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El presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) aseguró que la Suprema Corte resolvió que es válido el acuerdo que publicó su gobierno en noviembre pasado, con el que pretendía blindar los diferentes proyectos de infraestructura al clasificarlos como de seguridad nacional.

Y aunque la Corte no resolvió la validez de dicho acuerdo, el mandatario abordó por ese lado el fallo emitido ayer.

“La otra buena noticia es que la Corte también resuelve que es válido el acuerdo que emití, que di a conocer, y que solamente tengo que y tenemos como gobierno que presentar los informes para que haya transparencia”, sostuvo en su rueda de prensa diaria.

Y es que ayer, uno de los ministros de la Corte, cuya identidad no fue revelada, prohibió reservar la información relacionada con las obras prioritarias impulsadas por el gobierno federal, tales como el Tren Maya, la refinería de Dos Bocas, el aeropuerto Felipe Ángeles, entre otras.

La Corte dijo que era procedente la suspensión de los efectos y las consecuencias del acuerdo que deriven en catalogar la información detallada en éste como de interés público y/o seguridad nacional.

La decisión llega luego de que se admitiera a trámite una controversia constitucional promovida por el INAI, quien señaló que tras un análisis al acuerdo se advirtió que transgredía los principios de supremacía constitucional y legalidad, toda vez que realizaba una reserva anticipada y generalizada de la información relativa a los proyectos u obras, vulnerando el derecho a saber de la sociedad.

Pese al falló, el ministro se negó a suspender el resto de los puntos del acuerdo, por lo que seguirán surtiendo efecto, salvo aquellos que tengan que ver con el acceso a la información.

Recordemos que el presidente López Obrador ha defendió el acuerdo al señalar que lo que busca es agilizar los proyectos y evitar que amparos los puedan detener; y ha negado que detrás de la medida esté la intención de ocultar información.

El acuerdo clasifica como de seguridad nacional las obras del gobierno en diversos sectores, lo que implica que, si las instancias correspondientes no autorizan los proyectos en un máximo de 5 días hábiles, se entenderá que el permiso es concedido, mediante la figura de la afirmativa ficta.

El presidente aseguró este miércoles que su gobierno cumplirá con publicar los informes de transparencia. “Siempre dijimos que iba a ser así, que no era un asunto de transparencia, no era ocultar información, sino era para poder avanzar, simplificar los trámites, entonces fueron muy buenas decisiones de la Corte”, manifestó.

Enfatizó que el acuerdo queda vigente para no detenerse por trámites, incluso trámites impuestos por las mismas dependencias de gobierno. Dijo que el acuerdo lo firmó para que “camine el elefante y que no nos detengamos”.

El mandatario criticó sus “adversarios” por acusarlo de ocultar información e incluso de preparar un golpe de Estado. “No hay ningún problema, es que últimamente están magnificando las cosas en la desesperación, todos los que se dedicaban a aplaudirle al régimen”, afirmó.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) frenó algunos de los efectos del acuerdo publicado por el gobierno federal el pasado 22 de noviembre, con el que pretendía blindar los diferentes proyectos de infraestructura federales al clasificarlos como de seguridad nacional.

Uno de los ministros de la Corte, cuya identidad no ha sido revelada, prohibió reservar la información relacionada con las obras prioritarias impulsadas por el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), tales como el Tren Maya, la refinería de Dos Bocas, el aeropuerto Felipe Ángeles, entre otras.

“Es procedente la suspensión para que se suspendan (…) todos los efectos y las consecuencias del Acuerdo impugnado que deriven en catalogar la información detallada en éste como de interés público y/o seguridad nacional, sin cumplir con los supuestos que las leyes respectivas prevén para ese efecto”, señala el fallo de la Corte.

El revés dado a las acciones del gobierno llegan luego de que se admitiera a trámite una controversia constitucional promovida por el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI), quien dijo que tras un análisis al acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se advirtió que transgredía los principios de supremacía constitucional y legalidad, toda vez que realiza una reserva anticipada y generalizada de la información relativa a los proyectos u obras, vulnerando el derecho a saber de la sociedad.

Pese al falló, el ministro se negó a suspender otros puntos del acuerdo, por lo que seguirán surtiendo efectos todos los puntos salvo aquellos que tengan que ver con el acceso a la información. Hasta ahora, el INAI es el único órgano publico que ha impugnado el acuerdo ante la Corte.

El presidente López Obrador ha defendió el acuerdo al señalar que lo que busca es agilizar los proyectos y evitar que amparos los puedan detener. Ha negado que detrás de la medida esté la intención de ocultar información.

