La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó este miércoles el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) por el que avaló dictar medidas cautelares contra Morena por vincularse con el registro de beneficiarios de programas del gobierno federal.

Específicamente por el supuesto uso para su beneficio del programa de vacunación contra el COVID-19.

El Tribunal aclaró que la resolución solamente tiene que ver con la solicitud de medidas cautelares, y no con el fondo del asunto, que será abordado en otra sesión, de ser el caso.

Las y los magistrados consideraron que el acuerdo del INE no contraviene las disposiciones legales ya que, desde una perspectiva preliminar, los hechos denunciados sí pueden ser contrarios a las disposiciones constitucionales y legales, en virtud de que aparentemente se está en presencia de una indebida apropiación de programas sociales, como es la campaña de vacunación contra el COVID-19, para posicionar a Morena como partido político nacional, en el marco del proceso electoral federal en curso.

Y es que el pasado 12 de febrero, el PAN denunció a Morena por la supuesta realización de padrones o registros de beneficiarios para acceder a programas de gobierno, así como por el presunto uso y aprovechamiento de ese tipo de programas durante el actual proceso electoral.

En la denuncia se solicitó el dictado de medidas cautelares a fin de que se ordenara la inmediata suspensión de la elaboración o actualización de los padrones de beneficiarios para el acceso a los programas sociales. De igual manera, solicitó se exhortara a Morena a abstenerse de seguir realizando actos político-electorales a partir del uso de programas sociales.

Derivado de ello, el INE ordenó a Morena abstenerse de realizar, ordenar o participar en ese tipo de actos, y no relacionarse con los programas sociales o gubernamentales; además le instruyó llevar a cabo gestiones para informar e instruir a sus militantes, personal que labora en el partido, simpatizantes y voluntarios que realicen labores de campo, a que no se ostenten, funjan o señalen que actúan, directa o indirectamente, en nombre de cualquier ente público o gubernamental, ni soliciten información de la credencial para votar.

Morena decidió impugnar la resolución del INE, por lo que al analizar el expediente, las magistradas y los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral consideraron infundados los argumentos que la dirigencia del partido alegó, y coincidió con la determinación del Instituto Electoral.

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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