La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este lunes inválida una medida que crearía en el país el padrón de usuarios de teléfonos celulares con datos biométricos.

El padrón, conocido como Panaut, que pretendía obligar a los usuarios de telefonía móvil a otorgar diversos datos personales, como eran: nombre, nacionalidad, número de identificación o CURP; así como datos sensibles, en este caso, datos biométricos, fue declarado inconstitucional por nueve magistrados. Dos más votaron por declarar la invalidación parcial.

Recordemos que en 2021, una ley impulsada por el gobierno federal, en especial por la bancada de Morena en la Cámara de Diputados, y estableció que los usuarios iban a tener que entregar sus datos personales a las compañías de telefonía móvil y que el regulador del sector, el IFT, debía solicitar a esas empresas la cancelación de las líneas que no fueran identificadas o registradas.

La creación del Panaut se suspendió tras enfrentarse a la oposición del IFT y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

El gobierno defendía su implementación al argumentar que el padrón era necesario para reducir los delitos de extorsión y secuestro.

El Pleno determinó declarar la invalidez principalmente al considerar que no superaba un test de proporcionalidad, encaminado a analizar la restricción al derecho a la privacidad y protección de datos en general. Específicamente, por existir medidas alternativas igualmente idóneas para garantizar la seguridad pública, pero menos lesivas para estos derechos.

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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