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La tesis con la que obtuvo la licenciatura la ministra de la Suprema Corte de Justicia, Yasmín Esquivel, tiene coincidencias en su contenido por hasta 90% con un trabajo de titulación entregado un año antes, por lo que “resulta evidente la existencia de un plagio”, dijo la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

“Después del análisis de la documentación por el Comité y con base en el alto nivel de coincidencias entre las tesis objeto de revisión, superior al 90 por ciento, resulta evidente la existencia de un plagio”, sostuvo en un comunicado el rector de la UNAM, Enrique Graue.

Recordemos que recientemente se dio a conocer que la tesis que presentó la ministra en 1987, en la Facultad de Estudios Superiores (FES) Aragón, era “similar” a la del egresado de la Facultad de Derecho de la UNAM, José Báez y con la que se tituló en 1986.

De acuerdo con la Máxima Casa de Estudios, las primeras conclusiones “hacen presumir que la tesis original fue la sustentada en 1986”, escrita por Báez, ante la revisión académica de los contenidos de ambas tesis, sus fechas de publicación, así como los archivos físicos y digitales.

Aunque también señaló que José Báez entregó un testimonio notariado que contiene un escrito “expresando que utilizó varias referencias, textos y partes importantes del contenido de la tesis publicada posteriormente, en 1987”.

La UNAM señaló que seguirá con las investigaciones, ya que, debido a contradicciones, “es necesario recabar información adicional para profundizar en el análisis documental y, de ser el caso, llamar a las partes involucradas”.

Al respecto, la ministra Esquivel también sostuvo que Báez había declarado ante notario público que reconocía y manifestaba expresamente: “de ese trabajo tomé varias referencias y texto” y “pude tomar varias partes importantes del trabajo de ella en el año de 1985 a 1986”.

“Ante estos hechos, se confirma que la autoría original del trabajo es mía”, indicó Esquivel en un pronunciamiento público, en el que también confirmaba que no desistirá de su intento por presidir la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), lo cual se definirá este mismo lunes.

El rector de la UNAM señaló que la Universidad llevará a cabo un conjunto de acciones para evitar la repetición de sucesos reprobables como este, es decir, el plagio de tesis.

Graue adelantó que se podrían hacer cambios legales a las normativas universitarias de la casa de estudios y herramientas digitales para detectar irregularidades.

El tema del supuesto plagio de la Ministra ha tomado gran relevancia, pues una de las Ministras que ha levantado la mano para buscar encabezar la Suprema Corte y el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), elección que se llevará a cabo este lunes.

El Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, Arturo Zaldívar, rindió su cuarto y último informe anual de labores, en el que destacó haber conseguido acabar con la corrupción y el nepotismo en las instituciones del poder judicial, así como de haber implementado diversas accioens para garantizar la igualdad de género.

“En cuatro años logramos desarticular las redes de corrupción y tráfico de influencias que imperaba en la judicatura”, aseguró Zaldívar, en el que estuvo acompañado por el presidente mexicano, Andrés Manuel López Obrador.

Lo consiguió, dijo, mediante la imposición de sanciones ejemplares y la prevención mediante un sistema de denuncias y control del patrimonio de los servidores públicos.

Asimismo, enfatizó que se logró acabar con el nepotismo y del tráfico de influencias, haciendo del mérito “el único mecanismo de ascenso en el poder judicial” y siempre bajo “una perspectiva de igualdad”.

Destacó que con la reforma constitucional y legal en materia judicial llevada a cabo el año pasado, permitió el aumento del número de mujeres en la carrera judicial, lo que señaló como su mayor logro.

“La igualdad entre hombres y mujeres es una exigencia básica de la justicia. Es una cuestión de derechos y de dignidad. Vivimos en un mundo en el que las mujeres no gozan de los mismos derechos simplemente por el hecho de ser mujeres”, sostuvo el Ministro Presidente.

Durante su mandato, detalló, 273 mujeres fueron nombradas juezas de distrito, lo que supone más del 50% de las designadas desde 1995. También fueron nombradas 812 magistradas, pasando a significar el 24% de los miembros de la carrera.

Otro de los logros que señaló fue la garantía de igualdad de oportunidades y derechos para migrantes, indígenas, afrodescendientes y personas con discapacidad o diversidad sexual.

El mandato de Zaldívar, que llega a su término a finales de mes, ha estado marcado por la defensa de los derechos sociales, entre los que destacaron el fallo que declaró inconstitucional la prohibición del aborto o la despenalización del consumo recreativo de marihuana.

Durante su informe, el presidente de la Suprema Corte reiteró que su prioridad han sido las causas “de los pobres y los oprimidos”, pues “no puede haber una sociedad justa si quienes la conforman no tienen igualdad de derechos”.

Sin embargo, la gestión de Zaldívar no estuvo alejada de la polémica. El año pasado rechazó la ampliación de su mandato hasta 2024, algo que fue propuesto por los legisladores, tomando el cuenta la supuesta cercanía que el Ministro Presidente guarda con el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO).