Recordemos que el acuerdo presidencial clasifica como de seguridad nacional las obras del gobierno en sectores como comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles, energético, puertos, aeropuertos, y cualquier otro que se considere estratégico, lo que implica que si las dependencias correspondientes no autorizan los proyectos en un máximo de 5 días hábiles, se entenderá que el permiso, licencia o dictamen favorables ya existen, mediante la figura de la afirmativa ficta.

La tercera fue la vencida para Loretta Ortiz, quien esta tarde fue elegida nueva ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Solo fue necesaria una ronda de votaciones; Ortiz Ahlf logró el respaldo de 92 miembros del Senado, de los 114 legisladores presentes durante la votación.

Los otros dos integrantes de la terna se quedaron muy lejos de la ya tercera vez propuesta a la Suprema Corte. De Gyvés logró únicamente nueve votos, mientras que Bernardo Bátiz se quedó con ocho votos.

La elección de Loretta Ortiz fue posible gracias al respaldo que recibió de la bancada del PAN. Fue la vicepresidenta de la bancada, Kenia López Rabadán, quien al hacer uso de la palabra en tribuna, confirmó el apoyo de su bancada y advirtió que vigilarían su actuar en la Corte.

Con su elección, Loretta Ortiz sucederá al ministro Fernando Franco González, que concluye su período de 15 años el próximo 11 de diciembre.

Recordemos que era la tercera ocasión en que Ortiz Ahlf era propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), quien al lograr el nombramiento de una de la integrantes de su terna, podrá maniobrar para ocupar con un perfil cercano a su proyecto el lugar que Loretta Ortiz deja en el Consejo de la Judicatura Federal.

La exdiputada por Morena y coordinadora del Consejo Asesor para Garantizar la Paz. Es miembro del Sistema Nacional de Investigadores Nivel II y se venía desempeñando como Consejera de la Judicatura Federal, cargo para el que fue elegida hasta noviembre de 2024.

Entre sus credenciales destaca el haber sido integrante del Grupo Redactor de la Constitución de la Ciudad de México de 2016 a 2017, consejera de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos de 2002 a 2006, consejera legal del Acuerdo de Cooperación Ambiental del Tratado de Libre Comercio de América del Norte de 1996 al 2006.

Los integrantes de la terna que el presidente Andrés Manuel López Obrador envió al Senado para ocupar la vacante que dejará el ministro Fernando Franco en la Suprema Corte de Justicia, comparecen este viernes ante la Comisión de Justicia del Senado.

El primero en comparecer será Bernardo Bátiz, quien abrió las comparecencias a las 12 del día. Bátiz es actual consejero del Consejo de la Judicatura Federal. En el 2000 fue designado por el entonces Jefe de Gobierno, ahora Presidente de la República, como Procurador de Justicia del Distrito Federal. Desde entonces, es un perfil sumamente ligado a López Obrador.

La segunda en ser recibida por los legisladores fue Eva Verónica de Gyvés. También es actual consejera del Consejo de la Judicatura Federal. En su trayectoria destaca que ha sido defensora de oficio adscrita a Juzgados de Paz y Penales, de la Coordinación General Jurídica del entonces Departamento del Distrito Federal hasta Magistrada de la Primera Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

La ronda de comparecencia finalizó con Loretta Ortiz. También consejera del Consejo de la Judicatura Federal cuenta entre sus credenciales el haber sido integrante del Grupo Redactor de la Constitución de la Ciudad de México entre 2016 y 2017; diputada Federal, consejera de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y consejera Legal del Acuerdo de Cooperación Ambiental del Tratado de Libre Comercio de América del Norte.

Cabe señalar que tanto Verónica de Gyvés, como Loretta Ortiz ya han sido propuestas por el presidente en ocasiones previas para llegar a la Suprema Corte, aunque ninguna obtenido el respaldo de los senadores. Este aspecto toma relevancia, pues en un inicio se indicó que el presidente presentaría una terna compuesta exclusivamente por mujeres, con el fin de sea una mujer quien llegue a la Suprema Corte y así contribuir a tener paridad en el Pleno.

“Una terna mixta atenta contra el principio constitucional de paridad de género y el principio de igualdad y no discriminación. Dada la actual composición del pleno de la SCJN, esto podría impedir avanzar en una mayor representación y participación política de las mujeres”, advirtió México Evalúa.

Una característica fundamental para quienes asumen un lugar en el máximo órgano de justicia es el ser y parecer independientes, es decir, no contar con relaciones o compromisos que pongan en entredicho su imparcialidad y el ejercicio libre de su mandato; por ello que diversos analistas han señalado que la terna tiene perfiles con mostrada cercanía con el poder ejecutivo federal y que se desempeñan como consejeros de la judicatura, lo cual genera riesgos para la independencia de la SCJN.

Es la cuarta ocasión que el presidente López Obrador envía una terna para una persona ministra de la SCJN.

