El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ratificó la respuesta del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre la negativa de dar acceso a los aspirantes a candidatos independientes a los tiempos de radio y televisión durante el periodo de intercamapañas.

 

El INE había resuelto en dicha dirección luego de que el aspirante a candidato independiente a la Presidencia, Armando Ríos Piter, solicitara poder acceder a los tiempos, alegando inequidad en el proceso electoral.

 

El Tribunal señaló que para acceder a los tiempos oficiales, se debe de tener la calidad de candidato independiente, por lo que se consideró que no existe inequidad entre los aspirantes y candidatos que serán registrados por los partidos, ya que durante las intercampañas está prohibido realizar proselitismo electoral.

 

Los magistrados determinaron que en el marco constitucional y legal vigente, los ciudadanos que sean postulados por los partidos políticos como candidatos y los aspirantes a candidatos independientes no tienen derecho a la prerrogativa de acceso a radio y televisión.

 

El Pleno consideró que la etapa de intercampaña no constituye un periodo de competencia electoral ni de llamamiento al voto a militantes o al electorado en general, sino que se trata de una etapa del proceso electoral en la que la autoridad electoral difunde información sobre la organización de los procesos electorales, se invita a la ciudadanía a participar en las elecciones y se promueven los valores de la cultura democrática.

 

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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