Zaldívar dijo irse con “la satisfacción del deber cumplido” y remarcó que la justicia social es la deuda pendiente que se tiene con México.

“Entregamos un Poder Judicial renovado, íntegro, moderno, profesional y con sentido humano. Que responde con resultados. Que rinde cuentas con datos duros. Que resiste los embates de los factores reales de poder y que preserva su independencia con hechos, y no con palabras. Con sentencias, y no con discursos”, remató.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN, abordó y resolvió la controversia constitucional promovida por la Cámara de Diputados, que presentó en contra del acuerdo por el que se dispone de las Fuerzas Armadas (FFAA) para llevar a cabo tareas de seguridad pública hasta 2024.

El Pleno de la Corte validó el acuerdo con el respaldo de ocho ministros, el cual fue presentado por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), que dispone de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria la actuación de las Fuerzas Armadas.

En primer lugar, se concluyó que el referido Acuerdo no vulnera el principio de división de poderes en relación con el principio de reserva de ley, tal como se había presentado en el recurso presentado por la mesa directiva de la Cámara de Diputados, que en ese momento era presidido por Laura Rojas, diputada del PAN.

Ello en virtud de que el artículo Quinto Transitorio del Decreto de reforma constitucional en materia de Guardia Nacional de 26 de marzo de 2019, le otorgó una facultad excepcional al Presidente de la República de disponer de las Fuerzas Armadas para llevar a cabo tareas de seguridad pública, facultad cuyo ejercicio no está supeditado a que el Congreso de la Unión ejerza su facultad legislativa en materia de seguridad pública.

El Pleno también resolvió que la participación de las Fuerzas Armadas en funciones de seguridad pública no es una decisión unilateral del Presidente de la República, sino que emana directamente de la Constitución.

Asimismo, el Pleno sostuvo que el Acuerdo se encuentra fundado y motivado, pues cumple con lo establecido en el referido artículo Quinto Transitorio, en cuanto a que la intervención de la Fuerza Armada que contempla está sujeta a una temporalidad de cinco años y reviste el carácter de extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.

La resolución también señala que el acuerdo respeta los estándares internacionales determinados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos al resolver el caso Alvarado Espinoza y otros contra México.

A mes y medio de concluir su mandato, el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar destacó que su mayor logro fue preservar la independencia del Poder Judicial.

“Se logró preservar a la Corte y se logró preservar al Poder Judicial federal y se lograron conservar las garantías de independencia judicial”, celebró el ministro durante su última conferencia de prensa tras cuatro años al frente del máximo tribunal.

Señaló que dicho triunfo se alcanzó a través del diálogo constructivo con los demás poderes y las fuerzas políticas, sin la necesidad de recurrir a reformas legales para transformar al Poder Judicial por parte de legisladores o el Ejecutivo.

“Teníamos que ser autocríticos, teníamos que dar muestras de una autoreforma y empezar a remontar en nuestra legitimidad y legitimación”, expresó.

Recordó que, en 2019, cuando asumió la presidencia de la Corte, se logró consensuar con la clase política que quería realizar una reforma profunda.

Posteriormente, explicó que se decidió llevar a cabo una reforma judicial que naciera del propio Poder Judicial Federal y que blindara su independencia y su autonomía.

“Esta reforma fue posible, es una reforma muy profunda y es una reforma que es importante por todo lo que tiene, pero que también es importante por todo aquello que se logró procesar para que no se llevará a cabo como reforma atentatoria al Poder Judicial Federal”, detalló.

Zaldívar explicó que este esfuerzo fue necesario, toda vez que el Poder Judicial mexicano era visto como “un botín político” por todas las fuerzas políticas, que con sus iniciativas exponían a la Justicia al manejo de criterios políticos y respondiendo a intereses económicos ajenos.

“Esto es muy importante, porque se nos olvida cómo estábamos hace cuatro años y hoy se respira un ambiente en el cual ya no hay realmente riesgos de que se pueda tomar al Poder Judicial”, subrayó.

El ministro presidente de la SCJN señaló que incluso se hizo un esfuerzo para erradicar el nepotismo, que era uno de los problemas más grandes del Poder Judicial, ya que se consideraba “parte de una cultura”, con jueces con hasta 20 familiares en su tribunal.

En este sentido, dijo que se realizaron “muchísimas readscripciones” para evitar lazos de nepotismo, con el cambio de más de 500 juzgadores.

También reconoció avances en la erradicación de la violencia de género, hostigamiento y acoso sexual con sanciones enérgicas a quienes incurren en estas prácticas y sobre todo con unidades específicas para tender este problema.

Sobre la sucesión al frente de la SCJN, Zaldívar reveló que han levantado la mano siete ministros para el periodo 2023-2027. Detalló que su homóloga Loretta Ortiz Ahlf manifestó que no buscará la presidencia la Corte.

Añadió que sea quien sea el nuevo titular del Poder Judicial, recibirá un sistema judicial renovado, independiente y autónomo.

