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Este martes, Julio Hernández el abogado de Rosario Robles promovió un juicio de amparo en el que acusó a la Fiscalía General de la República (FGR) de no respetar el debido proceso ni el derecho de defensa de su clienta por lo que pidió que se suspenda cualquier orden de detención.

El abogado, Señaló que él y su clienta se enteraron del caso por los medios de comunicación y luego de ello, acudió a la FGR para ser enterado de las acusaciones que se le imputan, pero nuevamente se le negó toda información con el argumento de que el caso ya está judicializado.

Además indicó que les ha sido negado el derecho de audiencia, el derecho de defensa ha sido negatorio, y puntualizó que no han podido ofrecer pruebas de su inocencia.

Refirió que, aunque existe la posibilidad de que Rosario Robles sea detenida el 8 de agosto próximo, cuando acuda a comparecer ante el juez, él espera que no ocurra.

En las próximas horas se sabrá si el juicio de amparo es aceptado, a que juzgado se asigna y si se concede algún tipo de suspensión.

Luego de que fuera detenido el pasado 9 de julio en un restaurante de la Ciudad de México en cumplimiento de una orden de aprehensión por los delitos de delincuencia organizada y lavado de dinero, el abogado Juan Collado solicitó un amparo contra su detención.

El amparo fue presentado ante el juez noveno de Distrito de amparo en materia penal de la Ciudad de México, quien resolvió cinco días para aclarar puntos que resultan imprecisos en su demanda.

Collado acusa que en su detención se violaron sus derechos humanos contemplados en los artículos 1, 14, 16 y 20 de la Constitución.

Será en dicho plazo en que se sepa si el amparo es admitido o no, lo que definiría su permanencia en el reclusorio Norte, a donde fue trasladado luego de la audiencia inicial que se prolongó por más de 11 horas.

En dicha audiencia, el juez vinculó a Collado a proceso, y ordenó prisión preventiva de seis meses para que la Fiscalía General de la República (FGR) pudiera llevar a cabo la investigación complementaria.

Recordemos que la FGR informó que Collado, quien ha representado a personajes como el ex presidente Enrique Peña Nieto o el líder petrolero Carlos Romero Deschamps, podría estar implicado en una red de lavado de dinero, que ha ocupado empresas fantasmas para realizar diversas operaciones, algunas simuladas, para defraudar a accionistas y evadir impuestos.

El Juzgado Decimosegundo de Distrito de Amparo en materia Penal, concedió la suspensión provisional al dueño de Altos Hornos de México (AHMSA), Alonso Ancira Elizondo, contra una eventual orden de aprehensión en México, además de frenar la “suscripción y publicación de la búsqueda internacional con fines de detención (ficha roja) del empresario”.

La juez Rosa María Cervantes Mejía dio tramite al juicio de amparo que interpuso el empresario el pasado 12 de junio, el cual quedó radicado en el expediente 522/2019, y un día después, el 13 de junio concedió la suspensión a Ancira Alonso quien se encuentra preso en Mallorca, España desde el pasado 29 de mayo.

En su resolución, Cervantes Mejía le fijo el pago de una garantía de 6 mil pesos, mismo que realizó un día después a través del billete de depósito 075906 de Bansefi.

Asimismo, la impartidora de justicia solicitó a los Juzgados Octavo y Decimocuarto de Distrito de Amparo en materia Penal copias certificadas de los juicios que promovieron los otros imputados a quienes se les relaciona con el acto reclamado.

El dueño de Altos Hornos de México fue detenido en Mallorca, el 28 de mayo, a petición de Petróleos Mexicanos quien lo demando ante la Fiscalía General de la República (FGR) por presuntamente incurrir en delitos de daño patrimonial a la paraestatal.

Ancira fue trasladado a una prisión provisional en España y su abogado Ismael Oliver, formuló una petición de libertad, la cual fue negada por el juzgado de instrucción número 1 de la Audiencia Nacional por lo que deberá esperar a que México formule su solicitud de extradición.

El empresario es acusado por corrupción al detectarse que vendió, en diez veces mas de su valor, una planta de nitrogenados a Pemex en un trato de 500 millones de dólares.

Al ser detenido, a Ancira se le informó que había una ficha roja en su contra, -detención provisional con fines de extradición- por lo que ahora la FGR deberá formular una extradición con constancias de la investigación que se hizo para imputar el delito.

La suspensión provisional solo será por un breve lapso hasta que la juez decida si le otorga la suspensión definitiva.

