La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente las medidas cautelares solicitadas por una ciudadana en contra de Morena y Andrés Manuel López Obrador (AMLO), ante aparentes actos anticipados de campaña derivados de la difusión en internet y en el portal digital de un medio de comunicación, del denominado Proyecto Alternativo de Nación 2018-2024.

 

La ciudadana que presentó la queja, argumentaba que dicha difusión violentaba el principio de equidad en la contienda electoral”.

 

En sesión extraordinaria, por unanimidad de votos de las Consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del Consejero Benito Nacif, la Comisión determinó que de las constancias que obran en el expediente no se advierte que exista difusión automática o directa de la plataforma electoral motivo de la queja y, por lo tanto, un posible riesgo que suponga la necesidad de ordenar el retiro de su difusión en los dominios de internet mencionados por la denunciante, además de que este material únicamente se encuentra alojado en dos de los sitios señalados, sin que se tenga constancia de su difusión a través de otros medios de comunicación.

 

Se precisó que internet es un medio de comunicación pasivo en el que existe un ámbito reforzado de la libertad de expresión y derecho a la información respecto de los contenidos que se colocan o difunden a través de éste, además de que se requiere de un acto de voluntad que implica una búsqueda específica por parte de la persona interesada.

 

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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