La Sesión ordinaria de la Cámara de Senadores de este miércoles 09 de diciembre resultó muy ‘productiva’ para los legisladores, ya que en cerca de 13 horas, se aprobaron diversas reformas como la relativas al teletrabajo, la del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, la Ley de Seguridad Nacional, entre otras.

El Pleno del Senado aprobó, en lo general y particular, con 91 votos a favor, la minuta que reforma el artículo 311 y adiciona el capítulo XII BIS de la Ley Federal de Trabajo, en materia de teletrabajo.

El dictamen a la minuta que regula el teletrabajo, establece una nueva definición de trabajo a distancia, entendido como el que se ejecuta habitualmente para un patrón, en el domicilio del trabajador o un local libremente elegido por él, sin vigilancia ni dirección inmediata de quien proporciona el trabajo.

Esta modalidad de trabajo, agrega el dictamen, es una forma de organización laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas, en lugares distintos al establecimiento o establecimientos del patrón, que no requiere la presencia física de la persona trabajadora en el centro de trabajo y que utiliza las tecnologías de la información y la comunicación.

Se establece que las relaciones laborales que se desarrollen más del 40% del tiempo en el domicilio de la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo, o en el domicilio elegido por ésta, se regirán por las disposiciones del Capítulo denominado Teletrabajo. Y señala que no será considerado teletrabajo aquel que se realice de forma ocasional o esporádica.

En el dictamen, también se señala que las condiciones de trabajo se harán constar por escrito mediante un contrato y cada una de las partes conservará un ejemplar. La modalidad de teletrabajo, agrega, formará parte del contrato colectivo de trabajo, que en su caso exista entre sindicatos y empresas, y deberá entregarse gratuitamente una copia de estos contratos a cada uno de las personas trabajadoras que desempeñen sus labores bajo esta modalidad.

Los Senadores también aprobaron un dictamen que modifica la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a efecto de que los concesionarios de radio y televisión puedan pagar, en anualidades, las contraprestaciones por prórrogas.

El proyecto de decreto fue avalado, en lo general y en lo particular, con 94 votos en pro y una abstención.

La reforma establece que, para el pago de la contraprestación por prórroga, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) podrá poner a la consideración del concesionario de radio y televisión, “si desea realizar el pago en anualidades durante el tiempo de vigencia de la concesión o en una sola exhibición”.

Se precisa que, en caso de que el pago sea en anualidades, se actualizará y se calcularán los importes conforme a las disposiciones fiscales, sin perjuicio del erario.

Por unanimidad, el Senado también aprobó la minuta que reforma las Leyes del Seguro Social y de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, cuyo objetivo es garantizar el acceso efectivo a los seguros de invalidez, vejez y cesantía.

Según el texto, la minuta tiene como propósito mejorar la calidad de vida de los trabajadores sujetos al régimen pensionario de la Ley del Seguro Social, mediante el aumento de sus pensiones, incremento del porcentaje de trabajadores que perciban una pensión garantizada y un entorno más eficiente y competitivo en la administración de sus ahorros. Establece que las administradoras de fondos para el retiro deberán situar las comisiones que cobran por sus servicios en niveles similares a las mejores prácticas internacionales.

La minuta reduce, de mil 250 semanas a mil semanas, el número de semanas de cotización que se requieren para gozar de las prestaciones de los seguros de cesantía en edad avanzada y vejez. Incrementa, a partir de 2023, la aportación total a la cuenta individual de los trabajadores de 6.5%, más cuota social a 15%. Asimismo, aumenta el monto de la pensión garantizada que se otorga a los trabajadores.

De igual forma se aprobó la minuta que establece que el trabajador o sus beneficiarios podrán exigir, dentro de un plazo de 10 años, los recursos de la subcuenta de vivienda. El dictamen reforma el artículo 37 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Se avaló con 90 votos a favor.

Precisa que dentro del año previo al que se cumpla dicho plazo, el Infonavit hará del conocimiento del trabajador y, en su caso, a sus beneficiarios, el tiempo que ha transcurrido desde que el derecho era exigible, de tal forma que puedan acudir a reclamar los recursos. También dispone que, al no ser ejercido este derecho, se podrán utilizar dichos recursos para constituir una reserva financiera que será administrada por el propio Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

El Pleno también aprobó en unanimidad, con 88 votos en favor, el proyecto de decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de crédito de vivienda.

El documento establece que los trabajadores podrán recibir directamente los créditos, sin intermediarios, para adquirir en propiedad suelo destinado a edificar su casa. Anteriormente, el crédito sólo podía ser usado para la compra de vivienda nueva o usada, construcción y remodelación de una residencia.