Este miércoles, un juez federal concedió la suspensión definitiva de la orden de aprehensión girada en contra de Emilio Lozoya, exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex).

A finales de mayo, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda congeló cuentas bancarias de Emilio Lozoya y sus familiares; de Alonso Ancira y de Altos Hornos de México, entre otros.

El jefe de la UIF, Santiago Nieto, detalló en una entrevista que la investigación se centra en transferencias de dinero que AHMSA realizó a una filial fantasma de la gigante brasileña Odebrecht, que a su vez hizo llegar los recursos a cuentas de Lozoya.

Más tarde, la Fiscalía General de la República (FGR) obtuvo órdenes de aprehensión contra Lozoya y Ancira, quien fue detenido en Mallorca.

El 29 de mayo, la jueza federal Luz María Ortega Tlapa concedió una suspensión provisional de la orden de aprehensión contra el exdirector de Pemex.

Familiares y colaboradores de Lozoya tramitaron también amparos contra su posible detención. Aunque fueron aceptados, tuvieron que pagar 100 mil pesos para hacer efectiva la suspensión provisional.

Entre quienes promovieron amparos está Gilda Margarita Austin y Solís, madre de Emilio Lozoya. Su amparo 463/2019 se registró en el Juzgado Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal de la Ciudad de México. Otro amparo fue para su hermano, Juan Jesús Javier Lozoya Austin. El expediente es 464/2019 y se radicó en el mismo juzgado.

El ex director de Pemex, Emilio Lozoya, presentó un amparo ante un juez federal para que se le permita conocer cuál es el delito del que se le acusa y evitar su detención, confirmó su abogado Javier Coello.

En entrevista telefónica, el abogado indicó que hasta ahora no tienen más información sobre la orden de aprehensión que se giró en contra de su cliente. “Sólo tenemos la información que han difundido los medios de comunicación, por ello presenté un amparo”.

Y es que esta tarde se dio a conocer que un juez federal giró órdenes de aprehensión en contra del ex director de Petróleos Mexicanos y de un directivo de la empresa Altos Hornos de México (AHMSA).

Al respecto, se confirmó que el directivo en cuestión se trata del presidente de AHMSA, Alonso Ancira, quien fue detenido hoy en España por agentes de Interpol.

El empresario fue detenido en Mallorca a solicitud de las autoridades mexicanas y con fines de extradición.

Según el diario El País, el empresario mexicano fue arrestado en el aeropuerto de Palma de Mallorca, al aterrizar esta noche en un vuelo privado, aunque no reveló mayores detalles.

La coordinadora de los diputados del PRD, Verónica Juárez Piña, informó que su grupo parlamentario presentó ayer martes, un amparo contra el memorándum que envió el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) a las secretarías de Hacienda y Crédito Público, Gobernación y Educación para dejar sin efecto la actual reforma educativa.

Indicó que el recurso fue presentado ante el Juzgado Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región con Residencia en la Ciudad de México, pues consideran que hay una violación a la Constitución.

“Consideramos la no aplicación correcta del artículo tercero vigente de nuestra Constitución, en perjuicio de los integrantes del Sistema Educativo Nacional”, y “hay una violación a los tratados internacionales en materia educativa, al mismo tiempo, una violación al principio constitucional de la división de poderes”, sostuvo la legisladora.

Expuso que el PRD pretende evidenciar que existe una violación de los Derechos Humanos; una violación al artículo tercero, párrafo tercero, de la Constitución; un agravio al interés superior de la niñez; una transgresión al principio de congruencia en relación con el artículo 14 que se refiere a la seguridad jurídica.

Juárez Piña señaló que la figura jurídica del memorándum no existe, por lo que carece de validez; además de que es una invasión de facultades del Poder Judicial de la Federación, que es el órgano supremo constitucional facultado para rendir justicia.

Integrantes de la bancada del PRD indicaron que “nadie debe estar por encima de la ley, entonces, esto quiere decir que un memorándum, firmado frente a las cámaras, no tiene ningún valor jurídico, en realidad manda un mensaje muy desafortunado a la ciudadanía”.

Remataron asegurando que dicho documento no es más que un mensaje político. “Estamos convencidos de que si la ley no es justa se cambia, pero no se rompe”.

Cecil Duarte, hermano del ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, interpuso, por segunda ocasión, una demanda de amparo con la que busca evitar ser aprehendido.

El juez Sexto de Distrito de Amparo en materia Penal concedió la suspensión provisional a Cecil Duarte que quedó radicada en el expediente 291/2019, además de que se le fijó como garantía el pago de 200 mil pesos.

