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La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el coordinador de Comunicación Social y vocero del Gobierno de la República, Jesús Ramírez Cuevas, violó la Ley al difundir propaganda en una etapa prohibida.

La decisión de la Sala llega luego de que el PAN denunciara al presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), porque, en Twitter y YouTube, se publicó propaganda sobre los siguientes temas:

• 1 de junio. El triunfo electoral de Morena en el proceso electoral federal de 2018
• 2 de junio. Inicio de los trabajos para construir la refinería Dos Bocas, en Tabasco (logro de gobierno)

Al definir las responsabilidades por los hechos, las y los magistrados del Tribunal determinaron que el presidente López Obrador no es responsable, puesto que no ordenó las publicaciones en internet ni administra las cuentas de redes sociales del Gobierno de México.

Determinaron que la responsabilidad de dicha violación era atribuible al Coordinador de Comunicación Social, Jesús Ramírez Cuervas, por lo que se envió la sentencia alcanzada al Presidente de la República para que determine lo que corresponda.

La diputada del PAN, Laura Rojas, presentó de manera formal una queja ante el Defensor de la Audiencia de Canal Once, Felipe Neri López Veneroni, por la “falta de pluralidad, objetividad, sesgos informativos y conductas discriminatorias” en los contenidos de los programas de televisión “La Maroma Estelar” y “John y Sabina”.

Con el respaldo de 67 diputados de su grupo parlamentario y del PRD, se señala que dichos programas no cumplen con las disposiciones legales que se establecen en materia de derechos de audiencias, respecto a que debe existir un pluralismo político y respeto por la dignidad de las personas.

Rojas Hernández sostuvo que gran parte de los contenidos del Canal Once se han destinado a la implementación de programas, con personas que históricamente han sido afines a la ideología de la actual administración federal.

“Lo que resta pluralidad, diversidad y falta de objetividad; y transgrede la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y su propio Código de Autorregulación”, agregó.

La legisladora aseguró que, desde el inicio de la presente administración federal, la programación del Canal Once ha tomado un sesgo propagandístico del quehacer gubernamental.

La diputada insistió en que, en la queja presentada al funcionario de Canal Once, se solicitó que se emitan observaciones, recomendaciones y/o propuestas de acción correctiva, por los contenidos de las transmisiones.

Los legisladores que apoyan la queja buscan que se evite incurrir en conductas discriminatorias y formulación de estereotipos respecto de personas que piensan, critican y opinan en contra del régimen del gobierno federal actual.

Finalmente, Rojas Hernández indicó que los medios públicos tienen como principal misión ser espacios abiertos a cualquier tipo de información, la pluralidad de ideas y opiniones que fortalezcan la vida democrática de la sociedad, a fin de evitar incurrir en conductas discriminatorias o excluyentes.

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió una medida cautelar solicitada por el Partido Acción Nacional (PAN) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD), en contra del Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador (AMLO) y del Secretario de Turismo, Miguel Torruco Marqués, derivado de la difusión del video “Estrategia Nacional de Turismo 2019-2024”.

Los partidos indicaron que la difusión de dicho video, vía la red social Twitter, constituía propaganda personalizada, además de que utilizaba recursos públicos de manera indebida al posicionar la imagen y nombre del actual Presidente, así como el logotipo de MORENA.

Por unanimidad de votos, la Comisión determinó declarar la improcedencia de la medida cautelar, ya que indicaron que se trató de actos consumados de manera irreparable, debido a que el video ya no se encuentra disponible en la cuenta de Twitter de la Sectur.

Sin embargo, también se concedió una tutela preventiva, mediante la cual se pidió a todas las áreas de comunicación social del gobierno federal, se abstengan de difundir el emblema o nombre de un partido político dentro de la propaganda gubernamental.

 

El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución de la Sala Regional Especializada, por la cual se había sancionado a Javier Lozano, entonces vocero de la campaña presidencial de José Antonio Meade, por la difusión de propaganda electoral discriminatoria contra Andrés Manuel López Obrador (AMLO).

La Sala Especializada determinó en su momento, que el video retuiteado por Lozano Alarcón a través de su cuenta de Twitter, giraba principalmente en torno a la edad del tabasqueño, correspondiente a un adulto mayor, y estableció que dicha crítica forma parte de un estereotipo discriminatorio, el cual normaliza la idea de que los adultos mayores, por el hecho de su edad, no son capaces de hacer frente a las actividades laborales.

