El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó ayer la reforma al primer párrafo del artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, la cual mañana entra en vigor a partir de hoy, y mediante el cual se sancionará a quienes dañen, perjudiquen o destruyan las vías generales de comunicación

Las sanciones van de tres meses a siete años de prisión y multas de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale a aproximadamente 9,600 a 48,000 pesos.

La medida incluye a  quienes dañen, perjudiquen o destruyan las vías generales de comunicación, o los medios de transporte, así como a quienes interrumpan la construcción de dichas vías, o para obtener un lucro interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje, o total o parcialmente interrumpan o deterioren los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación o los medios de transporte.

Es decir, que aquellos grupos que solían tomar las casetas, serán acreedores de dichas sanciones.

Recordemos que la reforma fue aprobada en el Senado en diciembre pasado con 75 votos a favor, 12 en contra y 3 abstenciones. La aprobación por parte de los legisladores se basó en la protección de la vida y bienes de quienes transitan por las carreteras del país, y se dejó de lado los señalamientos sobre que se criminalizaría la protesta social.

En el documento que se presentó en el Pleno del Senado, se señalaba que la interrupción en el tránsito y en la operación de los servicios de peaje, se afectó a la Federación en 2020 por 4,121.7 millones de pesos.

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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