La propuesta de Ley de Amnistía aprobada por el Congreso no es suficiente para enfrentar el problema de las personas privadas de su libertad por delitos menores, así como para afrontar el hacinamiento en las cárceles ante el COVID-19, alertó la organización Causa en Común.

El organismo ciudadano advierte que, ante la velocidad con lo que avanza la pandemia en el país, “esta propuesta se pudiera convertir en letra muerta en el caso de que fallezcan las personas en prisión a causa de factores burocráticos, y a la naturaleza misma de la ley cuyo periodo de implementación no pudiera ser tan rápido como la situación lo requiere”.

María Elena Morera, presidenta de Causa en Común, consideró que ante la crisis sanitaria que se vive, el Estado se encuentra obligado a implementar todos los mecanismos que de forma ágil y eficiente garanticen el derecho a la salud de las personas privadas de la libertad, y si bien la propuesta tiene importantes fines de justicia, se requieren respuestas más adecuadas.

“Aplicar la figura del indulto otorgaría un mejor resultado, ya que se puede actuar de manera más inmediata, a diferencia de la Ley de Amnistía que establece mayores plazos para su implementación”, precisa Morera.

Causa en Común destaca que, ya que la iniciativa sólo tendrá alcance para los delitos del orden federal y no para los sentenciados en el ámbito local, se debe implementar de forma inmediata una política en todo el país que resuelva la situación de vulnerabilidad en la que se involucren a las personas privadas de la libertad por delitos del fuero común, así  como revolver el abandono que existe en los penales, ya que viven una permanente fragilidad en términos sanitarios y de seguridad.

Por su parte la organización Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) dijo que si bien la intención de aprobar la Ley de Amnistía pudiera ser noble y justa, considerando la situación sanitaria que se vive en el país, carece de una adecuada técnica legislativa y deja de lado temas indispensables para su aplicación.

“La realidad es que con el texto aprobado resulta prácticamente imposible que una persona condenada o sujeta a proceso sea “amnistiada” en atención a la emergencia sanitaria que hoy acecha al planeta”, alertó MCCI.

Explicó que la nueva Ley es la sexta amnistía en la historia de México. Las otras cinco van desde la amnistía aprobada por Benito Juárez en 1879 para perdonar a quienes apoyaron al imperio de Maximiliano de Habsburgo, hasta la amnistía promovida en 1994 por Carlos Salinas de Gortari en favor de los integrantes del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) por el levantamiento zapatista.

Todas ellas han buscado beneficiar a las personas que participaron en algún enfrentamiento político específico. Las otras tres amnistías fueron aprobadas en el marco de la revolución mexicana, el movimiento estudiantil de 1968 y la guerrilla de la Liga Comunista 23 de Septiembre y el Partido de los Pobres.

Subrayó que la nueva Ley de Amnistía no busca pacificar un conflicto político con ningún grupo en especial, sino supuestamente, subsanar injusticias cometidas contra algunos grupos vulnerables. Ordena la liberación de las personas que se encuentren en alguno de los siguientes casos, siempre y cuando no hayan cometido ningún delito violento o con arma de fuego, y no sean reincidentes:

  1. Mujeres que hayan abortado y el personal médico o familiares que las hubieren asistido.
  2. . Personas que hayan cometido “narcomenudeo”, en casos específicos.
  3. Pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas, en ciertas circunstancias.
  4. Personas que hayan cometido robo simple y sin violencia.
  5. Quienes hayan cometido el delito sedición, lo que implica resistencia o ataques a la autoridad para impedir el libre ejercicio de sus funciones.

Alertó que las personas que se encuentran en dichos criterios no serán beneficiadas tanto como parece en el texto de la nueva Ley y en el discurso de las autoridades.

Puso como ejemplo que ninguna mujer que haya abortado será liberada, pues no existe mujer alguna en prisión por haber cometido el delito de aborto a nivel federal. Según un estudio del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), mientras que entre 2007 y 2017 hubo 228 personas condenadas por el delito de aborto en las diferentes entidades de la República, en el mismo periodo sólo hubo 3 sentencias a nivel federal.

“Por ello, vale la pena preguntarnos si la Ley aprobada ayer realmente busca solucionar un problema o sólo es un acto simbólico o propagandístico, al menos en este punto”, destacó MCCI.

Otro ejemplo que puso es que serán pocas las personas amnistiadas por delitos de narcomenudeo. Según reconoce la iniciativa, mientras que a nivel local se han registrado 99,694 casos de personas que cometieron este delito, a nivel federal sólo se cuenta con el registro de 1,045 incidencias. A ese número de posibles beneficiarios hay que restar todas las personas que ya no están en prisión y las que no serán elegibles para la amnistía, es decir, quienes sean reincidentes o hayan cometido delitos con armas de fuego, o aquellos que fueron condenados por “portar” más del doble del gramaje permitido por ley entre otros supuestos.

MCCI concluye afirmando que es improbable que la Ley de Amnistía sirva realmente para lograr sus objetivos: uno, pacificar el país en medio de una guerra militarizada contra el crimen organizado, y dos, disminuir los contagios de Covid-19 en las prisiones.

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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