El mensaje que ofreció el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) el pasado 30 de marzo denominado “Primeros 100 días del Tercer año de Gobierno”, celebrado en Palacio Nacional, constituyó un evento de propaganda gubernamental personalizada, resolvió la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

La decisión se dio por unanimidad de votos, y se propuso regresar el expediente a la Sala Regional Especializada para que emita a la brevedad una nueva sentencia, deslinde responsabilidades y establezca las consecuencias jurídicas que sean necesarias, incluyendo, en su caso, las medidas de no repetición, pues fue la Sala Regional quien previamente había resuelto de manera contraria.

Las y los magistrados consideraron que el evento sí constituyó propaganda gubernamental personalizada, en términos de lo dispuesto por el artículo 134, párrafo octavo, y su difusión contrarió la prohibición de difusión de propaganda gubernamental en periodo de campañas.

Señalaron que el evento tuvo por objetivo de persuadir a la sociedad de que el estilo de su gestión gubernamental resultaba loable, en una fecha en que ya había iniciado el proceso electoral en todo el país y se desarrollaban campañas en seis estados.

Recordemos que fue el pasado 26 de marzo que el PRD impugnó la realización del evento pues aseguraba que se violaban diversos preceptos de la ley, sin embargo, no fue hasta el 10 de abril que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) admitió la queja e inició las indagatorias.

El 16 de abril, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE declaró improcedentes las medidas cautelares, por ser actos consumados y declaró la improcedencia de la tutela preventiva, al solicitarse sobre hechos futuros de realización incierta, decisión que fue impugnada por el PRD y desechada por esta Sala Superior.

Posteriormente, la Sala Regional Especializada emitió su resolución, una vez que recibió las constancias de la audiencia de pruebas y alegatos por parte de la Unidad Técnica, y determinó la inexistencia de infracciones. El PRD, inconforme con la resolución, promovió el 8 de mayo un recurso de revisión del procedimiento especial sancionador.

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



Escribe un comentario