“Entrego un Poder Judicial renovado, independiente, y autónomo, como se demuestra con las sentencias que se emiten por los jueces, por las juezas, por los magistrados, por las magistradas, y por esta Suprema Corte todos los días”, concluyó.

El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar, aseguró que desde siempre México ha sido un país profundamente racista, pero se niega a reconocer esta realidad.

Señaló que desde la época de la conquista, la colonia y todo el periodo de la independencia, “México ha seguido viviendo, creciendo, desarrollándose con un racismo que pretende ser imperceptible, que trata de ser negado, pero cuya realidad es cada día más viva, potente y que nos grita para que volteemos a verla”.

Durante la presentación del protocolo para juzgar con perspectiva intercultural: personas, pueblos y comunidades indígenas, Zaldívar expresó: “México es un país racista y clasista, que se niega a reconocer esa realidad”.

Además, dijo que más allá de romantizar la cultura indígena, hay que respetarla, cuidarla y, sobre todo, “impedir, con todos los elementos e instrumentos que nos dé el derecho y la política, que sigan siendo discriminados, discriminadas, abusados y abusadas”.

Recordó que en México las personas más discriminadas son las niñas y mujeres indígenas, por lo que llamó a no descansar y seguir adelante hasta que la igualdad y la dignidad se vuelvan costumbre.

“Tenemos que asumirnos como una nación pluricultural, porque hasta que no lo hagamos, no vamos a poder asumirnos como país, no vamos a poder asumir nuestra identidad y no vamos a poder avanzar para ser la potencia internacional a la cual estamos destinados a ser”, expuso.

El protocolo presentado tiene como objetivo dotar a las juezas y jueces de herramientas para poder juzgar de mejor manera el fenómeno intercultural, a partir de los compromisos constitucionales e internacionales, de la Constitución, de los derechos humanos internacionales, de los criterios de la Corte Interamericana y otros organismos internacionales y de la SCJN.

Pasadas las 11 am, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) comenzó con la discusión de las acciones de inconstitucionalidad promovidas en contra de la prisión preventiva oficiosa.

Al respecto, en su conferencia matutina, el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) aseguró que no creía que los ministros de la Corte se “atrevieran” a eliminar la medida, pues dijo, dicha decisión sería completamente violatoria de la Constitución.

El mandatario explicó que la decisión sobre el tema le corresponde directamente al Poder Legislativo y no al Poder Judicial.

“No creo, eh, yo, la verdad, que se atrevan, porque es completamente violatorio de la Constitución, pero eso ya le correspondería al Legislativo. Y nosotros defendernos para que nos invadan, porque ya no sería la Suprema Corte de Justicia, sino el supremo poder conservador”, lanzó el presidente al ser consultado sobre el tema.

Indicó que en caso de que los ministros resuelvan cancelar la prisión preventiva, el Poder Legislativo tendría que actuar pues se estaría ante una invasión abierta a sus facultades, con lo que no se estaría cumpliendo con el principio del equilibrio y la separación de poderes.

Sin embargo, y a pesar de sus planteamientos, AMLO pidió esperar a ver cómo resuelven los ministros de la Corte. Confió en que se hará un análisis detenido, por lo que pidió tenerles confianza a los ministros.

El presidente negó que haya hablado con el Ministro Arturo Zaldivar sobre el tema, asegurando que el Ejecutivo es respetuosos de la independencia del Poder Judicial y de la Fiscalía, y del Poder Legislativo.

La semana pasada, en la mañanera del viernes, el subsecretario de seguridad, Ricardo Mejía Berdeja, dijo que eliminar la medida podría repercutir en que aumenta la impunidad en el país.

Al explicar que la prisión preventiva oficiosa o automática pretendía proteger a la víctima y a su familia de su agresor, pues busca evitar que los presuntos delincuentes se sustraigan de la acción de la justicia o se den a la fuga, dijo que la prisión preventiva pretende evitar la llamada ‘puerta giratoria’, que permite a los presuntos criminales salir en libertad, generando un impacto en la sociedad y una sensación de impunidad.

En ese sentido, advirtió que si se elimina la prisión preventiva, no solamente se volvería a la ‘puerta giratoria’, sino que 92 mil personas que hoy están sujetos a prisión preventiva por delitos graves, secuestradores, narcotraficantes, feminicidas, entre otros delitos, o también delincuentes de cuello blanco, podrían solicitar mediante amparo ser excarcelados, con lo cual habría una gran, gran impunidad.

El vocero de la Presidencia, Jesús Ramírez Cuevas, se sumó al tema y al hacer  un repaso sobre como los medios de comunicación han abordado el tema en los últimos días, y como lo han hecho a lo largo de los años con otros gobiernos, acusó que ahora el debate no es la prisión preventiva, si no el presidente de la República.