Sin embargo la Sala Superior determinó que no se podía imputar a Lozano Alarcón el contenido del video, porque el retuiteo que realizó se encuentra amparado en el ejercicio de la libertad de expresión.

La Sala Superior resaltó que un retuit, sin comentario, no está prohibido, y por lo mismo de ningún modo podría sancionarse, debido a que esa es la forma más auténtica de difundir información de manera imparcial, esto es, sin hacer algún comentario favorable o en sentido inverso de una información difundida en las redes sociales.

Por lo tanto, la Sala Superior consideró procedente revocar la resolución dictada y, como consecuencia, dejar sin efectos la sanción impuesta a Lozano Alarcón.

 

El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) en la que se declaró que no existen elementos para acreditar una conducta sancionable en materia de fiscalización, por la contratación de cinco publicaciones en Facebook en contra de Ricardo Anaya.

El Pleno calificó como inoperantes las acusaciones presentadas por el PAN en torno a que las publicaciones denunciadas correspondían a propaganda electoral, toda vez que en ellas no se posiciona a alguna persona con el fin de obtener alguna candidatura, ni se hizo un llamado al voto a favor o en contra de algún candidato o partido político.

Indicaron que la difusión de las publicaciones se dio en función de la libertad de expresión en internet, específicamente en Facebook, en donde existe la libertad de compartir contendidos que los usuarios consideran importantes.

Recordemos que el PAN refirió que el contenido de las publicaciones estaba dirigido a afectar la imagen de su entonces candidato a la Presidencia, por lo que, en su opinión, podría tratarse de gastos realizados para favorecer a uno de los otros candidatos a la Presidencia de la República.

Reclamaba que ante dicho escenario, el costo que generaron las publicaciones debía contabilizarse como gastos de precampaña o campaña de quien resultara responsable.

 

La Agencia de Gestión Urbana de la Ciudad de México informó que terminó con el retiro de 10.1 toneladas de propaganda electoral que estaba colocada en mobiliario e infraestructura urbana de las 169 vialidades que conforman la Red Vial Primaria de la Ciudad de México.

Esta cifra corresponde a lonas y pendones que diversos partidos políticos colocaron en postes, semáforos y puentes peatonales de los nueve accesos controlados, 35 Ejes Viales y 125 vialidades.

Asimismo, fue retirada la propaganda del Perímetro A del Centro Histórico, que abarca de República de Perú a José María Izazaga y de Eje 1 Oriente a Eje Central Lázaro Cárdenas.

La propaganda fue recolectada desde el primer minuto del jueves 28 de junio, hasta este viernes que concluyeron las labores; sin embargo, trabajadores de limpia continuarán con los recorridos el día de hoy.

Las 10.1 toneladas recolectadas fueron trasladadas a la Planta de Selección de Aragón, donde se hizo la separación correspondiente para su reciclaje.

SERGIO SARMIENTO

REFORMA

 

 

 

“Ve y denúncialo en la Fepade”.

Lema de propaganda

PLAYA DEL CARMEN, QR.- La propaganda oficial ha pedido a los ciudadanos durante años que denunciemos en la Fepade los actos que buscan violar nuestra libertad de voto. ¿Qué pasa cuando el acto abusivo es la destitución del titular de la Fepade?

 

El despido del fiscal electoral, Santiago Nieto Castillo, es un ejemplo más de cómo el gobierno de Enrique Peña Nieto se mete en problemas innecesarios. La medida tiene todas las huellas de haber sido ordenada directamente por el mandatario. Es difícil pensar que “el subprocurador jurídico y de asuntos internacionales en suplencia del procurador general de la República”, título formal de Alberto Elías Beltrán, haya decidido por sí solo una medida tan políticamente explosiva y jurídicamente cuestionable a unos días de asumir el cargo.

 

La PGR afirma que Nieto fue destituido porque “transgredió lo dispuesto en el Código de Conducta de la Procuraduría General de la República”, pero no especifica qué falta cometió. El despido se dio después de que el periódico Reforma publicó que Emilio Lozoya, ex director general de Pemex, le mandó una carta “diciendo que quiere que yo haga un pronunciamiento público sobre su inocencia y me envía un currículum diciendo quién es su papá, quién es su mamá, en dónde estudió”.