La demanda fue interpuesta el pasado 11 de abril y será el próximo tres de mayo cuando se realice la audiencia constitucional correspondiente.

Cabe mencionar que en agosto de 2018, el hermano del ex Gobernador de Veracruz interpuso un amparo en contra de cualquier orden aprehensión, comparecencia o arraigo en su contra y quedó radicada en el expediente 704/2018.

El Juez Décimo de Distrito le concedió la suspensión provisional en aquel momento y se le requirió el pago de una garantía por 26 mil 500 pesos.

Luego de que la autoridad competente determinara que no existía ninguna orden de este tipo, el juez le negó la suspensión definitiva, por lo que en febrero de este año, Cecil Duarte se desistió de esa demanda de amparo.

Durante el gobierno de Miguel Ángel Yunes Linares, Cecil Duarte fue acusado de fraude por 500 millones de pesos debido a la entrega de concesiones de taxis, el robo de información y credenciales de elector empleadas de manera indebida para la asignación de dichas concesiones fraudulentas.

De acuerdo con versiones extraoficiales se pudo conocer que a través de su hermano es como Javier Duarte envía el sustento económico a Karime Macías y sus hijos.

Cecil Duarte ha sido el único familiar que acude al Reclusorio Norte a visitar a Javier Duarte, preso desde julio de 2017.

Javier Duarte fue detenido en Guatemala por los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita y delincuencia organizada.

El juez décimo sexto de distrito en materia administrativa de la Ciudad de México desechó este viernes la demanda de amparo que interpusieran los senadores de oposición en contra del segundo envío de las ternas a comisionados de la Comisión Reguladora de Energía (CRE).

Y aunque no se dieron a conocer las razones del fallo, en la lista de acuerdos del Consejo de la Judicatura se señaló “se actualiza la causa de improcedencia (…) por lo tanto, se desecha la demanda de amaro”.

Y es que recordemos que el senado de la bancada del PAN, Julen Rementería del Puerto dio a conocer que junto a otros compañeros del PRD, PRI y Movimiento Ciudadano había presentado la demanda, ante la decisión del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) de repetir 11 de los 12 perfiles que había presentado en un inicio.

Al respecto, la titular de la Secretaría de Energía, Rocío Nahle, informó a través de sus redes sociales que este viernes se integraron los cuatro nuevos comisionados a la CRE.

Indicó que después de dos meses en que la Comisión se había quedado sin la totalidad de sus integrantes, los comisionados designados por AMLO de forma directa se integraron para poder así, volver a sesionar.

Los nuevos integrantes de la CRE son Luis Linares, Norma Campos, José Celestino y Guadalupe Escalante.

La titular del Juzgado Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal, Sandra Leticia Robledo, negó un amparo al exgobernador de Veracruz, Javier Duarte, con lo que se ratifica su vinculación a proceso por el delito de peculado por 220 millones de pesos.

La juez consideró que los datos de prueba expuestos por la Fiscalía General de Veracruz son suficientes para establecer la probabilidad de que Duarte de Ochoa y coacusados cometieron, cada uno por sí, un delito.

Robledo indicó que el juez de Xalapa actuó conforme a lo previsto en el artículo 19 Constitucional, porque es correcto que haya clasificado la intervención del exgobernador como autor material de un ilícito y lo haya vinculado a proceso con base en la ley local.

Según la carpeta de investigación, la Fiscalía General de Veracruz acusó a Duarte de haber desviado 220 millones de pesos del presupuesto de la Comisión del Agua local, dinero que nunca se devolvió.

Esto impactó en que no se concluyeran obras de agua potable, saneamiento de aguas y alcantarillado en zonas urbanas, con lo que se acreditó que los recursos no se utilizaron para lo que estaban destinados.

Por ello, se imputó a Duarte de Ochoa y otros coacusados, quienes fueron vinculados a proceso, dentro de la carpeta judicial 56/2017, por el juez de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Distrito Judicial de Xalapa.

La juez Sandra Leticia Robledo Magaña ratificó dicha resolución, pues dijo que el juez en materia oral actuó de manera adecuada.

Estimó que la prisión preventiva es “revisable” en cualquier tiempo, por lo cual, de variar su situación jurídica y estar en aptitud de quedar libre, tiene acceso a solicitar una audiencia para debatir el cambio a otra medida cautelar.