Esta mañana, durante la conferencia de prensa del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) se presenta el informe semanal Cero Impunidad, aunque en esta ocasión se dedicó a hablar de la importancia de mantener la la prisión preventiva oficiosa, de cara a la discusión que hará sobre el tema la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El subsecretario de seguridad, Ricardo Mejía Berdeja, dijo que eliminar la medida podría repercutir en que aumenta la impunidad en el país.

Inicio señalando que entre el 25 de agosto y ayer 1 de septiembre, entre todas las corporaciones policiales, Guardia Nacional y Fuerzas Armadas, se logró la detención de 9 mil 341 personas, de las cuales 9 mil 039 fueron presentados ante el Ministerio Público al prefigurarse un posible delito.

Explicó que la prisión preventiva oficiosa o automática pretende proteger a la víctima y a su familia de su agresor, pues busca evitar que los presuntos delincuentes se sustraigan de la acción de la justicia o se den a la fuga.

Además, dijo que se evita que los presuntos criminales amenacen y atenten contra testigos durante las diferentes etapas del proceso penal, evita la reincidencia y prevé la comisión de futuros delitos en contra de la sociedad.

Explicó que entre otros delitos que ameritan la prisión preventiva oficiosa o automática, según el artículo 19 de Constitución, están: abuso o violencia sexual contra menores; delincuencia organizada; homicidio doloso; feminicidio; violación; secuestro; trata de personas; robo a casa habitación; la utilización de programas sociales con fines electorales para alterar la voluntad ciudadana; la corrupción como enriquecimiento ilícito; el robo al autotransporte de carga; todos los delitos que tienen que ver con el llamado huachicol; el robo de hidrocarburos; los delitos violentos cometidos con armas de fuego; la portación y utilización de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo para el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, y aquellos delitos que atenten contra la seguridad de la nación.

Expuso que a prisión preventiva ha sido una figura establecida en la Constitución desde el Constituyente originario de 1917, cuando se contempló para los delitos que merecieran pena privativa de la libertad a los casos con condenas mayores a los cinco años.

“En subsecuentes reformas se mantuvo esta figura estableciendo, por ejemplo, que aplicaría para delitos con una pena cuyo término medio aritmético fuera mayor de cinco años de prisión. En el 85 se incluyó esta figura en diferentes modalidades relativa a diversos delitos. En el 93 se establece que esta figura atendería más que a la duración de la pena por la gravedad del delito, prohibiendo expresamente el beneficio de la libertad bajo caución a quienes fueran presuntos responsables de esos delitos. En la reforma del 2008 se decide mantener la prisión preventiva como una medida cautelar”, repasó Mejía Berdeja.

En ese sentido, dijo que hubo reformas posteriores en 2011 y 2019, pero con la finalidad de incrementar los delitos que ameritaran la medida.

Recordó que la reforma se aprobó en el 2008 con 482 votos a favor en la Cámara de Diputados, y con 73 votos a favor en la Cámara de Senadores, y fue ahí cuando dijo que “legisladores de la época” apoyaron la reforma, muchos de ellos quienes hoy la condenan y la rechazan.

Entre los políticos que mencionó están: la hoy gobernadora de Chihuahua, María Eugenia Campos; Héctor Larios Córdova, dirigente del PAN; el ex gobernador de Tlaxcala, Mariano González Zarur; el gobernador de Durango, José Rosas Aispuro; Beatriz Pagés; el dirigente sindical, Ricardo Aldana, y el exdirigente del PRI, César Camacho Quiroz.

En la Cámara de Senadores mencionó al hoy dirigente nacional del PAN, Marko Cortés; Santiago Creel Miranda, actual presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados; Gustavo Madero, ex dirigente nacional; y el exgobernador Guillermo Padrés. En el caso del PRI mencionó a Manlio Fabio Beltrones, el exsecretario de Energía Pedro Joaquín Coldwell; el ex candidato presidencial Francisco Labastida Ochoa; Jesús Murillo Karam, exprocurador; y el actual dirigente del tricolor, Alejandro Moreno.

Ricardo Mejía dijo que la prisión preventiva pretende evitar la llamada ‘puerta giratoria’, donde el presunto criminal sale en libertad supuestamente vinculado a un proceso penal, pero finalmente en la libertad de seguir cometiendo ilícitos y vuelve a delinquir, generando un impacto en la sociedad y una sensación de impunidad.

“Si se elimina la prisión preventiva, como lo pretenden los proyectos hoy en discusión en la Suprema Corte, no solamente se volvería a la ‘puerta giratoria’, sino que podríamos hablar ahora de una puerta abierta, porque 92 mil personas que hoy en México están sujetos a prisión preventiva por delitos graves, secuestradores, narcotraficantes, feminicidas, entre otros delitos, o también delincuentes de cuello blanco, podrían solicitar mediante amparo ser excarcelados, con lo cual habría una gran, gran impunidad”, enfarizó el subsecretario.

Finalmente, el vocero de la Presidencia, Jesús Ramírez Cuevas, hizo un repaso sobre como los medios de comunicación han abordado el tema en los últimos días, y como lo han hecho a lo largo de los años con otros gobiernos.