 

Lozoya está siendo investigado por un supuesto desvío al PRI de dinero de sobornos pagados por Odebrecht. El único indicio de los sobornos son declaraciones de ejecutivos de la firma brasileña, pero son testigos beneficiados por involucrar a terceros. La idea de que el dinero fue desviado a la campaña del PRI es, hasta ahora, simple especulación. El caso no parecía tener mucho sustento, pero hoy lo fortalece la destitución del fiscal electoral.

 

El fiscal Nieto no parece haber revelado ningún detalle de la averiguación. Sí dijo que Lozoya le había enviado una carta pidiéndole que hiciera un pronunciamiento público sobre su inocencia, pero el propio abogado de Lozoya había declarado que se estaba enviando esa carta.

 

Nieto ha sido siempre cercano a los partidos de izquierda. Fue asesor del grupo parlamentario del PRD en el Senado, hecho que ocultó cuando contendió por la titularidad de la Fepade. Fue alumno de Jaime Cárdenas, ex consejero electoral que apoyó a Andrés Manuel López Obrador en el PRD y que hoy es miembro de Morena. Sirvió como jefe de asesores de María de la Luz Mijangos, esposa de Jaime Cárdenas, en la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa. También ha tenido, sin embargo, una larga y respetada carrera como académico y funcionario en el ámbito jurídico electoral. Nieto fue nombrado fiscal electoral por un voto unánime del Senado.

 

La cercanía a los partidos de izquierda no es un impedimento para ser fiscal electoral. Los dos anteriores procuradores generales, Arely Gómez y Raúl Cervantes, eran no simpatizantes sino militantes del PRI. La divulgación de una carta en la que Lozoya pide se le exonere, por otra parte, difícilmente puede considerarse una violación del sigilo de una averiguación.

 

Por lo pronto, el presidente Peña Nieto se ha metido nuevamente en un problema político innecesario. Que la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales se quede sin titular ya iniciado el proceso de 2018 es preocupante. Que se destituya a un fiscal electoral como aparente represalia por una investigación de desvío de recursos al PRI es todavía peor. Es un caso tan serio que deberíamos denunciarlo a la Fepade. Sólo que la Fepade está acéfala.

 

 

EJECUCIONES

 

Un guardia de seguridad fue ejecutado a las puertas de un centro nocturno, Men’s Club No le Digas a tu Mamá, en la madrugada del viernes en Playa del Carmen. Hace meses hubo otra ejecución en un bar, El Abrevadero, del mismo dueño. La violencia no ha afectado al turismo… todavía.

 

 

@SergioSarmiento

 

Siendo hoy el plazo en que vence el plazo de impugnación respecto a los lineamientos que el INE aprobó el pasado 20 de julio concernientes a la “cacha pareja” para todos los partidos y políticos rumbo a la elección del 2018, el consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova, informó que incluso la Presidencia de la República ha presentado su alegado al no estar de acuerdo con lo establecido

 

 

 

“El día de hoy terminará la posibilidad de que se impugne el acuerdo Cancha Pareja y las últimas cifras que tengo es que ha habido 105 impugnaciones en contra de este acuerdo, provenientes de los más distintos actores, desde legisladores, federales y locales, hasta a algunos presidentes municipales, pasando por partidos políticos, medios de comunicación, e incluso las consejerías jurídicas de los estados y de la Presidencia de la República”.

 

El Gobernador Eruviel Ávila;  el coordinador de la bancada de los diputados federales del PRI, César Camacho y la Presidencia de la República  son algunos de los entes que han presentado su recurso de impugnación.

 

Córdova sostuvo que aunque “no guste”, el INE emitirá este mes lineamientos que impedirán un uso electoral de los programas sociales y prohibirán la entrega de tarjetas a los ciudadanos, pues “este año el uso de los programas sociales fue un tema controversial (…) hemos decidido emitir reglas antes que las elecciones comiencen”.

 

El acuerdo establece a partir del próximo 8 de septiembre, fecha en inicia formalmente el proceso electoral de 2018, ningún funcionario o personaje público con aspiraciones a ser candidato pueda hacer proselitismo y contratar propaganda mediante recursos públicos o privados en cualquier medio de difusión.

 

Con información de Reforma / Foto: Archivo APO