La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó, por unanimidad, confirmar la resolución de la Sala Regional Especializada (SRE) en la que se determinó sancionar al Partido de la Revolución Democrática (PRD), por la difusión de un spot en televisión en el que aparecen menores de edad.

La sentencia de la Sala Especializada se dictó a partir de una determinación de la Sala Superior, en la que indicó que, derivado de las circunstancias particulares de la difusión del spot del PRD, la sanción a este instituto político debía ser distinta a la originalmente impuesta.

En un primer momento, la SRE determinó la existencia del uso indebido de la pauta por parte del PRD, por la aparición de diversos menores de edad en el promocional de televisión, y le impuso una amonestación pública. No obstante, en el primer recurso de revisión, la Sala Superior indicó que la conducta del partido fue intencional, ya que prescindió de difuminar o hacer irreconocible la imagen de los infantes y tampoco evitó la conducta ilegal, por lo que le ordenó a la sala responsable emitir una nueva determinación, a fin de imponer una sanción que guardara correspondencia con la gravedad de la falta y las circunstancias que rodearon la infracción.

En consecuencia, la Sala Regional Especializada ponderó las circunstancias de la difusión del promocional, y consideró que se trata de una falta grave ordinaria y determinó imponer al PRD una multa por $201,500.00 pesos.

Ana Paula Ordorica es una periodista establecida en la Ciudad de México. Se tituló como licenciada en relaciones internacionales en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y tiene estudios de maestría en historia, realizados en la Universidad Iberoamericana.



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