Las comparecencias servirán para que los senadores en comisiones determinen si los perfiles cuentan con los requisitos de elegibilidad, y en caso de hacerlo, se pondrán a consideración del Pleno. La designación se hará por el voto de las dos terceras partes de los miembros del Senado presentes, en un plazo no mayor a treinta días.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó esta tarde la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y el Senado de la República, en la cual impugnaron el Decreto publicado el 8 de noviembre de 2019 por el que se reformaron diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, la Ley de Seguridad Nacional, el Código Nacional de Procedimientos Penales, el Código Penal Federal y el Código Fiscal de la Federación.

En la discusión, el Pleno determinó que el proceso legislativo que dio origen a dicho Decreto fue válido, pues durante su tramitación no se cometieron violaciones con potencial invalidante.

No obstante, la mayoría de Ministras y Ministros determinó que los artículos 5, fracción XIII, de la Ley de Seguridad Nacional, el cual establece como amenazas a la seguridad nacional los actos ilícitos en contra del fisco federal, y el 167, párrafo séptimo, fracciones I, II, III, del Código Nacional de Procedimientos Penales, el cual prevé la prisión preventiva oficiosa para los delitos de contrabando, defraudación fiscal, sus equiparables y los relacionados con la expedición, enajenación, compra y adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados, son inconstitucionales.

Las Ministras y Ministros señalaron que el legislador se excedió al calificar tales delitos como amenazas a la seguridad nacional, pues no se trata de conductas que atenten directamente contra esta última, y, por ende, tampoco fue válido que los calificara como delitos que ameritan prisión preventiva.

Coincidieron en que el legislador secundario no está autorizado a ampliar el catálogo constitucional de delitos de prisión preventiva oficiosa.

Otros Ministros consideraron que las normas eran inconstitucionales ya que, de acuerdo con el artículo 1° de la Constitución, los tratados internacionales y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la prisión preventiva es una medida cautelar excepcional que sólo puede dictarse cuando existe un riesgo comprobado de que la persona evadirá la acción de la justicia o afectará la investigación, sin que sea suficiente la peligrosidad del sujeto o el tipo de delito, pues de lo contrario se vaciaría de contenido el derecho a la libertad personal y a la presunción de inocencia.

Por tanto, dado que las normas en cuestión imponían la prisión preventiva de forma oficiosa, es decir, en automático considerando únicamente el tipo de delito, estimaron que las mismas resultaban contrarias a los derechos humanos reconocidos por la Constitución.

Así, se invalidaron las normas que calificaban como amenaza para la seguridad nacional a los delitos de defraudación fiscal, contrabando y los relacionados con los comprobantes fiscales falsos, para los que se preveía prisión preventiva oficiosa.

Representantes de la coalición “Va por México” acudieron este jueves a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para presentar una acción de inconstitucionalidad contra la Ley Federal de Revocación de Mandato, que impulsó el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) con el fin de ratificar, más que revocar, su permanencia en el poder.

“Defendemos la democracia y el respeto a nuestra constitución, por eso estamos en contra de que esto se convierta en un instrumento de promoción gubernamental”, dijo Santiago Creel, legislador del PAN y vicepresidente de la Cámara de Diputados.

Creel acompañó a los coordinadores parlamentarios; del PRI, Rubén Moreira; del PAN, Jorge Romero y del PRD, Luis Espinosa Cházaro, así como a otros liderazgo de los partidos de oposición.

Recordemos que la ley, impulsada por el propio López Obrador, permitirá realizar una votación el próximo año, si se reúnen firmas equivalentes al 3% de la lista nominal de electores, distribuidas en al menos 17 estados. De acuerdo a lo que definió la Suprema Corte, la pregunta que aparecerá en la papeleta de la consulta serpa: “¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”.

Y es que mientras el gobierno federal se refiere a la consulta como un ejercicio democrático inédito, que permitirá que el pueblo defina si AMLO debe permanecer en el cargo, la oposición ha acusado a López Obrador de buscar “ratificarse” y de seguir en “campaña permanente”.

La oposición también ha cuestionado el costo de la consulta, que se estima en 3,830 millones de pesos, según el Instituto Nacional Electoral (INE).

“Esto que presentamos hoy es decirle ‘no’ a un gasto excesivo, que el pueblo necesita en otras acciones, y ‘sí’ al apego a la Constitución”, comentó Espinosa Cházaro afuera de la sede de la Suprema Corte.

En tanto, el coordinador del PRI, partido que en los últimos días había dejado ver una fractura en la coalición debido a que no han rechazado la reforma energética de López Obrador, dijo que los tres partidos que integran ‘Va por México’ “estamos unidos con la convicción de proteger los intereses de los mexicanos. Ante una ley impuesta, nos hemos unido”.