“Ahora el debate no es la prisión preventiva, es el presidente de la República. Y esa postura y la política de seguridad del actual gobierno”, recriminó el vocero.

El gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, reaccionó al fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que ayer confirmó que su fuero constitucional seguía vigente, además de que desestimó las denuncias y orden de aprehensión que había en su contra.

A través de un video compartido en sus redes sociales, el gobernador dijo que a poco más de un año, la Suprema Corte había dejado claro que siempre tuvo la razón y que en todo momento actuó con estricto apego la verdad.

“La corte revierte la burda persecución política en mi contra y de mi familia, así como reafirma que la soberanía de Tamaulipas no puede ser violentada por una mayoría legislativa facciosa en la Cámara de Diputados”, sostuvo el panista.

Afirmó que la resolución de los ministros de la Corte calificaba como ilegal la actuación de los Diputados de Morena en su intento por desaforarlo, y por otro lado, destacaron la ilegalidad de un juez federal que sin motivo ni fundamento intentó removerlo “a la mala” como gobernador.

Sostuvo que las denuncias promovidas en su contra fueron fabricadas por Morena, y estaban sustentadas en mentiras. Además, acusó que el proceso de desafuero fue impuesto por el partido en el gobierno para sacar “tajada política” en los procesos electorales del 2021 y 2022.

Recordemos que apenas este año, Tamaulipas renovó gobierno estatal, siendo el candidato de la alianza encabezada por Morena, Américo Villarreal, quien se impuso en la elección, con lo que arrebató al PAN la entidad.

Cabeza de Vaca indicó que el juez de control que lo acusó, en lugar de observar la Constitución, se dejó intimidar y actuó por consigna a pesar de la falta de elementos y de las inconsistencias del proceso.

“La decisión de la Suprema Corte es muy importante porque va más allá de Tamaulipas al hacer valer la Constitución y el federalismo frente a los intereses políticos sectarios”, añadió.

Dijo que con la decisión de ayer, el Poder Judicial sienta un precedente que libera de amenazas y sometimiento político a otros gobernadores, pero también a diputados locales, magistrados, así como a fiscales autónomos estatales.

“Reconozco a las instituciones y a la separación de poderes. Agradezco a las y los tamaulipecos que siempre confiaron en mí, en mi honor, en mi historia; en una historia de lucha por defender siempre a Tamaulipas y a su gente. Como se los dije desde el inicio que todo esto empezó: he demostrado mi inocencia, sacudiré mi honra del lodo que por motivaciones electorales han aventado sobre mí y seguiré trabajando con nuevos bríos por mi estado y por México”, sostuvo el gobernador.

Finalizó asegurando que él al igual que los tamaulipecos, nunca se doblegará frente al poderoso y mucho menos ante la mentira.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió esta tarde dos controversias constitucionales promovidas por el Congreso del Estado de Tamaulipas, sobre el fuero del gobernador Francisco Javier García Cabeza de Vaca, así como de una orden de aprehensión que se había girado en su contra.

En la primera demanda, el Congreso local impugnó la validez del Dictamen de Declaración de Procedencia iniciado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en contra del panista; mientras que, en la segunda, impugnó tanto la solicitud de orden de aprehensión realizada por la Fiscalía General de la República (FGR), como la orden respectiva expedida por un juez penal en contra del Titular del Poder Ejecutivo local.

En el primer caso, la Sala de la Suprema Corte reconoció la validez del Dictamen de Declaración de Procedencia referido y estableció que ese pronunciamiento no elimina, por sí mismo, la inmunidad procesal de la que goza el gobernador de dicha entidad federativa, es decir, su fuero constitucional.

En este sentido, el Alto Tribunal consideró que el procedimiento para retirar la inmunidad procesal del Ejecutivo de una entidad federativa es complejo pues en éste interviene la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y posteriormente el congreso de la entidad federativa correspondiente quien, en última instancia, decide si un servidor público estatal puede ser enjuiciado penalmente por la comisión de un delito federal durante el periodo en el que ejerce su cargo.

Así, la Sala resolvió que el efecto de la Declaración de Procedencia que realice la Cámara de Diputados solamente es para ser comunicada a la legislatura local a fin de que ésta determine lo que corresponda conforme a la facultad ya mencionada, sin que ello implique una vulneración a la competencia del Poder Legislativo de Tamaulipas.

Por consiguiente, el Máximo Tribunal declaró infundada la controversia y reconoció la validez del Dictamen citado.

Por otra parte, en relación con la controversia interpuesta para reclamar la solicitud de orden de aprehensión realizada por la FGR, y la orden de aprehensión expedida por un juez penal en contra del García Cabeza de Vaca, la Primera Sala advirtió que estas autoridades no solo desconocieron y vulneraron las facultades del Congreso local al considerar que el Titular del Poder Ejecutivo es susceptible de ser imputado por la comisión de delitos federales; sino que además, se sustituyeron en éste, pues el despliegue de sus facultades en contra del gobernador requiere que previamente se determine que tal funcionario es susceptible de ser procesado penalmente conforme al procedimiento constitucional antes descrito, es decir, el desafuero.

