversión, denunciaron la Asociación Mexicana de Energía Solar (Asolmex) y la Asociación Mexicana de Energía Eólica (Amdee).

Además de dicho acuerdo, el 15 de mayo, la Secretaría de Energía publicó la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), la cual estableció una limitación sin fecha a las energías renovables, ya que por su intermitencia “exponen a daños financieros al SEN, así como a los usuarios finales”.

La semana pasada, el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, defendió estos acuerdos para favorecer a las empresas públicas Petróleos Mexicanos (Pemex) y Comisión Federal de Electricidad (CFE).

Luego de que se diera a conocer el estudio de Impacto Ambiental del Proyecto de Aeropuerto Internacional de Santa Lucía (AISL), el colectivo #NoMásDerroches aseguró que dicha construcción sigue suspendida judicialmente, pues el Poder Judicial de la Federación no la condicionó únicamente dicho estudio.

Reconocieron que dicha resolución determina que es “ambientalmente viable” el proyecto, por lo cual lo autoriza de manera condicionada.

Sin embargo, reiteraron que el Poder Judicial de la Federación condicionó la construcción a que se contara con estudios, dictámenes y permisos en materia cultural, arqueológica, de seguridad, de viabilidad aeronáutica, y de estrategia social, política e interinstitucional.

“La autorización de SEMARNAT es solo UNO de numerosos requisitos que puso el Poder Judicial de la Federación para que pueda iniciar la construcción del AISL. Al día de hoy, se encuentran vigentes once suspensiones judiciales que condicionan dicho proyecto al cumplimiento de los requisitos indicados”, enfatizó el colectivo.

Adicional, precisaron que el artículo 10° de la Ley de Aeropuertos indica que para que pueda construirse un aeropuerto civil, el encargado del proyecto debe contar con un título de concesión, el cual únicamente se le puede otorgar a una sociedad mercantil.

En este caso, la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) quien, como lo ha afirmado el Gobierno de México, será la encargada de construir y operar el Aeropuerto de Santa Lucía, ni cuenta con título de concesión ni es una sociedad mercantil.

El colectivo remató haciendo un llamado a que se cumpla a cabalidad lo que establecen las leyes mexicanas y los tratados internacionales, pues la construcción de un Aeropuerto Internacional no admite improvisaciones.