El Congreso del Estado de México aprobó este jueves por unanimidad, reformas al Código Penal local para tipificar como delito, con penas de hasta 14 años de prisión, la difusión de imágenes, audios, textos o contenido visual de naturaleza erótica o sexual, a través de medios digitales, sin la autorización del sujeto.

Las modificaciones al Código Penal establecen penas de uno a cinco años de prisión y multas de 200 a 500 unidades de medida a quien, con la anuencia del sujeto, haya obtenido imágenes, audios, textos, grabaciones, de naturaleza erótica, sexual y las revele, publique o difunda sin consentimiento.

Las penas y sanciones se aumentarán hasta una mitad cuando el sujeto activo haya sido cónyuge, concubina o concubinario, o haya tenido alguna relación sentimental afectiva, de confianza, o laboral con la víctima, o haya cometido la conducta con fines lucrativos o haciendo uso de su calidad de servidor público.

La reforma indica además que quien coaccione, hostigue o exija a otra persona la elaboración remisión de imágenes o grabaciones de voz o contenidos audiovisuales de naturaleza erótico, sexual, bajo amenaza de revelar, publicar, difundir o exhibir, podría recibir de tres a siete años de prisión y una multa de 200 a 400 unidades de medidas de actualización.

Las penalidades aumentarán al doble cuando el delito se cometa en contra una persona menor de 18 años o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirlo, aún y cuando mediare su consentimiento, y será perseguido de oficio.

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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