A partir de lo expuesto, la Primera Sala concluyó que tanto la solicitud de orden de aprehensión, como la decisión de emitirla, vulneran una facultad constitucionalmente asignada en favor del Congreso del Estado de Tamaulipas, por lo que declaró su invalidez.

Recordemos que el proceso de desafuero y la orden de aprehensión contra el gobernador del PAN comenzaron en 2021 a solicitud de la Fiscalía General de la República, por los delitos de lavado de dinero, asociación delictuosa y defraudación fiscal. Posterior, la Cámara de Diputados desaforó al gobernador, sin embargo, el proceso siguió en el Congreso local.

El gobernador era señalado de participar en posibles operaciones de lavado de dinero por más de 100 millones de pesos, recursos que provenían de actos de corrupción.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) designó esta tarde a la Magistrada Lilia Mónica López Benítez como Consejera de la Judicatura Federal, cargo que ocupará por un plazo de cinco años, en sustitución del Magistrado Jorge Antonio Cruz Ramos.

Si bien López Benítez era señalada como el mejor perfil de los que se postulaban al cargo, pues reunía los requisitos y experiencia, aunque también es identificada como una de las figuras del circulo cercano del ministro presidente Zaldívar.

En sesión pública, la Consejera alcanzó una mayoría calificada de votos emitidos por los integrantes del Pleno de la SCJN, la cual es requerida para acceder al puesto dentro de la instancia encargada de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación.

La nueva Consejera, en su comparecencia ante el Pleno del Alto Tribunal, propuso la creación de una unidad para la consolidación de la oralidad federal mercantil; la instauración por parte de la Escuela de Formación Judicial de modelos vanguardistas en la formación y actualización del personal, para resolver con perspectivas que apunten a una igualdad sustantiva, así como a la formación en competencias administrativas; la instrumentación del servicio civil de carrera; el impulso a la paridad de género; la creación de una unidad de planeación de políticas públicas judiciales, así como buscar la cercanía con los titulares de los órganos jurisdiccionales, entre otros aspectos.

López Benítez es abogada egresada de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, además de ser Profesora de Educación Primaria, por la Escuela Nacional de Maestros. Cuenta con una Maestría en Ciencias Jurídico-Penales, por el Instituto Nacional de Ciencias Penales; Maestría en Gobierno y Políticas Públicas, por la Universidad Panamericana y Doctorado en Ciencias Penales y Política Criminal, por el Instituto Nacional de Ciencias Penales. Posee además en su currículum múltiples diplomados y cursos, impartidos por diversas instituciones nacionales e internacionales.

La designación se tornó difícil, pues se tuvieron que desahogar tres rondas de votaciones, pues había votos divididos entre dos perfiles: López Benítez, y la magistrada Rosa María Temblador Vidrio, quien era señalada como la pieza que se movía desde Palacio Nacional para el CJF.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó un decreto del estado de Nayarit que consideraba a las corridas de toros y a las peleas de gallos como un patrimonio cultural.

La segunda sala del máximo tribunal resolvió por cuatro votos a favor y uno en contra que tales “actividades no son susceptibles de reconocimiento como patrimonio cultural inmaterial” y que los animales no son cosas sino “especies merecedoras de un trato decente”, señala el fallo público.

Sin embargo, los ministros aclararon que este criterio no significa que las corridas de toros o las fiestas de gallos deban ser prohibidas, como reclaman organizaciones defensoras de animales.

El fallo judicial fue en respuesta a un recurso de la organización civil Cuenta Conmigo contra un decreto del gobierno estatal emitido en 2018.

Este es un nuevo golpe en contra de las fiestas taurinas. La semana pasada, un juez de la Ciudad de México suspendió de manera indefinida las corridas de toros en la Plaza México, la más grande del mundo con aforo de 50,000 espectadores, luego de que la ONG Justicia Justa presentara un amparo en contra de los reglamentos locales.

En el caso capitalino, este 2 julio se tenía programada la primera pamplonada de la historia en la capital, la cual ha sido suspendida a la espera de que el centro de espectáculos acuda a una instancia superior a impugnar el fallo.

En cinco de 32 estados del país se han prohibido las corridas, una tradición de 500 años en el país.

El debate está latente también en América Latina. En Bogotá y Quito se prohíbe matar al toro en el ruedo, mientras Venezuela ha cancelado algunas corridas y en Perú la justicia rechazó proscribirlas en 2020.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó la invalidez del presupuesto asignado al Instituto Nacional Electoral (INE), para el ejercicio fiscal 2022, tras advertir que la Cámara de Diputados no motivó adecuadamente la modificación que hizo al anteproyecto que dicho Instituto presentó.

Los ministros de la Corte consideraron que el ajuste que se hizo al presupuesto compromete las funciones de ese organismo constitucional autónomo, lo que podría traducirse en una violación de los derechos fundamentales de carácter político-electoral.