En ese sentido, el coordinador del PAN, Jorge Romero Herrera, indicó que la alianza tiene un poder político para poder frenar reformas constitucionales por los números electorales que les dio la gente, en referencia a que no permitirán que pasen cambios e iniciativas de Morena.

“Lo que se modificó con la Reforma Constitucional anterior, al adicionar una fracción novena del artículo 35, era preguntarle a la gente si quieren que se le revoque el mandato del Presidente, punto. Esa es la disposición constitucional y ninguna Ley secundaria puede ampliar, modificar,  sustraer lo que dice la Constitución. Y con esta Ley de Revocación de Mandato se amplía indebidamente la pregunta”, acusó el panista.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este lunes la ley que permite la objeción de conciencia médica por considerarla demasiado abierta y riesgosa para la salud del paciente.

Tras una polémica discusión que se extendió por dos sesiones, 8 de los 11 ministros del pleno de la SCJN votaron por declarar inconstitucional el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud, que regulaba este derecho.

La legislación no solo ponía en riesgo a las mujeres que abortan, sino a quienes buscaban vacunas o anticonceptivos, personas trans o pacientes con VIH, entre otras, argumentó la ministra Norma Piña. “Considero que este artículo es violatorio de seguridad jurídica y pone en riesgo los derechos de salud”, declaró.

El fallo ocurre una semana después de que la SCJN reconoció como constitucional el derecho a la objeción de conciencia médica, pero de forma individual y con la obligación de que el Estado garantice la protección de la salud de los pacientes, incluso por aborto.

Sin embargo, ahora los ministros respaldaron la impugnación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud que regulaba este derecho.

Recordemos que la reforma de 2018 permitía a médicos y personal sanitario “ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios que establece esta ley (de salud)”.

Pero la legislación solo matiza que “cuando se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica, no podrá invocarse la objeción de conciencia, en caso contrario se incurrirá en la causal de responsabilidad profesional”.

Los ministros advirtieron de riesgos para los pacientes por la interpretación tan abierta del derecho y pronosticaron una judicialización de la atención médica a posteriori, muchas veces cuando el paciente ya esté muerto.

El fallo también ocurre dos semanas después de que la Suprema Corte declaró por primera vez inconstitucional la penalización del aborto, un precedente histórico que impide encarcelar a las mujeres y personal médico que les ayuden con consentimiento.

El presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) pidió este lunes al Poder Judicial que “agilice” la liberación de presos sin sentencia, torturados, adultos mayores y enfermos graves, como demanda su decreto del 25 de agosto.

El mandatario anunció que gestionará con el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar, y el fiscal general de la República, Alejandro Gertz Manero, para cumplir con la excarcelación, que él había prometido para antes del 15 de septiembre.

“Se va a hablar con el presidente de la Corte, se va a hablar con el fiscal con el propósito que se agilicen los trámites, que se liberen a muchas personas”, indicó en su conferencia matutina sin detallar cuántos presos se han beneficiado hasta ahora por dicha medida.

El presidente se refirió al decreto que publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que ordena un Comité para excarcelar a adultos mayores de 75 años, adultos mayores de 65 años con enfermedades crónicas, presos con 10 años sin sentencia y torturados.

El mandatario justificó hace unas semanas la medida al señalar que de las más de 220,000 personas que hay en las cárceles, el 43% no tiene sentencia, lo que equivale a cerca de 125,500.

“Quienes no tienen sentencia desde hace muchísimos años, quienes están enfermos, que eso es muy lamentable, personas grandes, enfermos, que deberían ser liberados. Y quienes se ha demostrado que fueron torturados”, expuso López Obrador sobre los potenciales beneficiarios.

Recordemos que cerca de veinte gobernadores, incluyendo a la jefa de Gobierno de Ciudad de México, anunciaron que se sumarían con un decreto propio que aplicara para delitos de competencia local.

“Ya lo están haciendo gobiernos estatales. Tomó el modelo, la decisión, la jefa de Gobierno de Ciudad de México, y ya nos ganó, y ya liberó como a 40 detenidos injustamente, y va a liberar a más en los próximos días, según nos informó”, indicó el presidente.

Pese a las promesas del mandatario, defensores de derechos humanos y familiares de detenidos han cuestionado la tardanza en la liberación de los reclusos.

Asociaciones también han denunciado que el decreto federal se queda corto porque crea un Comité entre la Secretaría de Gobernación (Segob) y la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana (SSPC), pero solo pide aplicar las leyes existentes.

López Obrador adjudicó la tardanza a la burocracia del gobierno y del Poder Judicial, por lo que prometió que los titulares de Segob, Adán Augusto López, y de la SSPC, Rosa Icela Rodríguez, presentarán mañana un informe sobre los avances en la materia.