Actualmente, Duarte se encuentra preso en el Reclusorio Preventivo Norte de la Ciudad de México donde cumple una sentencia de nueve años de prisión que un juez federal le dictó el 26 de septiembre de 2018 por el delito de asociación delictuosa y lavado de dinero.

El presidente de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la Cámara de Diputados, Óscar González Yáñez, afirmó que el amparo que interpuso el consejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova, para evitar reducción salarial, “tiene razón jurídica, pero no ética ni moral”.

“Creo que ahí a Lorenzo Córdova le está faltando leer bien la elección del 2018; creo que nada más está viendo números; debería de hacer un análisis sociológico de la elección, no solamente numérica”.

El integrante del Partido del Trabajo (PT) dijo que el haber establecido en la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos que nadie gane más que el Presidente, es un un avance la materia.

Señaló que ninguno de los altos funcionarios deben olvidar el llamado a la moral y a la ética, pues si bien nadie los obliga, no hacerlo podría ocasionarles perder autoridad moral, y sin ella “no puedes conducir una sociedad”.

Al respecto, González Yáñez indicó que al Congreso le compete la selección y designación del contralor del INE, que quien resulte electo durará seis años en el puesto.

Recordemos que la semana pasada se dio a conocer que Lorenzo Córdova presentó un amparo en contra del recorte a su salario como parte de las medidas de austeridad impulsadas por el nuevo gobierno federal a través de la Ley de Remuneraciones.

El consejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova, presentó el pasado martes, una impugnación en contra del recorte a su salario como parte de las medidas de austeridad impulsadas por el nuevo gobierno federal a través de la Ley de Remuneraciones.

Dicha ley indica que ningún funcionario puede ganar más que el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), quien fijó su salario en 108 mil 656 pesos mensuales.

La demanda de amparo fue presentada a título personal y es independiente de la controversia constitucional que el propio INE presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra la Ley de Remuneraciones y el Presupuesto de Egresos de la Federación del 2019.

“Tales actos vulneran en mi perjuicio diversos derechos laborales y sociales, como son el de seguridad jurídica e irreductibilidad salarial reconocidos, entre otros, en los artículos 123, apartado B), y 127 de la Constitución”, se indica en el amparo presentado por Córdova y del cual se supo este viernes.

Y es que, en el Manual de Remuneraciones del INE publicado el pasado 28 de febrero, se establece que las percepciones por sueldo, compensación garantizada, pago de fin de año y prima vacacional de los once consejeros electorales bajaron de 3.7 millones de pesos brutos a 3 millones de pesos.

 

Foto: Twitter @RuidoEnLaRed

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó “por notoriamente improcedente” el amparo en revisión que solicitaron los abogados de Joaquín “El Chapo” Guzmán, con el cual se buscaba su repatriación.

La defensa alegó que al ser extraditado su cliente a Estados Unidos se cometieron errores técnicos en el procedimiento ya que fue entregado a una Corte de Distrito de Nueva York que no lo requería en la petición realizada por el gobierno estadounidense.

Recordemos que apenas en febrero pasado, la Primera Sala de la Suprema Corte desechó dos recursos más de reclamación que la defensa interpuso y en los que también se solicitó la repatriación del narcotraficante.

En ese sentido, el mes pasado, la madre del capo mexicano, Consuelo Loera, pidió al presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) interceder por su hijo para que fuera repatriado a nuestro país.

“Yo tengo fe y la confianza de que él haga algo por mi hijo (…) lo extraño mucho, deseo verlo yo, mi petición es que me permitan ir a verlo y que lo trasladen para México”, dijo la señora Loera en el marco de la visita que AMLO hizo a Badiraguato, Sinaloa.

 

Carlos Romero Deschamps, líder del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) goza de una suspensión definitiva de orden de captura por lo que por tiempo indefinido no podrá ser detenido.

El diario Reforma da a conocer la decisión tomada por el juez primero de distrito con sede en Naucalpan, Aurelio Damián Magaña, cuya determinación contra cualquier posible orden de aprehensión contra el también senador priista aplica a nivel federal o del fuero común.

La protección se da porque el titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, así como el Centro de Justicia Penal Federal de Almoloya no le quisieron informar si efectivamente existe esa orden de captura, indica el rotativo.

El juez se basa en el artículo 142 de la Ley de Amparo, el cual, afirma, le obliga a considerar como presuntamente existente la orden de aprehensión o cualquier acto reclamado, cuando las autoridades no le rinden un informe previo para precisar esa información.