La Corte analizó la controversia constitucional que promovió el INE en contra de la Cámara de Diputados y el Poder Ejecutivo Federal, en la que demandó la invalidez de diversos artículos y anexos del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022, publicado el 29 de noviembre de 2021 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Al resolver el asunto, la Primera Sala advirtió que la Cámara de Diputados redujo en más de 26% el presupuesto solicitado por el INE, sin motivar la disminución referida.

En este sentido, el Alto Tribunal sostuvo que, si bien la Cámara de Diputados tiene la facultad exclusiva de modificar la cantidad originalmente solicitada por el INE, ésta debía ejercerse mediante la aplicación de un estándar de motivación reforzada que diera cuenta de las razones objetivas y justificadas para realizar una reducción.

De esta manera, la Primera Sala concluyó que la reducción que realizó la Cámara de Diputados para el ejercicio fiscal 2022 careció de una motivación en la que se demostrara que los recursos asignados al INE eran, en principio, suficientes para pagar los gastos generados en cumplimiento de las obligaciones constitucionales de ese Instituto.

A partir de estas consideraciones, la Sala declaró la invalidez del Presupuesto de Egresos 2022, en lo relativo a los recursos asignados al INE, e instruyó a la Cámara de Diputados para que analice y determine en sesión pública lo que corresponda respecto al anteproyecto de presupuesto presentado por la autoridad electoral.

Indicó que de estimar procedente la autorización de recursos adicionales, se deberán adoptar las medidas necesarias para que se haga la transferencia efectiva de los recursos al Instituto, o bien, en caso de que la decisión sea negativa, presente una motivación reforzada y con rigor técnico de su decisión.

Finalmente, la Primera Sala precisó que aunque haya concluido el proceso de Revocación de Mandato del Presidente López Obrador, cuyos recursos para su ejercicio fueron previstos en el anteproyecto de presupuesto 2022, no puede ser motivo suficiente para que la Cámara de Diputados decida negar los recursos originalmente solicitados por el INE.

Al respecto, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna, aprovechó sus redes sociales para indicar que “por mas estridencia tuitera que hagan”, Morena ocupará su mayoría para optar por la opción de motivar reforzada y técnicamente la decisión de recortar el presupuesto al INE.

“El recorte prevalecerá y los recursos ahorrados se destinarán a necesidades más importantes que los sueldos estratosféricos de Lorenzo y Ciro”, sostuvo el morenista.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió dos recursos de revisión en materia de seguridad nacional previstos en la Ley General de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales sobre los contratos para la adquisición de vacunas contra el COVID-19, y los comprobantes de pago respectivos.

En el primero de ellos, resolvió que la divulgación de las condiciones esenciales de la contratación puede poner en riesgo la seguridad nacional, al obstaculizar o bloquear acciones tendentes a prevenir o combatir pandemias en el país.

Por este motivo, los ministros resolvieron que dicha información debe ser clasificada como reservada por un periodo de 5 años, sin que ello impida divulgar una versión pública en la que se puedan apreciar aquellos aspectos que no fueron materia de la reserva o constituyan información confidencial (datos personales y secreto comercial).

En el segundo recurso de revisión, la Suprema Corte determinó que los comprobantes de pago respectivos deben ser clasificados como información reservada por un periodo de 5 años, pues su divulgación puede poner en riesgo la seguridad nacional, bajo los mismos argumentos dados en el otro recurso.

Y es que un particular solicitó los contratos y comprobantes de pago, vía transparencia, que el gobierno federal realizó con las farmacéuticas Pfizer, Cansino y Astra Zeneca.

Recordemos que en mayo de 2021, el INAI ordenó al gobierno entregar una versión pública de los documentos, aunque la Consejería Jurídica de la Presidencia, aún con Julio Scherer al frente, tramitó dos recursos de revisión en materia de seguridad nacional para evitar la entrega.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró esta tarde la inconstitucionalidad del artículo 478 de la Ley General de Salud, por el que se prohíbe proceder penalmente contra quien posea más de 5 gramos, siempre y cuando sea para consumo recreativo.

El criterio adoptado deriva de un amparo promovido por una persona que fue vinculada a proceso penal por el delito mencionado, bajo la hipótesis de posesión simple de marihuana.

El inconforme promovió una demanda de amparo indirecto en la que afirmó ser consumidor de mariguana, por lo que reclamó la inconstitucionalidad de los artículos y solicitó la aplicación en su favor de los criterios emitidos por la Suprema Corte en materia de uso lúdico del estupefaciente.

La Primera Sala consideró que la porción normativa analizada no atiende las circunstancias reales del uso o consumo personal, y por el contrario, frente al supuesto de uso o consumo personal, dicha porción normativa ocasiona una afectación injustificada e irrazonable a los derechos de salud e integridad personal, privacidad y libre desarrollo.