“Hay muchos trámites que nosotros también padecemos, por eso hablé desde el principio que había que levantar al elefante que encontramos echado, un elefante mañoso, reumático”, remató.

El Gobierno federal pidió revisar las 432 carpetas de investigación abiertas por el delito de aborto este año en el país tras el histórico fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra su criminalización.

La titular de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), Fabiola Alanís, señaló que existen 432 carpetas de investigación abiertas por este delito entre enero y julio pasado en 27 estados del país.

“Las autoridades locales y federales debemos asegurar la no criminalización de las mujeres por el ejercicio de sus derechos sexuales, por lo que deben analizarse todos los casos de personas acusadas por el delito de aborto en todo el país”, declaró la funcionaria.

Sus declaraciones se producen después de que la Suprema Corte declarara el martes pasado inconstitucional la penalización del aborto, un precedente histórico que impide encarcelar a las mujeres y personal médico que les ayuden con consentimiento.

Y aunque el fallo de la SCJN solo invalidó el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, estado donde se castigada con penas de hasta tres años de prisión por abortar de manera voluntaria, la decisión de los ministros crea un criterio obligatorio para todos los tribunales del país.

Y es que el aborto, cuya criminalización es competencia local, solo está despenalizado en cuatro de los 32 estados: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz.

La Conavim citó que las entidades con más carpetas abiertas por aborto son Estado de México con 93, Nuevo León con 67 y Ciudad de México con 52, pese a que en la capital existe la interrupción legal del embarazo hasta la duodécima semana de gestación.

“Cabe destacar que estas tres entidades concentran el 49% de las carpetas abiertas en los primeros siete meses de este año”, advirtió la comisión, que depende de la Secretaría de Gobernación (Segob).

El organismo también destacó las cifras de Tamaulipas con 28 casos; Querétaro con 22; Baja California y Guanajuato con 18 cada uno; Hidalgo con 15; Veracruz con 14 y Michoacán con 13, con base en datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).

Tras el fallo del martes, el presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar, anunció que el Instituto Federal de Defensoría Pública dispondrá de abogados públicos para defender a las mujeres procesadas por el crimen.

“Ninguna mujer o persona gestante en el país debe enfrentar un proceso penal por ejercer su derecho al aborto, y el Estado mexicano debe garantizar el acceso a la justicia para quienes hoy están en esa situación”, coincidió la Conavim.

Foto: Twitter @GIRE_mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este jueves inconstitucional que las legislaciones estatales reconozcan “la vida humana desde la concepción”, lo que propiciaba que se criminalizara el aborto.

Por unanimidad, los 11 ministros del Pleno invalidaron la fracción I del Artículo 4 Bis A de la Constitución de Sinaloa que establecía que el Estado tutela el derecho a la vida desde el momento en que un individuo es concebido.

“Debe ser claro que esto trastoca el orden constitucional y los valores de un Estado laico, plural y democrático, e impone a las mujeres y personas gestantes una carga desproporcionada”, manifestó el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien elaboró el proyecto.

El fallo ocurre dos días después del histórico fallo en el que se declaró inconstitucional la penalización del aborto, lo que impide encarcelar a las mujeres y personal médico que les ayuden con consentimiento.

En esta ocasión, la Suprema Corte abordó la impugnación que hicieron la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y diputados a una reforma de la constitución de Sinaloa en 2018 para que el Estado defienda la vida desde la “concepción”.

El debate es relevante porque cerca de 20 estados del país han reformado su constitución para reconocer “la vida humana desde la concepción”, modificaciones que no prohíben el aborto, pero crean un ambiente de persecución e incertidumbre, según asociaciones civiles y como reconocieron los ministros.

“La norma impugnada es abiertamente inconstitucional, pues con el pretexto de definir el comienzo de la protección de la vida humana implícitamente lo que están logrando es imponer límites a los derechos humanos de otras personas, en este caso de las mujeres y personas con capacidad de gestar a decidir sobre su propio cuerpo”, dijo el ministro Luis María Aguilar.

Aunque el fallo de la Suprema Corte solo invalida la fracción de la constitución de Sinaloa, la decisión tendrá implicaciones a nivel nacional para reformas que también están impugnadas o que puedan impugnarse.

La Suprema Corte ya había abordado otras constituciones locales en este sentido, pero esta es la primera vez que se alcanzan ocho o más votos necesarios para crear jurisprudencia, un precedente que afectará los próximos fallos.

“Los estados no tienen competencia para modificar el concepto de persona para efectos del reconocimiento de la titularidad de derechos humanos en el sistema jurídico mexicano”, manifestó la ministra Norma Piña.

Recordemos que el aborto, cuya criminalización es competencia local, solo está despenalizado en cuatro de los 32 estados del país: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz; a esta lista se añadirá Coahuila tras el fallo del martes de la Suprema Corte.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SJCN) informó este lunes que suspendió a uno de sus altos directivos, al ser acusado de acoso sexual y violencia de género.