Se precisa que las y los trabajadores podrán elegir de qué forma usará su crédito, disponiendo de manera directa esos recursos para erogarlos en la adquisición, construcción, ampliación o reparación de vivienda. Asimismo, los trámites se reducirán, ya que no se encontrarán obligadas u obligados a actuar a través de un intermediario.

Una de las reformas que más llamó la atención fue la relativa a la Ley de Seguridad Nacional que envió el presiente y que apenas ayer se había aprobado en comisiones.

El Pleno aprobó, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto con 71 votos a favor, 20 en contra y una abstención; en lo particular se registraron 72 votos en favor y 14 en contra.

Se indicó que la modificación tiene el objetivo de regular las actividades de enlace para el intercambio de información con autoridades mexicanas que desarrollan los agentes extranjeros en el marco de los convenios y programas de cooperación bilateral suscritos en materia de seguridad y que contribuyan a preservar la seguridad nacional.

Establece la definición de agentes extranjeros, a fin de especificar que se trata de funcionarios extranjeros que en sus países de origen ejercen funciones policiales, de inspección o de supervisión de las leyes y otras disposiciones de carácter reglamentario o aquéllas de carácter técnico especializado.

Plantea que las embajadas y misiones extranjeras acreditadas en el país deberán informar a las autoridades correspondientes, los hechos de que tengan conocimiento en el desempeño de las funciones derivadas de los convenios y programas de cooperación bilateral suscritos por el Estado en materia de seguridad y que contribuyan a preservar la Seguridad Nacional.

Asimismo, los agentes extranjeros podrán ser autorizados para internarse temporalmente en territorio nacional para el intercambio de información, en el marco de los convenios y programas de cooperación bilateral suscritos por nuestro país.

La Secretaría de Relaciones Exteriores, previo acuerdo con las Secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), y la Defensa Nacional y de Marina (SEDENA), resolverá sobre la acreditación y la circunscripción territorial del agente extranjero de que se trate, aplicando para tales efectos, el principio de reciprocidad bilateral.

A fin de fortalecer el manejo de información e inteligencia, planeación y ejecución de operaciones, plantea que los servidores públicos de las entidades federativas, de los municipios y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, entreguen a las autoridades correspondientes, dentro de los tres días siguientes de la celebración de cualquier reunión, intercambio de información, llamadas telefónicas o comunicaciones que sostengan con los agentes extranjeros, un informe por escrito de estas.

Tendrán prohibido realizar o inducir a terceras personas a hacer detenciones, acciones tendientes a la privación de la libertad, allanar la propiedad privada o cualquiera otra conducta que resulte violatoria de la Constitución y las leyes nacionales aplicables, por lo que deberán abstenerse de realizar actividades que pongan en peligro su integridad física. Finalmente, se les autoriza portar las armas de fuego que, en su caso, les autorice la SEDENA.

En el caso de que se compruebe que un gobierno extranjero por conducto de sus agentes incite o promueva la comisión de los ilícitos consistentes en el cohecho, la privación ilegal de la libertad de las personas, así como la sustracción de los habitantes del territorio nacional para ser llevados a juicio ante otro Estado, nuestras autoridades suspenderán la ejecución de los convenios de cooperación bilateral y prohibirá la realización de actividades por parte de los agentes extranjeros en territorio nacional.

En materia de inmunidad, señala que los agentes extranjeros no tendrán ninguna inmunidad en caso de incurrir en la comisión de delitos o infracciones o por infringir las disposiciones normativas que prohíben a los extranjeros el ejercicio de funciones reservadas a las autoridades mexicanas.

Además de las reformas aprobadas, el Pleno del Senado de la Republica ratificó la designación de Graciela Márquez Colín como nueva integrante de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) La ratificación se dio con 76 votos a favor, 17 en contra y una abstención..

En tanto, con 84 votos en favor y nueve en contra, el Pleno aprobó la designación hecha por AMLO, en favor de Galia Borja Gómez, como integrante de la Junta de Gobierno del Banco de México (Banxico), por un periodo de ocho años, contados a partir del 1 de enero de 2021.

Con 69 votos a favor y 25 en contra, el Pleno del Senado aprobó el nombramiento de Laura Itzel Castillo Juárez, como Consejera Independiente del Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos, por un periodo de cinco años. Castillo Juárez fue designada por el Ejecutivo Federal para cubrir la vacante que dejó Francisco José Garaicochea y Petrirena, con motivo de la conclusión del cargo, el pasado 19 de septiembre de 2020.

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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