Y en este caso, Gertz Manero y los jueces de control de Almoloya fueron debidamente notificados de su requerimiento para rendir esa información pero no respondieron y por su silencio, Damián Magaña, desvirtuó los informes de la Policía Federal, la Agencia de Investigación Criminal y la Procuraduría capitalina, que le informaron que no tenían conocimiento de una orden de captura contra el líder petrolero.

El diario indica en su nota que a Romero Deschamps se le impuso una garantía de 10 mil pesos para mantener la vigencia de esta protección, dinero que ya fue pagado.

Además, el juez aclaró en su fallo que la suspensión no lo protegerá contra una orden de captura por un delito con prisión preventiva oficiosa.

Un juez federal rechazó otorgar un amparo que promovió el líder petrolero, Carlos Romero Deschamps contra cualquier orden de aprehensión en su en su contra. Esto debido a que no aclaró los requerimientos que se le solicitaron.

El dirigente del Sindicato Petrolero había manifestado que el 4 y 5 de enero acudieron al despacho de sus abogados unos hombres vestidos de policías para preguntar por él. Ante ello, el juez Jesús Alberto Chávez dio un plazo de 5 días para aclarar por escrito porque aseguraba que los supuestos policías eran federales y no de otra corporación, lo cual no hizo.

Sin embargo, Romero Deschamps aún puede presentar una impugnación a la decisión del juzgador ante un tribunal colegiado, pues dicha autoridad puede ordenar al juez admitir el amparo.

El líder sindical presentó su amparo el pasado 8 de enero, contra cualquier orden de aprehensión, comparecencia o citatorio y su ejecución, así como tener acceso a cualquier averiguación previa o carpetas de investigación en su contra.

A pesar de que el número de amparos de los funcionarios que se niegan a que se les reduzca el salario va en aumento, el presidente Andrés Manuel López Obrador advirtió que no cree que el Poder Judicial “se vaya a atrever a violar la Constitución” y echar abajo la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos.

“Yo creo que se va a resolver bien, no creo que el faro de la ley, que es el Poder Judicial, se vaya a atrever a violar la Constitución, no lo creo. Entonces, hay que esperar los resultados”, dijo en conferencia de prensa.

Esto, luego de que el Banco de México (Banxico) promovió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una controversia constitucional contra la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos y consideró que no se está respetando su autonomía.

Ante lo que López Obrador consideró que están en su derecho y aunque no impondrán nada por la fuerza, es un asunto de legalidad.

“Qué bueno que se ejercen estos derechos, el derecho al amparo, y que se abra el debate sobre estos temas y que el que sienta que está siendo afectado que acuda a la autoridad competente en busca de amparo. Pero esto ya no es un asunto que dependa de nosotros, no es conmigo, es con la ley. La Constitución establece que ningún funcionario puede ganar más que el presidente de la República”, dijo el tabasqueño.

Pese a la resolución del Instituto Nacional de Información Pública y Datos Personales (INAI), en la que ordenaba a la Procuraduría General de la República (PGR) abrir a versión pública la investigación del caso Odebrecht, la dependencia negó el acceso a dicha carpeta.

Ante una petición del portal Animal Político, la PGR expuso siete motivos por los cuales indicó que era imposible transparentar el expediente, entre los que destacan que se debe a que las carpetas de investigación están en curso, y por tanto, su contenido es estrictamente reservado por la ley.

Adicional señaló que interpuso una demanda de amparo en contra de la resolución del INAI, que al seguir en litigio, impide se puede dar información de ningún tipo. La PGR también señaló que las solicitudes que se han planteado hasta el momento para conocer el caso Odebrecht obedecen a una “simple curiosidad” de una persona, o en el mejor de los casos de un “sector a la población”.

“La difusión de la información solicitada no puede ser indiscriminada, ni obedecer a la simple curiosidad del ciudadano o del interés de un sector de la población (…) el interés público en este asunto se traduce precisamente en la necesidad de la sociedad para que los hechos que se investigan sean esclarecidos. El estimar que la publicidad de una carpeta de investigación abona a la transparencia (…) es un planteamiento que atenta en perjuicio del verdadero interés público” indicó la PGR.

Otras de las razones que dio la dependencia para no revelar la carpeta de investigación, es que se corre el riesgo de vulnerar la presunción de inocencia de los involucrados y poner en riesgo su “buen nombre” y su “prestigio”. Además indicó que no hay “elementos suficientes” para que se señale que los delitos federales tipificados sean efectivamente considerados “actos de corrupción”.

Recordemos que la PGR reservó la información del caso Odebrecht por cinco años.