“Por primera vez y demostrando su continuo compromiso con las mujeres y con su política de cero tolerancia y combate al acoso sexual y a la violencia de género, la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspende a alto directivo por prácticas de acoso sexual y violencia de género”, informó el órgano en un comunicado.

El presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, emitió un acuerdo el pasado 2 de septiembre sobre un nuevo mecanismo para prevenir, atender y erradicar el acoso sexual y cualquier otra forma de violencia sexual y de género hacia dentro del Alto Tribunal, indicó el texto.

Como parte de dicho mecanismo integral, se ordenó la creación de un área dentro de la ya existente Unidad General de Igualdad de Género, que es la encargada de proporcionar atención jurídica, médica y psicológica de primer contacto a las víctimas de acoso y violencia sexual, “dotando un adecuado acompañamiento a las denunciantes de este tipo de conductas indebidas”.

“Asimismo, como parte del acuerdo emitido por el ministro presidente, se reordenan y estructuran las facultades de la direcciones competentes de investigar y substanciar conductas posiblemente constitutivas de faltas administrativas, para que los casos de acoso sexual y violencia de género se atiendan de manera sensible, pronta y adecuada”, agregó la SCJN.

Este nuevo acuerdo permitió que la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas suspendiera al alto funcionario de la Suprema Corte.

Esta suspensión se da como medida cautelar y en protección a las posibles víctimas de acoso y violencia sexual, “hasta en tanto se concluya el procedimiento correspondiente”, puntualizó el texto.

Al respecto, Arturo Zaldívar ocupó sus redes sociales para indicar que la seguridad de las mujeres y el respeto a su dignidad son una prioridad en al Suprema Corte.

En más sobre la SCJN, esta mañana grupos conservadores protestan en contra de un proyecto que se discute sobre la despenalización del aborto en la primera etapa del embarazo.

Y es que el pleno de la SCJN discute un proyecto derivado de una impugnación que la extinta Procuraduría General de la República (PGR) hizo contra el Código Penal de Coahuila en 2017; dicho proyecto pretende declarar inconstitucional la criminalización de las mujeres que abortan y la del personal sanitario que la asiste con consentimiento.

“El vicio de inconstitucionalidad se traduce en que la disposición califica el actuar de la mujer como un crimen, con las consecuencias inherentes a tal configuración legislativa. Esto contribuye negativamente al pleno despliegue del derecho a elegir”, propone el proyecto del ministro Luis María Aguilar.

Aunque la decisión del Supremo sólo invalidaría el código penal de Coahuila, si ocho de los 11 ministros del pleno votan por el proyecto, se sentaría un precedente que obligaría a los jueces del resto de los estados a fallar a favor de las mujeres.

También se tiene contemplado otro proyecto que propone declarar inconstitucional la reforma a la Constitución de Sinaloa, que considera que “la vida comienza en la concepción”. El órgano judicial considera que “concepción” no es un término jurídico y ha alertado sobre las implicaciones de otorgarle derechos de ciudadanos a los fetos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informó que no admitió a trámite la controversia que presentó José Luis Vargas, en relación a su destitución como presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

“Se requiere a la Sala Superior del TEPJF para que informe quién es la magistrada o el magistrado electoral que actualmente ejerce el cargo de presidenta o presidente de ese Tribunal. Se reserva el acuerdo de diversas solicitudes del magistrado promovente, hasta en tanto se cumpla con lo requerido”, señala el acuerdo firmado por el presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar.

La información se conoce luego de la reunión entre Arturo Zaldívar y Vargas Valdez, esta mañana en la sede de la Suprema Corte.

El ministro presidente indicó a través de sus redes sociales que recibió al magistrado del TEPJF, a quien reconoció su disposición para lograr una “salida” a la situación que está viviendo el organismo. “Estoy seguro de que en breve estará superada esta crisis institucional”, agregó.

Recordemos que el viernes pasado, en el marco de un mensaje a medios en relación a la reforma judicial, el ministro expresó que el mandato de José Luis Vargas al frente del Tribunal Electoral ya no era “viable”, por lo que le pidió hacerse a un lado para resolver la crisis interna.

Horas después, Vargas Valdez emitió un mensaje, también en sus redes sociales, en el que indicó que tras la reunión con Zaldívar, propuso a sus pares reunirse esta tarde de forma urgente para definir una salida jurídica y política a la crisis que enfrenta el Tribunal.

El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar, informó este viernes que no extenderá su mandato hasta 2024, pese a la ampliación que aprobó el Congreso, lo que implicaba extender por dos años su gestión.