Con tres votos de los cinco ministros que conforman la sala, se estimó que la medida no tiene sustento constitucional al amparo de la protección a la salud pública, pues no hay afectación a otras personas, además de que no puede sostenerse justificación bajo el interés colectivo sobre acciones que solo corresponden a la esfera privada de la persona.

Así, la Sala estimó que la medida penal no es idónea ni necesaria, e indicó que existen medidas más adecuadas para garantizar en todo caso el derecho a la salud.

Finalmente, la Primera Sala precisó que esta decisión no implica la legalización de narcóticos, como tampoco la eliminación de la conducta delictiva de posesión simple de narcóticos, ni la despenalización de determinados estupefacientes o psicotrópicos como objetos del delito.

Deberán ser las autoridades correspondientes, jueces o fiscales,  quienes determinen si la cantidad de droga portada es para uso personal o si considera que es para uso comercial.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este lunes inválida una medida que crearía en el país el padrón de usuarios de teléfonos celulares con datos biométricos.

El padrón, conocido como Panaut, que pretendía obligar a los usuarios de telefonía móvil a otorgar diversos datos personales, como eran: nombre, nacionalidad, número de identificación o CURP; así como datos sensibles, en este caso, datos biométricos, fue declarado inconstitucional por nueve magistrados. Dos más votaron por declarar la invalidación parcial.

Recordemos que en 2021, una ley impulsada por el gobierno federal, en especial por la bancada de Morena en la Cámara de Diputados, y estableció que los usuarios iban a tener que entregar sus datos personales a las compañías de telefonía móvil y que el regulador del sector, el IFT, debía solicitar a esas empresas la cancelación de las líneas que no fueran identificadas o registradas.

La creación del Panaut se suspendió tras enfrentarse a la oposición del IFT y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

El gobierno defendía su implementación al argumentar que el padrón era necesario para reducir los delitos de extorsión y secuestro.

El Pleno determinó declarar la invalidez principalmente al considerar que no superaba un test de proporcionalidad, encaminado a analizar la restricción al derecho a la privacidad y protección de datos en general. Específicamente, por existir medidas alternativas igualmente idóneas para garantizar la seguridad pública, pero menos lesivas para estos derechos.

El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia, Arturo Zaldívar, negó que se hayan hecho “trampas” en el recuento de votos en el que se declaró constitucional la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).

“Se han repetido mentiras para descalificar el proceso judicial que se llevó de manera pública en directo y televisado durante seis horas”, dijo Zaldívar en conferencia de prensa, en la que detalló que la metodología de votación del asunto fue la “normal”, la que se suele utilizar siempre, por apartados.

El pasado 7 de abril se votó en la Suprema Corte, tras unas seis horas de debate, la constitucionalidad de dicha ley. Según Zaldívar, en la Suprema Corte ningún apartado obtuvo la mayoría calificada de 8 votos que exige la Constitución, pero hubo un momento de confusión que se trató de aclarar.

En primer lugar, los jueces votaron sobre los artículos que violaban la libre competencia y después si iban en contra de un derecho al medioambiente sano. Hubo seis ministros que votaron que ambos apartados eran inconstitucionales pero otros dos votaron por la inconstitucionalidad de uno y no del otro, es decir, cada uno de uno.

Con esto daban siete votos para cada apartado pero si se sumaban, como se pretendió hacer parecer, se llegaba a ocho, que era la mayoría calificada necesaria para declarar la inconstitucionalidad de dicha ley.

Ante esta inédita situación, Zaldívar preguntó “hasta en siete ocasiones” a ambos ministros, Juan Luis González Alcántara y Alfredo Gutiérrez, cómo querían que se computasen sus votos.

Ante la respuesta de González Alcántara, que dijo: “aquí mi voto es por la validez”, y la consulta al pleno para saber si tenían algún inconveniente, Zaldívar concluyó que no se llegó a ocho por lo que se desestimó la acción de inconstitucionalidad.

Zaldívar destacó que sin lugar a dudas, la votación y el conteo se realizaron correctamente.

“Ahí está la sesión, cada quién expresó lo que quiso, entonces, simplemente hay que señalar, porque es muy preocupante que la gente se quede con la percepción que en la Corte se hace trampa, no, aquí no se hace trampa, aquí se suman los votos, como cada quien los emite con absoluta libertad y así se hizo. Y eso es lo único que a mí me toca”, sostuvo.

El lunes varios senadores presentaron un escrito en la Suprema Corte para pedir que se corrigiera el conteo, pero el martes los 11 ministros aprobaron por unanimidad el acta de la sesión del 7 de abril.

Ahora, González Alcántara podría emitir un voto aclaratorio “diciendo que no votó como votó”, dijo Zaldívar, pero consideró que esto sería “un escándalo” porque “lo cierto es que votó como votó”. “El asunto es cosa juzgada, cada quién es responsable de su voto”, concluyó.

En Broojula, te presentamos un recuento mas detallado de lo que sucedió, con el análisis de un experto, quien nos ayuda a entender la situación.