La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) emitió una medida precautoria a efecto de que Ticketmaster, en un término de 48 horas, suspenda la negativa que anunció sobre un reembolso por la  posibilidad de inasistencia de algún o algunos de los artistas anunciados  para un festival.

“La cláusula de no reembolso publicada por Ticketmaster México en sus términos y condiciones, en relación a la venta de boletos para un festival, podría ser violatoria de los artículos 1°, 7, 10 segundo párrafo, 56 y 85 de la Ley Federal de Protección al Consumidor”, advirtió la Profeco.

La Procuraduría recordó que todo proveedor se encuentra obligado a respetar los servicios que se hubieran ofrecido o convenido con el consumidor; es decir, si ofreció que un artista determinado estaría en el evento en cuestión, lo cual pudo motivar la compra de éste evento, “la proveedora debe respetar tales condiciones”, recalcó.

Dijo que en caso de que el proveedor incumpla las condiciones ofrecidas, salvo que mediara fuerza mayor (enfermedad o accidente), el consumidor tiene derecho a solicitar el reembolso del precio pagado, incluido el costo del boleto y los cargos por servicio, así como una bonificación o compensación no menor al 20%, ya sea respecto al total de días que dure el festival o solo del día que no decida asistir el consumidor.

Advirtió que un consumidor afectado tiene hasta un año de plazo para presentar su queja ante la instancia correspondiente.

Profeco remató indicando que de no atenderse la medida precautoria emitida, daría lugar al inicio de un procedimiento por infracciones a la Ley contra Ticketmaster.

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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