“Quiero informar que concluiré mi mandato como presidente de la SCJN el 31 de diciembre de 2022, cuando termina el periodo para el que fui electo”, señaló el magistrado en una conferencia de prensa.

El ministro presidente aseguró que ayer, durante un encuentro privado que sostuvo con el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) le informó sobre su decisión.

“Él expresó apoyo y respeto a la decisión que estoy tomando”, afirmó el ministro.

Por la mañana, durante su conferencia de prensa, López Obrador había adelantado que veía “muy difícil” que se aprobara la extensión de mandato de Zaldívar.

“Está muy difícil porque predominan los ministros del antiguo régimen. Es muy difícil, así como aprobaron que aumentara el periodo de los actuales magistrados, porque les convenía, y estaban recibiendo instrucciones, órdenes, en ese sentido”, dijo AMLO.

Zaldívar aseguró durante su mensaje que siempre estará del lado de los derechos humanos, asegurando que su único compromiso “ha sido, es y será” con la Constitución y con los derechos humanos de las personas y por una mejor justicia para la gente.

“Yo no estoy aquí por cargos, puestos y privilegios. Estoy en la Suprema Corte por principios y valores, así lo ha demostrado toda mi carrera. Ahí están mis proyectos, mis sentencias. Siempre del lado de la constitución y de los derechos de las personas”, apuntó.

Recordó que la reforma judicial, presentada por López Obrador e impulsada por él, es la “más trascendental” en los últimos 25 años, pues busca “combatir con mayor eficacia la corrupción, el nepotismo, la impunidad y el acoso sexual en el Poder Judicial”.

Recordemos que durante la aprobación de la reforma en el Congreso, los legisladores afines a la 4T introdujeron de último momento un polémico artículo transitorio para ampliar la gestión de Arturo Zaldívar “con el fin de implementar la reforma constitucional al Poder Judicial”.

Zaldívar aprovechó su encuentro con los medios para agradecer las reiteradas muestras de confianza y apoyo por parte del presidente López Obrador, quien insistió en que debía ser él quien culminara la consolidación de la reforma.

El mensaje del ministro presidente se da horas antes de que el ministro José Fernando Franco González Salas presente formalmente el proyecto en que se abordaría dicha extensión de mandato. “Mi decisión ya está tomada, con independencia de lo que resuelva la Corte”, remató.

El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar, recibió la tarde de ayer a los cinco magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que se revelaron y destituyeron de su encargo al entonces presidente, José Luis Vargas.

Zaldívar se reunió con los magistrados Felipe de la Mata, Indalfer Infante, Janine Otálora, Felipe Fuentes Barrera e Reyes Rodríguez, este último quien fue elegido como nuevo presidente del organismo.

“Sostuvieron un diálogo constructivo con el objetivo de buscar consensos y alternativas para dar salida a la situación que hoy prevalece en el máximo tribunal electoral del país”, informó la Suprema Corte en un comunicado.

Tras la sesión pública del pasado miércoles, en donde se le destituyó, Vargas emitió un mensaje en el que indicó que su destitución no procede.

“El ministro presidente de la SCJN y del Consejo de la Judicatura Federal, y la magistrada y los magistrados del TEPJF coinciden en que el diálogo y la conciliación es la vía para atender la coyuntura que atraviesa el TEPJF anteponiendo siempre el bien de México”, añadió la Corte.

Ayer, más tarde de la reunión que sostuvieron los cinco magistrados con el ministro Zaldívar, Vargas Valdez emitió un mensaje a través de sus redes sociales en donde reiteró que convocó a sus pares a una reunión de trabajo para que, a través del diálogo y el consenso, se encontrara una solución a la problemática jurídica e institucional por la que atraviesa el Tribunal.

“Desafortunadamente no hubo respuesta a la convocatoria, con excepción de la Magistrada Mónica Soto Fregoso quien estaba dispuesta a participar en dicha reunión. Al no haber quórum, no fue posible llevarla a cabo. Reitero que la única posibilidad de solucionar las diferencias en un cuerpo colegiado es a través del diálogo. Mantendré siempre esa posibilidad y estaré atento a las posibilidades y los tiempos de mis pares”, dijo José Luis Vargas.

Previo a ello, Vargas Valdez presentó ante la Suprema Corte una controversia dentro del Poder Judicial, relativo a la situación por la que atraviesa la Sala Superior, y en la que solicitó definir quién ostenta la presidencia del organismo.

Y es que aunque los problemas al interior del Tribunal viene de tiempo atrás, esta semana se agudizó, y más luego de las polémicas declaraciones del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), quien pidió que todos los magistrados del TEPJF renunciaran “por dignidad”.

“Hay una situación de crisis en el Tribunal Electoral, una descomposición, de ahí la necesidad de reformar tanto el INE (Instituto Nacional Electoral) como el Tribunal Electoral”, comentó el presidente en su conferencia de prensa matutina de ayer.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Pidió este lunes al gobierno federal garantizar los tratamientos médicos en el sistema de salud en medio de la escasez de medicinas que ha despertado protestas.

“La asistencia médica y el tratamiento a pacientes del sistema nacional de salud deben garantizarse de forma oportuna, permanente y constante”, indicó la Suprema Corte.

La Primera Sala de la SCJN resolvió un amparo de un paciente contra la omisión de un hospital del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por no entregar “oportunamente” el medicamento que requería.

Así, la Suprema Corte determinó que las autoridades del “Estado que se encuentren directamente obligadas a garantizar el derecho humano a la salud deben brindar asistencia médica y tratamiento”.

Y es que el problema de abasto de medicinas en el sector público ha sido una de las principales críticas a la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), pues el problema se ha agudizado desde 2019 derivado de los recortes presupuestarios y los cambios que la 4T ha implementado en la forma de comprar los fármacos.

Pese a las manifestaciones, tanto físicas como la ocurrida este fin de semana en la Ciudad de México convocada por los familiares de niños con cáncer, así como las expuestas en redes sociales, el gobierno afirmó el pasado martes que había resuelto el problema tras invertir casi 77,000 millones de pesos en licitaciones propias y con la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS).

Incluso el secretario de Salud, Jorge Alcocer, minimizó las protestas, mientras que el subsecretario Hugo López-Gatell sugirió que detrás de ellas hay “tendencias golpistas”.

La Suprema Corte estableció que el Estado “tiene la carga de la prueba de demostrar que realizó el esfuerzo para utilizar todos los recursos que están a su disposición para satisfacer, con carácter prioritario, sus obligaciones mínimas requeridas en materia de salud”.

Indicó que las autoridades deben garantizar el derecho a la salud con cuatro ejes: procurar el tratamiento del paciente, garantizar que sea el adecuado, asegurarse de brindar el tratamiento de forma “oportuna, permanente y constante”, y proveerlo con los “más altos estándares”.

“En aras de garantizar el derecho humano a la salud, el Estado debe adoptar las medidas necesarias, hasta el máximo de los recursos de que disponga, para lograr progresivamente, por todos los medios apropiados, su plena efectividad”, consideró.

La resolución de la Corte se publica después de que la semana pasada un tribunal ordenara denunciar penalmente ante la Fiscalía General de la República (FGR) al secretario de Salud, Alcocer, y al ahora exsecretario de Hacienda, Arturo Herrera, por desacato de un amparo para garantizar medicamentos contra el cáncer.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió la puerta a la interrupción legal del embarazo sin límite temporal en casos de violación, al declarar inconstitucional un artículo del código penal del estado Chiapas que impidió abortar a una menor con parálisis cerebral severa.

La Primera Sala de la Corte concedió un amparo a la demandante quien también enfrentaba “condiciones de pobreza y marginación” y a quien se le negó la posibilidad de abortar en un hospital público.

El director del Hospital General de la ciudad de Tapachula rechazó atender a la víctima por encontrarse fuera del plazo de 90 días después de la concepción, establecido en el artículo 181 del Código Penal estatal, explicó la Suprema Corte.

“La limitación temporal prevista en dicho precepto implica un total desconocimiento de la dignidad humana y del libre desarrollo de la personalidad de las mujeres gestantes, cuyo embarazo no es producto de una decisión libre y consentida”, consideró la Corte.

Determinó además que un juez de distrito de Chiapas, que rechazó inicialmente el amparo, analizó incorrectamente el caso pues no valoró las particularidades de la víctima y no actuó conforme a los lineamientos relacionados con perspectiva de género.

El juez distrital tampoco se pronunció sobre la necesidad de aplicar ajustes razonables al procedimiento, ni tomo en cuenta que al momento de la violación la víctima era menor de edad, alegó la Corte. La Sala concluyó que la negativa de la autoridad sanitaria se tradujo en una serie de violaciones graves a los derechos humanos de la víctima y de su madre.

La Corte ordenó que ambas sean reparadas por el daño sufrido, comprendiendo medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y no repetición.

Aunque la sentencia solo tiene efectos sobre las querellantes y el código penal de Chiapas, los argumentos planteados sirven como referente para futuros amparos por esta misma causa, dependiendo de las circunstancias.

Y es que el aborto por violación está despenalizado en los 32 estados de México pero la mayoría impone un límite temporal de 12 semanas o 90 días para realizarlo. En mayo pasado, el Congreso de Ciudad de México aprobó extender el plazo de 12 a 20 semanas de gestación.

La interrupción legal del embarazo por libre decisión de la mujer solo está permitida en Ciudad de México y en los estados Oaxaca e Hidalgo.